26 de enero de 2022
DISPONIBLES EN LA BOLSA DE INTERINOS DE MURCIA A FECHA 25/1/2022.
CUADRO ACTUALIZADO DE RETRIBUCIONES PARA EL AÑO 2022.
A continuación ponemos a vuestra disposición el cuadro actualizado de retribuciones para el año 2022. A dichas cantidades hay que sumar el 2% de subida recogido en la LPGE para el año 2022.
21 de enero de 2022
AUXILIO JUDICIAL: Presentación de documentación según el apartado I-C. de la Convocatoria, Evaluación del Conocimiento de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco
El Ministerio de Justicia ha colgado en su web el Acuerdo de 20 de enero del Tribunal Calificador Único, por el que se abre el plazo para presentar documentación a los aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Auxilio Judicial, que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia, así como el conocimiento del Derecho Civil Vasco, a los que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, según el Anexo I-C. de la Convocatoria.
El plazo para presentar esta documentación será de 10 días hábiles contados desde el día 24 de enero al 4 de febrero de 2022, ambos incluidos, a las siguientes direcciones de correo electrónico:
C. VALENCIANA concursosjust@gva.es
CATALUÑA aj.auxiliopos.justicia@gencat.
GALICIA servicio.persoal.xustiza@
NAVARRA negperdgj@navarra.es
PAIS VASCO opejusticia@euskadi.eus
En el asunto especificar: OPTATIVA AUXILO APELLIDOS Y NOMBRE
Esta documentación se valorará una vez finalizado el proceso selectivo, a los aspirantes que hayan superado todo el proceso selectivo y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación.
MUGEJU: PUBLICACION EN BOE DEL CONCIERTO SANITARIO PARA 2022, 2023 Y 2024
19 de enero de 2022
CAMPAÑA DE RECONOCIMIENTO MÉDICO
La Gerencia de Justicia de Murcia nos ha comunicado para su máxima difusión que el departamento de Vigilancia de Salud de SEMUSAD Prevención de Riesgos Laborales va a ser el encargado de realizar los reconocimientos médicos a todos los trabajadores del Ministerio de Justicia de la Región de Murcia.
Sus sedes se encuentran en el Polígono de San Ginés (Alcantarilla), San Javier y Lorca, dónde en cualquiera de ellas se podrán realizar los reconocimientos médicos.
El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 28 de Febrero de 2022, realizándose dichos reconocimientos médicos desde Marzo a Junio de 2022.
La solicitud de éstos se podrá solicitar de la siguiente manera:
1. Cumplimentar solicitud para reconocimiento médico.
2. Remitir dicha solicitud una vez cumplimentada a los siguientes correos:
ruthgomez@semusad.com
maitegarcia@semusad.com
comercial@semusad.com
3. La gestión de la cita se realizará tras la recepción del correo vía email y/o teléfono facilitado.
4. Confirmación de la cita por email.
Para cualquier consulta
han facilitado el número de teléfono 968 87 97 91.
Por otro lado, el Ministerio informa que, este año, la vigilancia de la salud de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cartagena y Murcia se gestionará directamente desde la UCRL del Ministerio.
18 de enero de 2022
MUGEJU: EL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD SE PAGARÁ DE OFICIO.
El subsidio por incapacidad se abona por MUGEJU a partir del día 180 de una baja médica, toda vez que el Ministerio de Justicia paga a partir de dicho mes las retribuciones básicas (sueldo y trienios). La cuantía del subsidio es fija e invariable, en tanto éste no se extinga, y será la mayor de las dos cantidades siguientes:
- El 80% de las retribuciones básicas devengadas (sueldo y trienios), incrementadas en la sexta parte de una paga extraordinaria, correspondiente al primer mes de licencia.
- El 75% de las retribuciones complementarias devengadas en el primer mes de licencia.
El importe del subsidio íntegro así calculado no podrá ser superior a las retribuciones complementarias íntegras correspondientes al primer mes de licencia.
Hasta la fecha, era requisito imprescindible para su percepción la previa solicitud del interesado, lo que provocaba molestias y retrasos en el cobro. Con esta nueva Resolución, se reconoce de oficio el cobro del subsidio a partir del día 180 de incapacidad temporal, sin necesidad de petición expresa.
Pare ello, MUGEJU deberá tener constancia previa de la concesión de las pertinentes licencias por el órgano de personal que corresponda (Ministerio de Justicia o CC.AA. transferidas), así como contar con el certificado de retribuciones del primer mes de la baja.
13 de enero de 2022
Primera reunión de trabajo por el impacto de la Ley 20/2021 en los procesos selectivos de la Administración de Justicia
Con carácter previo el Ministerio ha manifestado que las oposiciones de Letrados A.J. no están afectadas por esta Ley, ya que no hay plazas que estén en las situaciones previstas en la misma. Como sabéis, la convocatoria de estas oposiciones ha sido ya publicada en el BOE de fecha 11 de enero, algo a lo que STAJ ha formulado su protesta por no haberse concluido la negociación (el Ministerio convocó mesa en pleno conflicto por el complemento específico de ámbito no transferido), reservándonos las acciones que consideremos que nos asisten por este nuevo atropello a la negociación colectiva.
Como primera cuestión, el Ministerio ha dejado claro que los procesos selectivos correspondientes a las ofertas de empleo acumuladas de 2017 y 2018 no están afectados, ni el de Auxilio Judicial, cuya resolución definitiva se espera -según el Ministerio- para finales de Febrero, ni por supuesto Tramitación y Gestión, que ya han finalizado.
En cuanto a la convocatoria correspondiente a la Oferta de empleo de 2019, el Ministerio entiende que hay que negociarla ya, para tenerla terminada y convocada antes de 1 de junio de 2022, tal como obliga la Ley.
Esta oferta está incluida en el proceso de estabilización fruto del Acuerdo de 2018, cuyas bases comunes deberían ser las mismas que las de las OEP 2017 y 2018 y, por tanto, el sistema de acceso debe ser el concurso oposición, que es además a lo que obliga la Ley (con valoración de la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total). Sin embargo, el Ministerio considera que hay que introducir cambios, para adaptarla a las disposiciones de la Ley 20/2021 y sobre todo para que sea un proceso ágil. No obstante, el Ministerio apuesta por el mantenimiento de la reserva de nota de los que superaron la fase de oposición de la convocatoria anterior, para lo cual los temarios no pueden cambiar. Adicionalmente a esa oferta de empleo, hay que añadir el número de plazas que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Ello incluye los refuerzos, que previamente hay que convertir en plantilla (o RPT). También hay que incluir el número de plazas que, en su caso, hayan quedado sin cubrir de la convocatoria de OEP 2017-2018.
El Ministerio plantea también la cuestión del carácter eliminatorio o no de los ejercicios de la fase de oposición, si bien considera en todo caso que aunque los ejercicios no lo tengan, la fase de oposición sí, por lo que habría que establecer una nota mínima de la suma de los ejercicios para poder pasar a la fase de concurso.
Otra cuestión importante es determinar qué número de esas plazas deben ser incluidas en el proceso extraordinario que, por una sola vez, se convoque por el sistema de concurso de méritos (sin fase de oposición). La ley establece con carácter imperativo que deben ofertarse por este sistema aquellas plazas estructurales que no habiendo sido cubiertas en los procesos selectivos de las OEP 2017 y 2018, a fecha 31 de Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia diciembre de 2020 hayan estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida antes de 1 de enero de 2016, y las que a fecha de entrada en vigor de la Ley (30 de diciembre 2021) hayan estado ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016. Ello incluye los puestos de refuerzo que tengan esa duración
Por ello es necesario determinar qué plazas están en esa situación, pero como las convocatorias de procesos selectivos no pueden identificar las plazas, lo único que se puede ofertar en ese proceso es un número equivalente. Ese número será extraído de la oferta total, debiendo el resto ser ofertado por el sistema de concurso oposición.
Lo que sí ha manifestado el Ministerio es que no es un proceso restringido, sino que se trata de un proceso de libre concurrencia, por lo que puede presentarse cualquiera que reúna los requisitos generales de titulación, edad, etc.
En resumen, por lo que respecta al turno libre y en cuanto al número de plazas correspondiente a la OEP 2019 más las que se añadan por cumplir los requisitos previstos en la ley a que hemos hecho referencia, tendrá que haber dos sistemas de acceso, uno por concurso-oposición, que es el establecido en las bases comunes ya dictadas, y otro extraordinario -y por una sola vez-, por concurso de méritos (sin fase de oposición), en el que se incluirá exclusivamente el número de plazas a que también hemos hecho referencia antes.
Esos procesos no pueden afectar a las plazas que en la OEP 2019 se reservan para turno de promoción interna, que se mantiene tal cual. Desde STAJ hemos recordado que el Acuerdo de 2018 incluye la previsión de que se incluya una oferta adicional y extraordinaria que permita una reserva de plazas para este turno de manera que se alcance el 60 por ciento de las plazas ofertadas en el turno libre.
Se ha puesto sobre la mesa también la posibilidad de que a la oferta de 2019 se acumulen las Ofertas de 2020 y 2021, que de no acumularse se retrasarían aún más de lo que ya están. Ello obligaría a que también estas se celebrasen por el sistema de concurso-oposición. No obstante, permitiría ampliar sustancialmente el número de plazas a ofertar, lo que facilitaría el acceso a todos los aspirantes, incluso de aquellos que carecen de méritos para la fase de concurso. En cualquier caso es una cuestión que habrá que analizar detenidamente, para hacer compatible el objetivo de estabilización y reducción de empleo temporal a que obliga la Ley con las legítimas expectativas de aquellos que no tienen experiencia que poder hacer valer en la fase de concurso.
El Ministerio nos emplaza a futuras reuniones que tendrán lugar durante las próximas semanas, para ir concretando todas estas cuestiones así como para negociar las bases de la convocatoria de OEP 2019 y plazas adicionales (y en su caso acumuladas 2020 y 2021)
Otros asuntos.- El Ministerio también ha planteado la necesidad de analizar los preceptos de la LOPJ que deberían ser objeto de modificación, para adaptarlos a las previsiones de la Ley 20/2021, en cuestiones como son la duración máxima de los nombramientos de interinos, etc.
También se ha puesto sobre la mesa la necesidad de abordar una regulación de carácter básico para la cobertura temporal de puestos de trabajo mediante los sistemas de comisión de servicios y sustituciones, habiendo insistido desde STAJ en que debe regularse ya la obligatoriedad de abono del cien por cien de las retribuciones totales del cuerpo al que se sustituye, entre otras cuestiones.
12 de enero de 2022
CONCURSO DE TRASLADOS 2021
En el aplicativo informático (al que hay que acceder con certificado digital) podrán visualizar los Anexos III con los datos personales de los concursantes, la baremación realizada, el destino de origen, los puestos solicitados y la plaza adjudicada provisionalmente, en su caso.
Los funcionarios interesados expresarán en un PLAZO DE DÍEZ DÍAS HÁBILES a contar a partir de mañana, su disconformidad con los datos obrantes en dicho Anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el Anexo IV (Modelo de Alegaciones), publicado en la Orden JUS/1099/2021, de 30 de septiembre y en la página web del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna.
Una vez cumplimentado el Anexo IV, deberán firmarlo, acompañando la documentación que crean oportuna, en su caso. Todo ello se escaneará y se enviará en un único fichero, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, indicando en el mensaje, en el apartado “Asunto”: APELLIDO1_APELLIDO2_NOMBRE_ALEGACIONES.
En el mismo plazo anterior, podrá presentarse la renuncia a la participación en el concurso, en aquellos casos debidamente justificados.
Para ello enviarán firmado y escaneado el Anexo IV (modelo de alegaciones), junto con la documentación justificativa de dicha renuncia, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es.
Al enviar el correo electrónico, indicarán en el apartado «Asunto»: Renuncia, en un único fichero, el cual tendrá la denominación del nombre, apellidos, NIF y modelo de instancia del interesado (Ejemplo: «Luis Pérez Pérez 00000000K V1»).
En la página del Ministerio de Justicia podéis consultar los listados provisionales de adjudicatarios y excluidos, así como el Anexo III con los datos personales, el Anexo IV (modelo de alegaciones), la baremación realizada, el destino de origen, los puestos solicitados y las plazas, en su caso, adjudicadas.
BOLSA DE INTERINOS DE BURGOS: PUBLICADO LOS LISTADOS DEFINITIVOS.
En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la resolución del Gerente Territorial de Burgos de 11 de enero, por la que se aprueban y publican los listados definitivos de las bolsas de interinos de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, correspondientes a las provincias de Ávila, Burgos, Segovia y Soria, convocadas por resolución de 10 de junio de 2021.
Se incluyen listados de Titulares y Reserva 1.
Además, se incluyen listados Reserva 2 de los aspirantes que cumplen todos los requisitos, pero su puntuación no alcanza para estar incluidos en el cupo de Reserva 1 de la Bolsa a la que han optado, y que serían llamados sólo cuando no hubiese disponible nadie de la bolsa titular ni de la Reserva 1.
La fecha de entrada en vigor de estas bolsas es del 17 de enero, por lo que a partir de ese día todos los llamamientos se harán de las nuevas bolsas.
Contra la resolución de la Gerencia los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Dirección General para el Servicio Público de la Justicia.
- RESOLUCIÓN 11 ENERO 2022
- LISTADO DEFINITIVO AVILA GESTION
- LISTADO DEFINITIVO AVILA TRAMITACION
- LISTADO DEFINITIVO AVILA AUXILIO
- LISTADO DEFINITIVO BURGOS GESTION
- LISTADO DEFINITIVO BURGOS TRAMITACION
- LISTADO DEFINITIVO BURGOS AUXILIO
- LISTADO DEFINITIVO SEGOVIA GESTION
- LISTADO DEFINITIVO SEGOVIA TRAMITACION
- LISTADO DEFINITIVO SEGOVIA AUXILIO
- LISTADO DEFINITIVO SORIA GESTION
- LISTADO DEFINITIVO SORIA TRAMITACION
- LISTADO DEFINITIVO SORIA AUXILIO
- LISTADO DEFINITIVO MÉDICOS FORENSES
11 de enero de 2022
OPOSICIONES 2022: LETRADOS ADM. JUSTICIA. PUBLICADO EN EL BOE LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO.
En el BOE del día 11 de enero se ha publicado la Orden JUS/1523/2021, de 3 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Secretario de Estado de Justicia.