En el BOE de hoy jueves se publica la Orden JUS/682/2022, de 15 de julio, por la que se resuelve concurso de traslado para el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/547/2022, de 12 de junio.
21 de julio de 2022
CONCURSO DE TRASLADOS: RESOLUCIÓN DEL CONCURSO DE TRASLADOS DEL CUERPO DE LETRADOS AJ.
15 de julio de 2022
Mesa sectorial Ministerio Justicia. Negociación sustituciones
En la reunión de mesa sectorial celebrada este 14 de julio se ha traído por el Ministerio un documento con bases para la modificación de las normas que regulan con carácter general las comisiones de servicio y sustituciones. En realidad, se trata de dar cumplimiento (¡por fin!) a algo que ya estaba en el Acuerdo de diciembre de 2015 y que aún no había sido traído a mesa de negociación, y no será porque desde STAJ no lo hayamos pedido una y otra vez desde entonces.
En ese documento el Ministerio trata de clarificar en qué supuestos proceden las sustituciones horizontales y las verticales, con relevación de las funciones del puesto de origen, en supuestos de vacantes, y de ausencias del titular del puesto, así como las sustituciones horizontales sin relevación de dichas funciones, lo que equivale a simultanear ambos puestos de trabajo. Se permite también, aunque limitada a funcionarios del mismo centro de destino, la “sustitución del sustituto”, que actualmente está prohibida. Agotadas las posibilidades de cobertura de puestos por personal funcionario de carrera, procederá el nombramiento de personal interino.
El documento también expone algunas ideas en relación con el orden de preferencia cuando haya varios candidatos a ocupar los puestos mediante estos mecanismos de cobertura, estableciendo que procederán entre funcionarios destinados en un mismo ámbito, y sólo cuando no haya candidatos, se podrá nombrar funcionarios destinados en ámbitos diferentes, previo informe de la Administración competente.
Se recoge además que en las sustituciones verticales se abonará un complemento que compense la diferencia entre las retribuciones básicas -excepto antigüedad- del cuerpo al que se sustituye y las del cuerpo de origen, además de las complementarias del puesto que se desempeña efectivamente, dejándolo no obstante a la negociación en cada ámbito. Por lo que respecta a las retribuciones de las sustituciones sin relevación defunciones, aunque se establece que deben ser “incentivadas”, deja su entera concreción a la negociación en cada ámbito.
Por lo que respecta a Letrados A.J., el Ministerio sí que tiene ya redactados los borradores de Reales decretos que regulan los supuestos y cantidades que percibirán por sustituciones horizontales sin relevación de funciones (en cantidades variables que pueden llegar hasta el 80% de las retribuciones complementarias), así como los topes que percibirán por participación en planes de actuación.
En los supuestos en los que proceda la sustitución vertical por funcionarios del Cuerpo de Gestión P.A. (Siendo su nombramiento preferente respecto a los demás integrantes de las bolsas de LAJs sustitutos), el Ministerio considera que debe modificarse el régimen actual para mantenerlos en situación de activo en el Cuerpo de Gestión P.A., si bien percibiendo las retribuciones básicas -excepto antigüedad y complementarias del Cuerpo de LAJs en el puesto que desempeñen por sustitución vertical. Con ello, dice el Ministerio, conservan su puesto de origen, no como en la actualidad, en que pasan a una situación en la que además de perder su puesto -solo conservan el derecho a reingresar en la misma localidad-, dejan de acumular antigüedad en Gestión.
Ante este documento, STAJ ha manifestado que es necesario acometer ya las reformas de los preceptos reglamentarios y de la propia LOPJ que permitan mejorar de forma efectiva la regulación actual básica, de aplicación a todo el Estado sobre comisiones de servicio y sustituciones. En este sentido, desde STAJ entendemos que esa reforma debe concretarse al menos en los siguientes puntos:
- Hasta su cobertura mediante concurso de traslado o por funcionarios de nuevo ingreso, los puestos vacantes deben ofertarse para su cobertura mediante comisión de servicios -mismo cuerpo-, y subsidiariamente mediante sustitución vertical -cuerpo distinto-. Debe eliminarse la limitación temporal de las comisiones de servicio.
- Los puestos cuyo titular esté ausente por permisos o licencias de larga duración o cualquier otra situación administrativa deberían ofertarse para ser cubiertos mediante sustitución horizontal y subsidiariamente vertical, ambas con relevación de las funciones del puesto propio. Debería permitirse que los Auxilios Judiciales puedan sustituir a Gestión P.A., respetándose la preferencia del cuerpo de Tramitación P.A.
- En sustituciones verticales, debe percibirse tanto los complementos del puesto que se ocupa como la diferencia entre las retribuciones básicas del cuerpo de origen y el sustituido, incluida la antigüedad.
- La cobertura de puestos mediante comisión de servicios o sustitución con relevación de funciones debe ser siempre objeto de convocatoria pública, pudiendo solicitarse cualquiera sea el ámbito de destino, adjudicándose por orden de antigüedad en caso de varios candidatos, sin perjuicio de otorgar preferencia a los destinados en el mismo órgano en caso de sustituciones verticales.
- Las sustituciones horizontales sin relevación de funciones deben ser siempre retribuidas, en los mismos porcentajes sobre los complementos que se establezcan para Letrados A.J. En todo caso, estas sustituciones deben estar limitadas temporalmente, para periodos cortos y razonables según las características de la sustitución, pudiendo establecerse bolsas de personal interesado en ellas.
- Debe establecerse la posibilidad de otorgamiento de comisiones justificadas en razones de necesidad grave (comisiones “humanitarias”), debidamente regladas.
- Las sustituciones entre Letrados A.J. deben limitarse temporalmente a no más de un mes, o menos según las características de la sustitución. Sustituciones por mayor plazo deben realizarse por Letrados sustitutos, preferentemente por personal del Cuerpo de Gestión P.A.
- Los Gestores P.A. que realicen
sustitución a Letrados A.J. deberían mantener su puesto de origen y su antigüedad
como gestores a efectos de escalafón, además de todos los derechos económicos y
derechos pasivos durante el tiempo que desempeñen el puesto como Letrados A.J.
Estas son, resumidas, nuestras reivindicaciones, para que queden reflejadas en normas de carácter básico de aplicación en todo el estado, sin perjuicio de su desarrollo en cada ámbito territorial previa negociación colectiva.
INFORMACIÓN SOBRE CONCURSO TRASLADO, PROMOCIÓN INTERNA, PROCESOS SELECTIVOS Y BOLSA LAJ
Concurso de traslado.- Se retrasa su convocatoria al mes de agosto, con plazo de presentación de instancias en septiembre.
Promoción interna.- Ante la imposibilidad de celebrar el 23 de septiembre, se prevé celebración ejercicios el 8 de octubre, para no coincidir con exámenes de LAJ que están ya señalados para el 2 de octubre.
Procesos selectivos turno libre.-
Procesos de la OEP de estabilización (Ley 20/2021). Se prevé su convocatoria en el mes de diciembre.
Bolsa Letrados A.J. Sustitutos.- Se espera publicación convocatoria para finales de agosto, con plazo solicitudes en septiembre.
BOLSA DE INTERINOS DE LA RIOJA: LISTADOS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
En el Boletín Oficial de la Rioja, se ha publicado la Resolución 1187/2022, de 14 de julio, de la Dirección General de Justicia e Interior, por la que se aprueban y publican las listas provisionales de admitidos y excluidos de las bolsas de trabajo de funcionarios interinos de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
BOLSA DE INTERINOS DE MELILLA: LISTADOS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la Resolución de 12 de julio de 2022 del Gerente Territorial del Ministerio de Justicia en Málaga por la que se publican las Listas de Admitidos y Excluidos al proceso de selección y constitución de Bolsas de Interinos de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial para el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, convocado el 21 de febrero de 2022.
- RESOLUCIÓN PROVISIONAL
- Anexo I Listado Prov. Admitidos Gestión P.A.
- Anexo II Listado Prov. Excluidos Gestión P.A.
- Anexo III Listado Prov. Admitidos Tramitación P.A.
- Anexo IV Listado Prov. Excluidos Tramitación P.A.
- Anexo V Listado Prov. Admitidos Auxilio Judicial
- Anexo VI Listado Prov. Excluidos Auxilio Judicial
- Anexo VII Causas de Exclusión
- Anexo VIII Modelo de Reclamación
CONCURSO DE TRASLADOS 2022: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN EN CATALUÑA
El Departamento de Justicia de Cataluña nos ha enviado las plazas del concurso de traslado 2022, autorizando la difusión.
REUNIÓN MINISTERIO DE JUSTICIA-SINDICATOS: CONCURSO DE TRASLADOS, PROCESOS SELECTIVOS Y BOLSA DE LETRADOS AJ SUSTITUTOS.
Concurso traslados.
Publicación posiblemente en agosto, y el plazo para presentar las solicitudes en septiembre.
Promoción interna.
Ejercicios, como muy pronto, el 8 de octubre, pero aún sin confirmar.
Turno libre.
CONVOCATORIA ACUMULADA DE LAS OEP 2020-2021-2022.
La convocatoria será en septiembre u octubre. El proceso selectivo será por el sistema de oposición (no concurso-oposición, ni concurso de méritos).
Se está estudiando la posibilidad de aplicar en esta convocatoria la reserva de nota de la oposición 2017-2018.
El Ministerio tiene la intención de que todos los ejercicios de cada Cuerpo se celebren el mismo día.
Procesos estabilización de la Ley 20/2021 (concurso oposición y concurso de méritos)
La "negociación" de las bases de la convocatoria del concurso oposición y del concurso de méritos será en octubre. La convocatoria será en diciembre.
Convocatoria de la bolsa de Letrados AJ sustitutos.
Posiblemente convocatoria finales agosto, y el plazo para presentar las solicitudes será en septiembre.
13 de julio de 2022
FECHA PREVISTA DE PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA DE LA NUEVA BOLSA DE INTERINOS DE MURCIA: SEPTIEMBRE de 2022.
Por la Gerencia Territorial de Justicia en Murcia se nos ha comunicado que dada la imposibilidad de publicar inminentemente la convocatoria de la nueva bolsa de interinos y de evitar, por tanto, que el plazo de inscripción se desarrolle a lo largo del mes de agosto, con los inconvenientes que ello supone para muchos de los aspirantes al carecer de los medios tecnológicos necesarios para la obligatoria inscripción online durante el disfrute de las vacaciones estivales, se pospone la citada convocatoria al mes de septiembre de 2022.
8 de julio de 2022
CONCURSO DE TRASLADOS 2022: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN EN ANDALUCÍA, ASTURIAS, CANARIAS, CANTABRIA Y GALICIA
Nuestros compañeros de STAJ Andalucía nos han remitido la relación provisional de plazas vacantes que se ofertarán en esa Comunidad dentro del concurso de traslados genéricos de este año.
De momento no disponemos de las plazas del ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia, en cuanto las tengamos os daremos traslado de las plazas a ofertar.
Otros ámbitos que ya han comunicado sus plazas a ofertar:
MUGEJU: TRABAJOS TEMPORALES DE BENEFICIARIOS DE LA MUTUALIDAD.
En relación a los trabajos temporales que se realizan en periodo estival por algunos beneficiarios (por ejemplo, hijos de mutualistas que son estudiantes y aprovechan el verano para un trabajo puntual) conviene recordar que deben regularizar en ese caso su situación en MUGEJU.
El derecho a la asistencia sanitaria, por el Sistema Público de Salud, se genera en el momento en que se inicia una actividad que supone el alta, como titular, en el Régimen General de Seguridad Social o cualquiera de sus Regímenes Especiales, independientemente de las características del contrato de trabajo, o del acuerdo que fija las condiciones laborales y de salarios. Figurando estos trabajadores en alta como asegurado en el fichero BADAS (Base de Datos del derecho a la asistencia sanitaria) gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Por ello, si un beneficiario de un mutualista de MUGEJU, comienza una actividad laboral que le genera el derecho a figurar de alta en el fichero BADAS, el mutualista deberá solicitar la baja de su beneficiario presentando el modelo normalizado A.5 Baja de beneficiarios. Este modelo de solicitud lo pueden encontrar en la página web de MUGEJU, y la pueden presentar en su Delegación provincial, en la Oficina de información de los Servicios centrales de la Mutualidad, por correo postal o través del portal del mutualista.
En los supuestos de situaciones adicionales de alta, que dan derecho a la prestación de asistencia sanitaria sin que se realice actividad laboral, como son los casos de prórroga o de haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo, el asegurado podrá renunciar a dicha asistencia, de acuerdo con el criterio actual del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para ello, el titular de este derecho ha de tramitar su baja en la prestación de asistencia sanitaria en cualquier oficina del INSS, antes, o al mismo tiempo, de que el mutualista presente la solicitud de reingreso como beneficiario de MUGEJU.
Por lo tanto, cuando el citado beneficiario deje de tener derecho a asistencia sanitaria por otro Régimen de Seguridad Social, podrá solicitar nuevamente su alta en MUGEJU, siempre que reúna todos los requisitos exigidos para ello.
4 de julio de 2022
OPOSICIONES: AYUDANTES DE LABORATORIO DEL INTCF. PUBLICACIÓN EN EL BOE DEL NOMBRAMIENTO Y DESTINOS.
En el BOE del día 4 de julio se ha publicado la Orden JUS/621/2022, de 28 de junio, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.