25 de enero de 2023

Servicios mínimos de la huelga de Letrados A.J.

 AQUÍ podéis consultar Resolución del Secretario General de la Administración de Justicia, por la que se fijan servicios mínimos para la huelga de Letrados A.J. convocada a partir del 24 de enero de 2023.

20 de enero de 2023

DECLARACIÓN DE LA RENTA 2022: CALENDARIO

La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario fiscal de 2023, el conjunto de fechas establecidas durante un ejercicio fiscal, donde se especifican todas las obligaciones tributarias que tienen los autónomos, empresas, pymes y personas físicas en España. A partir de abril de 2023, los contribuyentes podrán presentar su declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022.

Este trámite se puede realizar online, sin necesidad de acudir a una oficina, o con la ayuda de un técnico de Hacienda solicitando cita previa. El organismo pone a disposición de los ciudadanos los siguientes teléfonos para ser atendidos, pedir cita o informar de algún problema: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Conviene recordar varias cuestiones relativas a la declaración de la renta en relación con el ámbito laboral.

  • Deducción de la cuota sindical.

La primera es que las cuotas sindicales se pueden deducir en el 100%. (Casilla 14 de la declaración de la Renta)

  • Deducción por movilidad geográfica.

La segunda se refiere a la deducción por movilidad geográfica de aquellos compañeros que estén afectados por esa circunstancia.

Recordamos que esta posibilidad es para aquellos compañeros que anteriormente estaban en situación de desempleo e inscritos en la oficina de empleo (aunque sea sin cobrar la prestación por desempleo), y la aceptación del puesto de trabajo actual haya exigido el traslado de residencia habitual a un nuevo municipio (por ejemplo, funcionarios interinos o titulares que vienen desde otras provincias, con empadronamiento en esa nueva localidad. Esto vale para cualquier trabajador, no solo funcionarios.

El importe que se puede deducir es de 2.000 euros anuales con carácter general, que se aplicarán durante dos años; el año del cambio de domicilio y el siguiente, 2000 euros cada año.

En el caso de trabajadores con discapacidad se incrementa la cuantía en 3.500 euros anuales ó en 7.750 euros (ver art. 19.2.f de la Ley 35/2006 del IRPF).

En este caso la deducción se puede hacer por dos vías, y ambas son excluyentes. Bien señalando la casilla de movilidad geográfica en el modelo 145, o bien en la declaración de la renta. 

En el supuesto de que no se haya señalado en el modelo 145, se podrá deducir esa cantidad en la declaración de la Renta. La casilla es la número 3 “Retribuciones dinerarias íntegras”, en la que se despliegan distintos apartados, entre ellos “Datos adicionales” donde aparece “contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo…”.

No obstante, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente.

  • Cantidades percibidas en un ejercicio fiscal distinto al ejercicio de devengo (cobro de guardias o prolongaciones de jornada).

En aquellos supuestos en los que se perciba una cantidad correspondiente a guardias o prolongación de jornada realizadas en el año anterior y cobradas en el año siguiente, por ejemplo guardias realizadas en el mes de diciembre y cobradas en el mes de enero, hay que tener en cuenta lo señalado en el artículo 14.2.b) de la Ley 35/2006 del IRPF.

Antes de presentar la declaración de la renta habrá que sumar la cuantía de guardias, o prolongación de jornada, y las retenciones del IRPF correspondientes a esas cantidades ( las veremos en la nómina en la que se cobran), a la cantidad que aparece en el borrador, en la casilla 3, correspondientes a “Retribuciones dinerarias”, tanto en retribuciones dinerarias como en retenciones.

  • Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral

Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, en nuestro caso litigios judiciales entre el funcionario/a contra nuestra Administración empleadora, darán derecho a la deducción de un máximo de 300 euros anuales, tal como señala el artículo 19.2.e) de la Ley 35/2006, del IRPF. (Casilla 16 de la declaración de la Renta).


  • Deducción por hijos menores de 3 años.

Aunque no es una cuestión laboral, conviene recordar que las madres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años. Es decir se podrán deducir hasta 1200 euros.

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación.

El contribuyente podrá pedir, mediante el modelo 140 de IRPF. “Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones”, el abono de forma adelantada de estas deducciones, a cobrar de manera mensual, un máximo de 100 euros al mes.

En este supuesto no se minorará la cuota diferencial del impuesto, es decir, ya no se podrá deducir la cantidad de 1200 euros en la declaración de Renta, puesto que ya se ha percibido mensualmente. Lo habitual es que las madres soliciten esta deducción mensualmente mediante el modelo 140.

No obstante lo anterior, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente, ya que la propia AEAT brinda a los contribuyentes esa oportunidad.

  

19 de enero de 2023

Convocatoria Comisiones de servicios en Galicia.

Hoy se publica en la Intranet de Justicia  y en la página Web de la comunidad de Galicia, Resolución de la Dirección General de justicia de esa comunidad por la que se ofertan puestos de trabajo a cubrir por comisión de servicio.

El plazo de presentación de solicitudes es de CINCO DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a la fecha de publicación de la resolución y se hará a través del formulario electrónico en la Oficina Virtual del Personal de la Administración de Justicia (OPAX).

A la solicitud se acompañará  el informe del responsable funcional del órgano, servicio o unidad en la que se encuentre destinado el funcionario peticionario y, cuando se trate de funcionarios destinados en otras Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de justicia, o en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia, el informe favorable del órgano correspondiente del Ministerio o comunidad transferida. De no ser posible, se deberá acreditar que se ha realizado la solicitud de dicho informe.

Promoción interna Gestión Procesal: Modificación aprobados de Canarias.

En la página Web del Ministerio se publica el Acuerdo del tribunal calificador de la promoción interna al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocada por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, por el que se modifica relación de aprobados ámbito territorial Canarias.

Aprobados Gestión P.I. Canarias

18 de enero de 2023

Concurso de Traslados: Retraso en la publicación de los listados definitivos.


Desde el Ministerio de Justicia nos informan que se retrasará la publicación de los listados definitivos del
 Concurso de Traslados 2022, que no estarán antes de finales de marzo, dado que acaba de terminar el plazo de reclamaciones y renuncias. 

OPOSICIONES 2022: GESTIÓN P. INTERNA. CONVOCATORIA DE PRUEBA DE CATALÁN.

En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la convocatoria de los aprobados que en su día lo solicitaron, para la prueba de conocimiento del catalán dentro de la promoción interna al cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, convocada por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, que tendrá lugar el 27 de enero, a las 9:30 horas en el CEJFE (Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada) Calle de Pau Claris, 158 08009 Barcelona.

OPOSICIONES 2022: LETRADOS ADM. JUSTICIA. CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO-OPOSICIÓN.

En el BOE del día 17 de enero se ha publicado la Corrección de errores de la Orden JUS/1319/2022, de 27 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre al Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia por el sistema de concurso oposición.

17 de enero de 2023

Tribunales de Instancia: Sigue la negociación con el Ministerio.

En el día de ayer se ha celebrado nueva reunión de mesa en el Ministerio de Justicia para continuar con la negociación de la propuesta de acuerdo del Ministerio sobre las Disposiciones Transitorias y con el fin de poder definir, de manera clara, las garantías que deberán regir el proceso de tránsito hacia el nuevo modelo organizativo que trae consigo la futura aprobación de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa (LOEO). Con carácter previo a esta fecha, STAJ y el resto de las organizaciones sindicales hemos dado traslado de las alegaciones a la propuesta realizada por el Ministerio.

De las cuestiones tratadas, cabe destacar la insistencia por parte del STAJ para el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes de cada cuerpo en cada municipio a fecha actual, la necesidad de fijar criterios que sirvan de base para las futuras mesas en cada ámbito que respeten en todo caso, de manera clara e inequívoca, las retribuciones en aquellos puestos que tienen fijado cualquier tipo de complemento, ya sea por funciones de guardia, violencia de género, penosidad o cualquier otro inherente al puesto desarrollado. Respecto a los puestos de trabajo que sean continuidad de los preexistentes, deberán ser ocupados por los mismos funcionarios/as que los ocupan en la actualidad.

En todo lo concerniente al proceso de acoplamiento debe primar la voluntariedad sin que en ningún caso pueda producirse un cambio de localidad, garantizándose en todo caso el mantenimiento de las retribuciones que actualmente se vengan percibiendo. También, lo absolutamente necesario de la negociación colectiva de las fases de acoplamiento de acuerdo con unos criterios generales que han de quedar definidos en la ley, dando además audiencia a las Juntas de personal respectivas, con carácter previo a la ejecución del acoplamiento en cada municipio. 

Otro tema de gran calado es la diferenciación de los puestos de trabajoSTAJ ha pedido la modificación de los artículos que correspondan de forma que se garantice un mínimo de áreas en cada Tribunal de Instancia y Servicios Comunes procesales, para todo el Estado.

Respecto a los puestos con compatibilización de funciones, STAJ se opone a los mismos, en principio, excepto para los supuestos previstos de compatibilización de funciones de Registro Civil. Tampoco compartimos la existencia de puestos en varias relaciones de puestos de trabajo. Con carácter subsidiario y de establecerse deberán incorporar un complemento específico superior que retribuya dicha compatibilidad.

Hemos insistido en el mantenimiento de la MUGEJU y sus delegaciones provinciales como centros de destino, así como la inclusión de la Fiscalía Europea.

Cabe destacar que durante el transcurso de la reunión se ha abordado un aspecto fundamental que creemos es un claro avance en materia de promoción interna, finalmente y tal y como nos ha trasladado el Ministerio, está en disposición de aceptar llevar adelante la recuperación del 50% en la promoción interna. Algo que STAJ lleva reclamando años y que por fin parece que puede materializarse en la ley, dándose con ello cumplimiento lo recogido expresamente en el Acuerdo de marzo de 2022, suscrito por STAJ y otros sindicatos con el Ministerio de Justicia y que hasta ahora el Ministerio venía incumpliendo. Estamos a la espera de la respuesta del Ministerio y la futura redacción. Con este paso y gracias a las movilizaciones realizadas recuperaríamos algo que, desde hace mucho desde el STAJ venimos reivindicando como un derecho legítimo de los titulares.

Para STAJ, todo lo anterior debe quedar reflejado normativamente para garantizar que se aplica con carácter de mínimos en todo el Estado. El próximo jueves 19 de enero se celebrará nueva mesa donde el Ministerio dará contestación a lo planteado por los sindicatos.

 

16 de enero de 2023

Convocatoria Libre Designación Letrados A.J.

En el BOE de hoy se publica la Orden JUS/19/2023, de 11 de enero, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo del cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia por el sistema de libre designación.

13 de enero de 2023

Modificación Concurso de traslados en Comunidad Valenciana

En el BOE de hoy se publica la Resolución de 5 de enero de 2023, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se corrigen errores de la Resolución de 18 de agosto de 2022, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.