21 de septiembre de 2021
OPOSICIONES MÉDICOS FORENSES: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN A LOS APROBADOS EN ÁMBITO NO TRANSFERIDO.
COMISIÓN DE SERVICIOS 3/21: ADJUCACIÓN.
La fecha de
inicio de las comisiones de servicio es el 1 de octubre de 2021.
20 de septiembre de 2021
REGISTRO CIVIL: LICITACIÓN SOPORTE PARA LA PUESTA EN MARCHA DE NUEVO SISTEMA INFORMÁTICO.
En el BOE del día 17 de septiembre se ha publicado el Anuncio de licitación de la Junta de Contratación del Ministerio de Justicia, cuyo objeto son los servicios de soporte para el despliegue y puesta en marcha del nuevo sistema informático para la transformación digital del Registro Civil de España.
Según figura en el pliego de condiciones, y tal y como nos había trasladado el
Ministerio, el despliegue se realizará en diferentes fases:
- Durante el año 2021, se pondrán en marcha las Oficinas generales en los partidos judiciales de Madrid y Barcelona. La de Madrid ya tienen anunciada su entrada en funcionamiento para el 27 de septiembre.
- En 2022, durante el primer semestre de contrato, se completará el despliegue por orden decreciente de población, en el resto de Partidos Judiciales cuya Oficina General provenga de un Registro Civil exclusivo.
- A partir del segundo semestre de contrato y durante 2023, se acometerá el despliegue en el resto de los 415 Partidos judiciales cuya Oficina general provenga de un Registro Civil Municipal.
Pliego de prescripciones técnicas
16 de septiembre de 2021
ULTIMAS INFORMACIONES SOBRE CONCURSO DE TRASLADOS Y PROCESOS SELECTIVOS
CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS AÑO 2021: El Ministerio de Justicia este año aún se ha retrasado más en la publicación, es una situación inaceptable.
La última información que nos han facilitado es que se espera su publicación a partir del 20 de septiembre, sin haber fijado fecha exacta.
OPOSICION TRAMITACION LIBRE.- Se está realizando la adjudicación de los destinos de las solicitudes presentadas. No esperamos conocer estas adjudicaciones antes de Octubre, ya que terminó el plazo de presentación a final de Agosto.
OPOSICION AUXILIO JUDICIAL.- Se ha iniciado la valoración de los méritos correspondientes a la fase de concurso del proceso selectivos. No hay fecha orientativa, pero se estima que no será en un plazo razonable a la vista de lo que han tardado los restantes procesos selectivos.
Desde STAJ seguiremos presionando para que de una vez el Ministerio de Justicia ponga fin a estos retrasos continuos e inaceptables.
Se ha finalizado la negociación de la subida del complemento específico ámbito Ministerio de Justicia y LAJ, hay que abordar con carácter urgente las ofertas de empleo pendientes de negociar y convocar.
15 de septiembre de 2021
CSIF, STAJ Y UGT ALCANZAN UN ACUERDO CON EL MINISTERIO QUE INCREMENTA EL COMPLEMENTO ESPECÍFICO DEL PERSONAL DE SU ÁMBITO.
- El acuerdo no supone renuncia a ninguna de las reivindicaciones pendientes
del personal de Justicia en materia de condiciones de trabajo y retributivas
incluidos los fondos adicionales.
- Al acuerdo se suma, de momento, el sindicato gallego CIG.
El acuerdo fija el abono en nómina antes de que acabe 2021 de las siguientes
cantidades:
Cuerpo |
Propuesta de incremento mensual |
Propuesta incremento anual |
Complemento específico |
Pago único atrasos de enero a octubre 2021 |
Letrados de la Administración de Justicia |
195 |
2.340 |
Según destino |
1.950 |
Gestión /Técnicos Lab. INTCF |
185 |
2.220 |
626,06 |
1.850 |
Tramitación / Ayudantes Lab. |
165 |
1.980 |
583,94 |
1.650 |
Auxilio Judicial |
150 |
1.800 |
566,10 |
1.500 |
Estas cantidades tienen efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2021. Los atrasos se abonarán en un pago único antes de la finalización de 2021.
Asimismo, tienen el carácter de consolidables y no absorbibles por ningún otro
concepto o incremento retributivo. A estas cantidades le serán aplicables los
incrementos generales aprobados en la ley de presupuestos generales del estado
para todos los empleados/as públicos/as.
Se establece el abono de los incrementos devengados por el personal que haya
trabajado en periodos parciales desde enero de 2021 hasta que se haga efectivo
el incremento.
Por otro lado, en su segunda parte, el acuerdo incorpora la apertura de grupos
de trabajo para la negociación de importantes reivindicaciones
históricas para el futuro de las condiciones de trabajo del personal de
Justicia:
El acuerdo incorpora una garantía de negociación de las
reformas de la Administración de Justicia: ley de eficiencia organizativa y ley
de enjuiciamiento criminal en las que se garantiza que no supondrá:
- Merma de retribuciones
- Amortización de plantillas
- Movilidad funcional
Además, se garantiza la negociación del reglamento del Registro civil, en lo que se refiere a las condiciones de trabajo, y de las relaciones de puestos de trabajo. El Ministerio anuncia una próxima reunión a este respecto.
Por otro lado, se establece que la comisión de seguimiento compuesta
por el Ministerio y las organizaciones sindicales firmantes del acuerdo, se
acordará un calendario de negociación sobre las siguientes materias:
- Carrera profesional, de conformidad con lo establecido en la LOPJ tras la reforma de 2018.
- Plan de igualdad
- Complemento para los órganos judiciales, oficinas y servicios con competencias en materia de violencia sobre la mujer que retribuya la especial dedicación y especialización fomentando la necesaria estabilidad del personal en estos importantes órganos judiciales frente a esta lacra social.
- Revisión del sistema de guardias.
- Productividad para retribuir planes de actuación por objetivos que incluya a toda la oficina judicial, fiscal, oficina o servicio.
- Promoción interna real y efectiva para todos los Cuerpos, en especial de Gestión a Letrados.
- Provisión temporal de puestos de trabajo (comisión de servicios, sustituciones e interinos)
- Mejora y agilización de los concursos de traslado y coordinación con las OEP
- Procesos selectivos.
- Eliminación de los grupos de población
- Actualización de la estructura retributiva de los Cuerpos de la Administración de Justicia sin merma para ningún funcionario.
- Planes de prevención
- Licencias y permisos favoreciendo y fomentando la conciliación de la vida laboral y familiar.
La comisión de seguimiento compuesta por el
Ministerio y las organizaciones sindicales firmantes del acuerdo, además,
velará por el cumplimiento de este acuerdo y resolverá los conflictos que
puedan surgir en el desarrollo y aplicación de las materias incluidas en el
mismo.
En los próximos días se anunciará la fecha de la firma del acuerdo con la
Ministra de Justicia cuya intervención en la última fase de la negociación ha
supuesto el incremento de las cantidades en unos 6 millones de euros.
CSIF, STAJ y UGT valoran positivamente este acuerdo tanto en
su parte retributiva como por lo que significa de apertura de un proceso de
negociación con el Ministerio de Justicia en un momento en el que se anuncian
reformas profundas en la Administración de Justicia.
13 de septiembre de 2021
OPOSICIONES 2019: GESTIÓN TURNO LIBRE. NOMBRAMIENTO Y ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.
En el BOE del día 13 de septiembre se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la oposición por turno libre del Cuerpo de Gestión Procesal, convocada en 2019:
- Orden JUS/952/2021, de 1 de septiembre por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, (turno libre), a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.
- Orden JUS/953/2021, de 1 de septiembre del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/764/2019 de 10 de julio, en el ámbito de Península y Baleares.
TOMA DE POSESIÓN:
Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la
publicación en el BOE.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten
por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se
desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que
dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso,
a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las
Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de
declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.
En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión
Procesal y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial
correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Tramitación o
Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de
localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse
desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de
hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en
el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo
disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.
En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra
Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso
de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para
que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el
Cuerpo de Tramitación . o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha
del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Gestión
Procesal, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.
PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se
otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en
concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que
transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los
dos años se estará a lo establecido en el
párrafo segundo del artículo 529.3 de la LOPJ.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido
adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que
se produzca la toma de posesión del titular.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las
competencias transferidas son las siguientes:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad valenciana
- La Rioja
- Madrid
- Navarra
- Pais Vasco
10 de septiembre de 2021
PLAN FORMACIÓN: CURSOS DEL INAP (SEGUNDO SEMESTRE)
Programa de Desarrollo Profesional Continuo / Subprograma de Desempeño General
Este subprograma se dirige al conjunto de empleados públicos e integra las actividades para el desarrollo de competencias transversales (principios y valores, habilidades personales e interpersonales, competencias digitales, lenguas cooficiales españolas y lenguas extranjeras) o de competencias específicas vinculadas a tareas de gestión y administración, incluido el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación.
Programa de Desarrollo Profesional Continuo / Subprograma de Desempeño Directivo
Este subprograma se dirige a quienes ocupan puestos de mayor responsabilidad en las Administraciones públicas y tiene como finalidad facilitar el desarrollo de competencias directamente vinculadas a la dirección y el liderazgo públicos. Las competencias de carácter técnico, con independencia del colectivo de pertenencia, se abordan en el subprograma de desempeño general.
Acciones formativas de la segunda convocatoria. Segundo semestre 2021
- Resolución de 9 de septiembre de 2021
- Fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: 22 de septiembre de 2021
- Inscripción electrónica
- Problemas técnicos con la inscripción (Centro de Atención a Usuarios)
- Destinatarios, condiciones de admisión y criterios de selección
- Comunicación de solicitudes Admitidas y No Admitidas
- Certificado
Destinatarios
Podrán participar en las diferentes actividades del Plan de Formación 2021 los empleados públicos que presten servicios a través de una relación de carácter funcionarial, laboral o estatutario en el ámbito de la Administración General del Estado, de los órganos constitucionales, de la Administración de Justicia, de las Administraciones y órganos estatutarios de las Comunidades Autónomas, de las Ciudades con Estatuto de Autonomía de Ceuta y Melilla y de la Administración Local, así como el personal de administración y servicios de las Universidades públicas y el personal funcionario al servicio de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos.
LA REUNIÓN SOBRE LA ADECUACIÓN SALARIAL Y COMPLEMENTO ESPECÍFICO CONTINUARÁ LA PRÓXIMA SEMANA.
El Ministerio traslada una última oferta de incremento del complemento específico y de adecuación salarial tras la petición de las organizaciones sindicales de que hiciera un esfuerzo adicional.
El Ministerio mantiene que es su última oferta.
Cuerpo | Incremento mensual | Incremento anual | Pago único atrasos enero-octubre 2021 |
LAJ | 195 | 2.340 | 1.950 |
Gestión /Técnicos Lab. INTCF | 185 | 2.220 | 1.850 |
Tramitación/Ayudantes Lab. INTCF | 165 | 1.980 | 1.650 |
Auxilio | 150 | 1.800 | 1.500 |
En las reuniones mantenidas en el mes de julio con las organizaciones sindicales la Ministra se comprometió a continuar el proceso de negociación y a realizar un último esfuerzo en la mejora de la oferta vigente en esas fechas. Fruto de ese compromiso, el Ministerio ha puesto encima de la mesa 6 millones de euros adicionales en dos veces (2 de septiembre, 5 millones y 9 de septiembre, 1 millón adicional) para mejorar sustancialmente la propuesta que se presentó el 7 de julio.
Estas cantidades se han conseguido sin necesidad de huelga ni descuento alguno para los funcionarios/as del ámbito del Ministerio, muchos de los cuales recuerdan lo sucedido en el año 2008 en la que se mantuvo una huelga de cerca de tres meses para conseguir una subida de 190 euros y que algunos, en especial, CCOO cerraron a espaldas de los trabajadores.
La propuesta de acuerdo no supone la renuncia a ninguna reivindicación laboral ni retributiva en el futuro ni mucho menos, como algunos pretenden decir, a la negociación de los fondos adicionales que, por cierto, todavía están por determinar en su totalidad.
A este respecto el Ministerio ya rechazó la posibilidad de incluir en este acuerdo los fondos adicionales a propuesta de algunos sindicatos, al principio de la negociación, mientras CCOO permanecía mudo al respecto.
Hasta en dos ocasiones desde que se firmó el acuerdo que los hizo posibles, la postura de CCOO con los fondos adicionales bloqueó la negociación con el Ministerio sobre su destino, ya que se pedía que hubiera un cierto consenso sindical. En ese momento y hasta hoy, CCOO ha insistido en la necesidad de que se apliquen al complemento general del puesto ya que, según decían, su Disposición Adicional 157 de la ley de presupuestos no hacía necesario recurrir a los fondos adicionales.
Y es que esa Disposición Adicional, su pésima redacción, ha sido la que ha permitido al Ministerio ser muy restrictivo en la interpretación de lo que es y no es complemento específico, de lo que significa aproximación retributiva etc… esa pésima y confusa redacción ha lastrado la negociación desde el principio y CCOO lo sabe y por eso ya no proclama a los cuatro vientos su autoría.
En realidad, CCOO pretende echar la culpa a los demás de sus propios errores y contradicciones. Y los demás lo aceptamos, siempre y cuando no se juegue con el dinero de miles de empleados públicos. Y lo que es peor, pretende tirar por la borda el trabajo realizado desde hace muchos años y, en especial, desde la publicación de esa Disposición que según decían, había sido redactada por ellos.
La negociación de la parte económica de la propuesta de acuerdo se traslada, ahora a Hacienda, con el objetivo de blindar las cantidades y tener el visto bueno para formalizar el acuerdo.
Que no se incluyan los fondos adicionales en este acuerdo permite seguir manteniendo esa reivindicación para cuando se conozca su cuantía total final.
Incluir los fondos adicionales en la negociación es una clara invitación a que Hacienda dé por “invertidos” esos fondos en la subida del Ministerio sin incrementar las cantidades ofertadas hoy. Y si algunos no lo quieren ver, tienen un problema y gordo. Mejor dicho, el problema lo tendremos todos, porque se perderían esos fondos para siempre.
En la reunión los representantes de CCOO dijeron que asumían el riesgo de perder esos fondos, porque, ese dinero no es del Ministerio. Cierto, ese dinero es de todos y cada uno de los funcionarios y funcionarias del ámbito del Ministerio y ninguna organización sindical puede frivolizar con la posibilidad de que se pierdan.
La propuesta de acuerdo contiene un compromiso de establecer un calendario de negociación a través de grupos de trabajo para trasladar al personal mejoras laborales y retributivas sin exclusión de ningún tipo.
Como ya os informamos anteriormente, el Ministerio se compromete a negociar las reformas que está impulsando en la Administración de Justicia (leyes de eficiencia organizativa, registro civil y Ley de enjuiciamiento criminal entre otras) e incluye un compromiso de:
- no amortizar ninguna plaza,
- no establecer mecanismos de movilidad forzosa y;
- no merma retributiva para ningún funcionario/a de Justicia.
Las organizaciones sindicales hemos propuesto la inclusión en el acuerdo de varias cuestiones para negociar en los próximos meses y años que quedan de legislatura. Entre otras destacamos:
- la apertura de la negociación de la carrera profesional,
- la revisión del sistema de guardias,
- revisión de la estructura salarial de los Cuerpos de la Administración de Justicia con garantía de no pérdida de retribuciones.
- el restablecimiento de los complementos de violencia sobre la mujer,
- la promoción interna para que sea real y efectiva en todos los Cuerpos de la Administración de Justicia,
- los planes de igualdad y;
- los planes de prevención.
- Creación de unidades administrativas de apoyo a la gestión de medios personales y materiales del Ministerio.
- Creación de una comisión de seguimiento del acuerdo.
Asimismo, hemos recordado al Ministerio que están pendientes de negociación los sistemas de provisión de puestos de trabajo (sustituciones, concursos de traslado, comisiones de servicio y la orden de interinos).
Con estos antecedentes, las organizaciones sindicales que suscriben este comunicado CSIF, STAJ y UGT han mostrado su disposición a firmar el acuerdo en un ejercicio de responsabilidad para no poner en riesgo lo conseguido y abrir la puerta a la negociación de más mejoras laborales y retributivas, a falta de terminar de concretar la segunda parte del acuerdo, la relativa al calendario de negociación de las cuestiones que hemos planteado más arriba.
CIG, el sindicato gallego, también ha manifestado su disposición a firmar el mismo para asegurar su presencia en la negociación que se va a abrir después de la firma del mismo. ELA el sindicato vasco ha dicho que no.
Sólo falta que CCOO salga de su contradicción y diga claramente si firma o no firma el acuerdo. Hoy no lo ha hecho. Que diga si quiere o no quiere participar en la negociación de las condiciones de trabajo del personal de Justicia en el futuro. Si quiere poner en valor el trabajo realizado por todos, incluida la Disposición Adicional 157, durante muchos años y si quiere seguir con las reivindicaciones del personal de Justicia sin renunciar a nada.
El próximo martes, a falta de confirmar la hora, hemos sido convocados a una nueva reunión para ultimar esa segunda parte de la propuesta de acuerdo.
9 de septiembre de 2021
CONCURSO DE TRASLADOS 2021: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN EN ANDALUCÍA.
Nuestros compañeros de STAJ en Andalucía nos han remitido de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía los listados de las plazas que serán ofertadas en Andalucía en el próximo concurso de traslados, que previsiblemente se convoque en la segunda quincena de septiembre.
8 de septiembre de 2021
OPOSICIONES 2019: GESTIÓN TURNO LIBRE: AFILIACIÓN A LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL (MUGEJU)
La afiliación de mutualistas titulares DE NUEVO INGRESO se realiza mediante el siguiente procedimiento: Afiliación obligatoria de oficio
https://sedemugeju.gob.es/afiliacion-y-cotizacion/afiliacion
El trámite se puede solicitar "en línea" en esta SEDE
ELECTRÓNICA o bien de forma presencial en los Servicios Centrales y
Delegaciones provinciales de Mugeju, así como en cualquiera de los demás
lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Deberán presentar:
•El MODELO A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES, debidamente cumplimentado y firmado.
Solicitud para la Afiliación y Variación de datos de Titulares A-1 (PDF).
INFORMACIÓN PARA LA AFILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE NUEVO INGRESO.
ALTA DE TITULARES
La incorporación como Personal al Servicio de la Administración de Justicia
conlleva la AFILIACIÓN OBLIGATORIA a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU),
que tiene como finalidad gestionar y prestar de forma unitaria para todos los
miembros de las carreras, cuerpos y escalas de la Administración de Justicia,
para los funcionarios en prácticas al servicio de dicha Administración y para
los Letrados de carrera que integran el Cuerpo de Letrados del Tribunal
Constitucional, los mecanismos de cobertura del Sistema de Mutualismo Judicial
establecidos en el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre
el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la
Administración de Justicia.
Puede consultar la información completa acerca de las prestaciones de MUGEJU
en http://www.mugeju.es/index.php/prestaciones y
los convenios y ofertas para mutualistas en http://www.mugeju.es/convenios-y-ofertas
Procedimiento de afiliación:
De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el alta en MUGEJU del personal funcionario de nuevo ingreso se realizará a través de medios telemáticos, evitando así la presentación de impresos en soporte papel, tal y como se explica a continuación:
• MUGEJU ha desarrollado una aplicación en su sede electrónica para dar de alta por medios telemáticos al personal funcionario de nuevo ingreso.
• Finalizados los procesos selectivos, el Ministerio de Justicia facilita a MUGEJU los datos del personal funcionario de nuevo ingreso.
• Estos datos se cargan en la aplicación, iniciándose así el proceso de alta.
• El personal funcionario de nuevo ingreso recibe un correo electrónico en el
que se le facilitan las credenciales y la ruta de acceso a la aplicación, junto
con la información del procedimiento.
• El personal funcionario accede a esta aplicación y completa el proceso de
alta, que consiste en revisar los datos que se muestran y cumplimentar aquellos
campos que aparezcan en blanco.
• Finalizado el proceso de alta con éxito, la información queda registrada en
nuestra base de datos.
• El sistema genera automáticamente un documento acreditativo de alta en la
mutualidad, así como una solicitud del talonario de recetas propio de este
Régimen Especial que le será remitido al domicilio particular que haya hecho
constar.
ASISTENCIA SANITARIA
Cuestiones Generales:
1. Es necesario que se cumplimenten todos los datos obligatorios para que se pueda completar correctamente el proceso de alta (datos personales, domicilio particular completo, destino, entidad médica…).
2. Acreditación de la entidad médica: la entidad elegida figura impresa en el documento de acreditación de alta en MUGEJU. Para recibir asistencia sanitaria, se tiene que utilizar la tarjeta sanitaria propia que expide cada entidad médica, pero mientras no se reciba la misma, se deberá ser atendido con dicha acreditación.
3. Tarjeta individual de afiliación: es una tarjeta individual y permanente que les identifica como titulares del Mutualismo Judicial. Será remitida al domicilio del mutualista en el plazo aproximado de un mes desde su alta en la mutualidad.
4. Partes de incapacidad temporal (IT): se deberán utilizar siempre los partes
de baja por incapacidad temporal propios de MUGEJU, tanto si eligen entidad
médica privada como INSS.
Entidades Médicas: se puede elegir la entidad médica que prestará la asistencia
sanitaria.
Recordamos que, si se elige una entidad médica privada, siempre se deben
utilizar los servicios médicos de esa entidad. Si el mutualista accede a medios
ajenos a esa entidad, deberá abonar los gastos que puedan ocasionarse, sin
derecho al reintegro de los mismos, salvo en los supuestos excepcionales de
asistencia urgente de carácter vital o de denegación injustificada de
asistencia y con los requisitos establecidos en el concierto sanitario.
1. Si se ha elegido una entidad médica privada, la tarjeta sanitaria individual será remitida al domicilio por la entidad elegida, transcurridos aproximadamente quince días desde su incorporación. También se puede solicitar personalmente en las oficinas de la entidad médica de su provincia, presentando la tarjeta individual de afiliación a MUGEJU.
2. Si se ha elegido la asistencia sanitaria a través del Sistema Público de
Salud (INSS):
• Al darse de alta, se debe hacer constar el número de afiliación a la
Seguridad Social.
• Se debe solicitar personalmente la tarjeta sanitaria individual en el centro
de salud, tanto para el titular mutualista, como para las personas
beneficiarias incluidas en su documento de acreditación de alta en MUGEJU, en
caso de que las hubiera.
Prescripción de medicamentos y productos sanitarios:
1. Si se ha elegido una entidad médica privada, las prescripciones deben realizarse por un médico de la entidad en el talonario oficial de recetas de MUGEJU, que el mutualista recibirá en su domicilio.
2. Si se ha elegido la opción INSS, la mayoría de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas han incorporado a MUGEJU al sistema de receta electrónica, por lo que la prescripción se realizará por este sistema siempre que sea posible. No obstante, el mutualista recibirá un talonario de recetas para su uso en casos excepcionales de interrupción temporal del sistema de receta electrónica, asistencias urgentes o asistencias fuera de su Comunidad Autónoma.
ALTA DE PERSONAS BENEFICIARIAS
Normativa de aplicación: artículo 15 del Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, y artículos 14 y 15 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.
Documentación a aportar:
1. Modelo A3, "Solicitud de alta de beneficiarios/beneficiarias", debidamente cumplimentado y firmado.
Solicitud de Alta/Reingreso de Beneficiarios/Beneficiarias A-3 (PDF).
2. Documentación indicada en el modelo de solicitud, como la fotocopia del
libro de familia o certificado digital del nacimiento. El modelo de solicitud
lleva implícita la consulta de ciertos datos para evitar la aportación de
documentación. Las personas beneficiarias mayores de 18 años deberán firmar
también el modelo de solicitud.
3. En el caso de oposición expresa a la consulta de datos para la tramitación de esta solicitud, se deberá aportar: 1.Fotocopia del DNI, para mayores de 14 años.
2.Certificados que acrediten que la persona beneficiaria:
◾ No figura como titular ni como persona beneficiaria de la otra
persona progenitora en ninguno de los otros regímenes de la Seguridad Social.
◾ Convive con la persona titular y depende económicamente de ella.
◾ No percibe rentas superiores al doble de IPREM (cuando sean
mayores de 18 años).
Más información en: http://www.mugeju.es/afiliacion-y-cotizacion/beneficiarios-y-beneficiarias.
INFORMACIÓN
SOBRE LA AFILIACIÓN OBLIGATORIA DE OFICIO
Os facilitamos el enlace dónde podréis consultar los servicios médicos de las distintas entidades privadas concertadas con la MUGEJU en la asistencia sanitaria: