20 de junio de 2022

FORMACIÓN 2022: APERTURA DE PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD A LOS CURSOS "EN LÍNEA" PARA LA PREPARACIÓN DE OPOSICIONES PROMOCIÓN INTERNA Y TURNO LIBRE.

 

Os recordamos que hoy empieza el plazo para la presentación de solicitudes de los cursos de formación "en línea" que ha convocado el Ministerio de Justicia, para la preparación de las pruebas selectivas para el Personal al Servicio de la Administración de Justicia (personal destinado en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia no transferido), por turno libre (Personal Interino) y por turno de promoción interna, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Las solicitudes se podrán presentar, desde el 20 de junio hasta el 30 de septiembre de 2022 (inclusive).

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:


Quienes deseen participar en las acciones formativas, deberán hacerlo obligatoriamente a través del Autoservicio del empleado de AINO@ accediendo al mismo a través de el Punto de Acceso General de la Administración de JusticiaÁrea privada portal Administración de Justicia, no siendo válida su presentación en ningún otro formato (las instrucciones para cumplimentar y remitir correctamente la solicitud, se encuentran en el archivo denominado “Instrucciones envío solicitud GENERAL"), salvo el caso excepcional indicado en el párrafo siguiente:

Excepcionalmente, el personal interino nombrado dentro de los 15 días anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias y que, por lo tanto, no tengan acceso al Autoservicio del empleado de AINO@, podrá presentar el modelo de solicitud que figura en el Modelo Solicitud EXCEPCIONAL.

La selección la realizará directamente el Departamento de Formación del Ministerio de Justicia. 

 

17 de junio de 2022

OFERTA DE ACTIVIDADES DIVULGATIVAS EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

Siguiendo indicaciones de la Unidad de Coordinación PRL del Ministerio de Justicia, en el marco de la vigilancia de salud, se ofertan tres actividades divulgativas dirigidas al personal de la Administración de Justicia en Murcia, incluidos Letrados de Administración de Justicia, Fiscales, personal funcionario, interino y laboral, con excepción de Jueces y Magistradossegún los programas que acompañan a este correo.

  • Factores Psicosociales y estrés laboral
  • Gestión y Resolución de conflictos
  • Primeros auxilios

 

Cada actividad divulgativa consta de una presentación en Power Point y material complementario a los que se podrá acceder hasta el 31-12-2022, sin necesidad de usuario y contraseña, desde el apartado FORMACIÓN > ACTIVIDAD DIVULGATIVA de la plataforma de SEMUSAD: https://www.semusad.es/ 

 

FORMACIÓN 2022: CURSOS "EN LÍNEA" PREPARACIÓN DE OPOSICIONES PROMOCIÓN INTERNA Y TURNO LIBRE.

 Como en años anteriores, el Ministerio de Justicia convoca cursos de formación "en línea" para la preparación de las pruebas selectivas para el Personal al Servicio de la Administración de Justicia (personal destinado en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia no transferido), por turno libre (Personal Interino) y por turno de promoción interna, para los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Las solicitudes se podrán presentar, desde el 20 de junio hasta el 30 de septiembre de 2022 (inclusive).

DESTINATARIOS:

Son destinatarios de las acciones formativas en promoción interna:

  • Funcionarios de carrera que se encuentren actualmente prestando servicio activo en la Administración de Justicia, destinados en el ámbito territorial no transferido, pertenecientes a los Cuerpos de Auxilio Judicial y Tramitación Procesal y Administrativa.
  • Los funcionarios que cumplan con los requisitos citados en el primer párrafo, destinados en los Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes y en las cabeceras de las Agrupaciones de Paz.
  • Los funcionarios que cumplan con los requisitos citados en el primer párrafo, destinados en los Departamentos del Instituto Nacional de Toxicología, en los Institutos de Medicina Legal y en las Delegaciones de la MUGEJU.

Son destinatarios de las acciones formativas en turno libre:

  • Funcionarios de carrera que se encuentren actualmente prestando servicio activo en la Administración de Justicia, destinados en el ámbito territorial no transferidoque desde su nombramiento no acrediten dos años de antigüedad en el Cuerpo al que pertenecen y no puedan participar en la Promoción Interna.
  • Los funcionarios interinos que se encuentren actualmente prestando servicio activo en la Administración de Justicia, destinados en el ámbito territorial no transferido.
  • Los funcionarios titulares e interinos que cumplan con los requisitos citados en los dos primeros párrafos y que estén destinados en los Juzgados de Paz de más de 7.000 habitantes y en las cabeceras de las Agrupaciones de Paz.
  • Los funcionarios titulares e interinos que cumplan con los requisitos citados en los dos primeros párrafos, destinados en los Departamentos del Instituto Nacional de Toxicología, en los Institutos de Medicina Legal y en las Delegaciones de la MUGEJU.

La gestión de dichos cursos se llevará a cabo desde el Ministerio de Justicia, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, y no concurran condiciones excepcionales relacionadas con aspectos docentes o de infraestructura económica y material que impidan su correcta celebración.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Quienes deseen participar en las acciones formativas, deberán hacerlo obligatoriamente a través del Autoservicio del empleado de AINO@ accediendo al mismo a través de el Punto de Acceso General de la Administración de JusticiaÁrea privada portal Administración de Justiciano siendo válida su presentación en ningún otro formato (las instrucciones para cumplimentar y remitir correctamente la solicitud, se encuentran en el archivo denominado “Instrucciones envío solicitud GENERAL"), salvo el caso excepcional indicado en el párrafo siguiente:

Excepcionalmente, el personal interino nombrado dentro de los 15 días anteriores a la finalización del plazo de presentación de instancias y que, por lo tanto, no tengan acceso al Autoservicio del empleado de AINO@, podrá presentar el modelo de solicitud que figura en el Modelo Solicitud EXCEPCIONAL. 

OPOSICIONES 2022: GESTIÓN Y TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA. PUBLICADO EN EL BOE LA MODIFICACIÓN DE TEMARIOS, TRIBUNALES E INHABILITACIÓN MESES DE JULIO Y AGOSTO.

En el BOE del día 17 de junio se ha publicado la Orden JUS/549/2022, de 13 de junio, por la que se modifican la Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, y la Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia; y se hacen públicos los Tribunales calificadores únicos de ambos procesos y se declara la inhabilidad de los meses de julio y agosto.

 
En cuanto a la publicación de las relaciones provisionales de admitidos de promoción interna a los Cuerpos de Gestión y Tramitación, el Ministerio nos ha comunicado que se retrasa a la semana próxima, por problemas técnicos en la inserción de los listados en el BOE. 

16 de junio de 2022

Promoción Interna GPA y TPA: Publicación listados provisionales de admitidos y excluidos en BOE de 17 de junio

 El Ministerio nos comunica que los listados provisionales de admitidos y excluidos Promoción Interna a los Cuerpos de Gestión P.A. y Tramitación P.A. se publicarán, “previsiblemente”, en el BOE de mañana, 17 de junio.

Del mismo modo se publicarán los tribunales único y delegados, así como la declaración de inhabilidad de los meses de julio y agosto, confirmándose lo adelantado ya por STAJ en relación con el retraso de los ejercicios a después del verano.

 También se publicará en el BOE la modificación de varios temas de los programas, relativos al proceso de incapacitación (Tema 8 programa Gestión P.A.), y a Registro Civil (Temas 18, 19 y 20 del programa de Gestión P.A. y temas 18 y 19 de Tramitación P.A.)


15 de junio de 2022

ACCION SOCIAL 2022: PUBLICACION DE LOS LISTADOS PROVISIONALES DE

En el área privada se han publicado los listados provisionales de la acción social 20221.

Los listados están en: área privada -> información laboral -> acción social
Según figura en la página, a partir del día de publicación de las relaciones provisionales, los interesados podrán subsanar las deficiencias puestas de manifiesto hasta el 1 de julio de 2022, incluido, exclusivamente a través del siguiente correo electrónico:
Nos dirigiremos al área del ministerio correspondiente para aclarar esta confusión,  aconsejamos en todo caso, remitir las alegaciones a ambos correos electrónicos.

 administracionjusticia@mjusticia.es

No obstante, en la nota informativa que han publicado se recoge lo siguiente: 

"Al objeto de evitar traslados innecesarios, que pudieran ocasionar riesgos con la covid 19, el escrito de reclamación o subsanación con la documentación a aportar deberá ser remitida, exclusivamente, a través del correo electrónico accionsocial.administracionjusticia@mjusticia.es

En el supuesto que no se presentara reclamación o subsanación en el plazo establecido, se producirá la desestimación de la solicitud."

14 de junio de 2022

ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE DICIREG EN EL REGISTRO CIVIL DE MURCIA Y SUS OFICINAS COLABORADORAS DE ALCANTARILLA, BENIEL Y SANTOMERA


El Ministerio de Justicia nos ha comunicado  que ha sido firmada la Resolución de 13 de junio que se adjunta, que dispone el despliegue de DICIREG en la Oficina General de Registro Civil de Murcia y las oficinas colaboradoras de su partido judicial, Alcantarilla, Beniel y Santomera, el próximo 11 de julio de 2022.


RESOLUCION DE 13 DE JUNIO DESPLIEGUE DICIREG REGISTRO CIVIL DE MURCIA

9 de junio de 2022

OPOSICIONES 2020: AUXILIO JUDICIAL. PUBLICACIÓN EN EL BOE DEL NOMBRAMIENTO Y ADJUDICACIÓN DE DESTINOS.

En el BOE del día 9 de junio se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la oposición al Cuerpo de Auxilio Judicial, convocada en 2020:

  • Orden JUS/518/2022, de 1 de junio por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.
  • Orden JUS/520/2022, de 1 de junio del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/60/2020 de 15 de enero, en el ámbito del Ministerio. 

TOMA DE POSESIÓN

 Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE. 

Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.

 En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión o Tramitación, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.

En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión o Tramitación y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Auxilio Judicial, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.

PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:

Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 523.3 de la LOPJ

FUNCIONARIOS INTERINOS:

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.  

COMUNIDADES TRANSFERIDAS

Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencias transferidas son las siguientes: 

 

3 de junio de 2022

OPOSICIONES 2022: LETRADOS A. J. PROMOCIÓN INTERNA. NOTA MÍNIMA PRIMER EJERCICIO.

 

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo del Tribunal calificador por el que se fija la nota mínima necesaria para superar el primer ejercicio de acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia por Promoción Interna, celebrado el pasado 21 de Mayo, en 10 puntos.

2 de junio de 2022

NUEVOS CRITERIOS PARA LOS CESES DE INTERINOS EN PUESTOS VACANTES Y SUSTITUCIÓN.

El Ministerio de Justicia a remitido oficio a todas las Gerencias Territoriales de su ámbito con los nuevos criterios sobre ceses de interinos vacantes y sustitución, donde se indica lo siguiente:

"Como continuación a nuestro oficio de 14 de octubre de 2021 relativo a las consecuencias del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y como consecuencia de la aprobación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,(véase la página 6 de la Ley, en color rojo los firmantes del Acuerdo), de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, es necesario determinar las plazas vacantes ocupadas de forma temporal por funcionarios interinos y las fechas desde las que han estado ocupadas.

El actual sistema de gestión del personal interino no permite conocer cuántos interinos son de vacante y cuántos son de sustitución, sin tener que realizar un análisis individualizado de cada nombramiento, pues funcionarios interinos nombrados para cubrir vacantes pasan con frecuencia a cubrir sustituciones por diversos motivos (como IT, excedencia por cuidado de familiares, ocupación temporal de otro puesto en sustitución o en comisión de servicio, etc.); y viceversa.

Por otra parte, esta ley, y el anterior Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio contempla indemnizaciones en su disposición adicional decimoséptima a los interinos que permanezcan más de tres años (nombrados después del 8-07-2021). 

Asimismo, se da una nueva redacción al artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y se dispone la finalización de la relación de interinidad, entre otras causas, por la cobertura reglada del puesto por personal funcionario de carrera a través de cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos. También se señala que, transcurridos tres años desde el nombramiento del personal funcionario interino, se producirá el fin de la relación de interinidad, y la vacante solo podrá ser ocupada por personal funcionario de carrera, salvo que el correspondiente proceso selectivo quede desierto, en cuyo caso se podrá efectuar otro nombramiento de personal funcionario interino.

Por todo lo anterior es necesario dictar las instrucciones siguientes, que tienen como objetivo cumplir con lo señalado en la citada Ley y poder contar con la información correcta en la aplicación aino@:

1.º Los nombramientos de funcionarios interinos por sustitución de un titular deberán indicar el nombre y apellidos del funcionario al que sustituyen y la causaUna vez finalice la causa o cese el titular, deberá cesar el interino, aunque en el órgano judicial existan puestos vacantes. Es decir, no se transformará su relación de interino por sustitución en la de interino por vacante.

2.º Los interinos por vacante cesarán cuando se cubra la vacante, sin que puedan seguir prestando servicios si en el órgano hay un puesto reservado a titular que necesita de cobertura temporal.

Por tanto, no se transformará su relación de interino por vacante en la de interino por sustitución.

La previsión relativa a los ceses prevista en estos dos puntos 1.º y 2.º es de aplicación, tanto a los nuevos nombramientos que se produzcan tras la recepción de este oficio, como a los nombrados con anterioridad, por lo que deberá reflejarse en la aplicación aino@ el tipo de relación correcto (cobertura de vacante o sustitución).

3.º Esas Gerencias deberán llevar un control de la duración de los nombramientos de interinos por vacante nombrados después del 8-07-2021, que deberán cesar en el momento en que cumplan tres años desde el nombramiento (antes del 8-07-2024, con el fin de cumplir con lo dispuesto en la disposición adicional decimoséptima del TRLEBEP, introducida por el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio y evitar tener que abonar compensación económica por cese.

En el caso de subsistir la necesidad de cobertura de la vacante tras estos tres años, no podrá nombrarse otro interino, sino que el puesto deberá cubrirse por personal funcionario de carrera.

Esta Subdirección llevará el control de los funcionarios interinos de refuerzo nombrados después del 8-07-2021, que serán cesados al cumplir tres años desde su nombramiento (antes del 8-07-2024), si no lo hubieran sido antes.

4.º Por otra parte, como continuación a las instrucciones de 14 de octubre de 2021, por el que se informaba a las Gerencias del criterio de cese del personal que ocupa puestos mediante interinidad, comisión de servicio o sustitución, por orden cronológico inverso a su toma de posesión, siguiendo el criterio de mayor antigüedad en un puesto del mismo órgano judicial o fiscal o centro destino, sin discriminar entre personal sustituto o funcionario en comisión de servicio, o personal funcionario interino, se informa lo siguiente:

En el caso de concesión de comisiones de servicio para cubrir puestos creados en la relación de puestos de trabajo como consecuencia de la entrada en funcionamiento de un órgano judicial, los comisionados no deben verse afectados por los ceses derivados del concurso convocado con anterioridad a la creación de los puestos ni por ninguna de las otras situaciones que puedan conducir al cese, ya que estos puestos son de nueva creación y no existían cuando se nombró al personal interino ni cuando se convocó el concurso. Por tanto, seguirán en las comisiones de servicio hasta la cobertura definitiva en el primer concurso convocado tras la creación de los puestos.

5.º Por último, es necesario fijar un criterio adicional de cese para los casos de interinos de vacante nombrados el mismo díaen estos casos cesará primero el que tenga peor posición en la bolsa de trabajo y, en caso de nombramientos a través del servicio público de empleo, estos serán cesados antes que los procedentes de la bolsa."