17 de mayo de 2023
GESTIÓN TURNO LIBRE: DISTRIBUCIÓN DE OPOSITORES POR AULAS.
OPOSICIONES CUERPOS GENERALES: Lugares de examen en Murcia.
AUXILIO JUDICIAL
Fecha: 20 de mayo de 2023, a las 09:00 horas.
Región de Murcia.
Lugar: Murcia.
Universidad de Murcia.
Campus de Espinardo 30100-Murcia.
Facultad de Economía y Empresa
(Edificio 2)
Facultad de Matemáticas
y Aulario General (Edificio 15).
GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA
Fecha: 21 de mayo de 2023, a las
9:00 horas.
Región de Murcia.
Lugar:. Murcia.
Universidad de Murcia.
Campus de Espinardo, 30100-Murcia.
TRAMITACIÓN PROCESAL Y
ADMINISTRATIVA
Fecha: 27 de mayo de 2023, a las
9:00 horas.
Región de Murcia.
Lugar: Murcia.
Universidad de Murcia.
Campus de Espinardo 30100-Murcia.
Facultad de Economía y Empresa
(Edificio 2)
Facultad de Matemáticas y Aulario
General (Edificio 15).
Promoción Interna de Gestión: Ampliación del plazo para presentación de alegaciones
En la página Web del Ministerio se publica nota informativa del Tribunal Calificador Único de la promoción interna al cuerpo de Gestión P.A, por la que se amplía el plazo inicialmente otorgado para la presentación de alegaciones.
Advertidos los errores en relación con los servicios prestados facilitados por las administraciones competentes, este Tribunal ha puesto en conocimiento de las mismas las personas aspirantes afectadas por los errores detectados.
En todo caso, y para garantizar el derecho de las personas aspirantes a presentar los escritos de alegaciones pertinentes, con motivo de la causa referida, se entiende necesario ampliar el plazo otorgado inicialmente para la presentación de alegaciones, en diez días hábiles, siendo el último día de plazo a tal efecto, el día de 7 de junio del año en curso, inclusive
Validez de la Tarjeta Sanitaria Europea
En la página Web de MUGEJU se publica la siguiente nota informativa;
Recordatorio sobre la tarjeta sanitaria europea
Se recuerda a todas las personas mutualistas que, desde que se introdujeron cambios en su gestión, la nueva la tarjeta sanitaria europea (TSE) tiene un periodo de validez de dos años.
Aquellas que deseen solicitar dicha tarjeta pueden hacerlo por sede electrónica:
La TSE se envía al domicilio en un plazo aproximado de diez días. En caso de necesidad, la persona mutualista también puede solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), que se obtiene de forma inmediata a través de la sede.
15 de mayo de 2023
HUELGA: Información sobre los servicios mínimos.
Para poder garantizar esos servicios esenciales, dado que a priori se ignora cuántos trabajadores van a secundar la huelga y que éstos pueden en cualquier momento de la jornada sumarse y ejercer su derecho, la Administración tiene la obligación de designar con antelación suficiente a los trabajadores que van a integrar unos servicios mínimos que son de obligado cumplimiento.
Por estos motivos se tiene que nombrar a los funcionarios que cada día van a prestar dichos servicios esenciales, con independencia de si están secundando la huelga o no, entrando todos en un turno rotario. De lo contrario podría darse el caso de que, suponiendo que en un principio ningún funcionario de un centro de destino fuese a secundar la huelga, a mitad de la jornada decidiera todo el personal ponerse a ejercitar este derecho, quedando los servicios esenciales sin atender.
Por la mismas razones, para la celebración de vistas y juicios deben designarse como servicios mínimos a los Auxilios que deben asistir en las Salas de vista, dado que si no se hace así, el funcionario que asiste al primer juicio de la mañana, no estando designado como servicio mínimo, podría decidir ponerse en huelga a partir del segundo juicio y siguientes, por poner un ejemplo, o en cualquier otro momento, dejando sin atender los juicios que pudieran corresponder a servicios esenciales.
En estos casos, la mayoría de los Jueces y Magistrados a los que el Auxilio les comunica que está asistiendo a la Sala en calidad de servicios mínimos, están suspendiendo la celebración de los juicios que no tienen el carácter de servicios esenciales.
Del mismo modo los Gestores y Tramitadores designados para los servicios mínimos deben estar para los asuntos correspondientes a servicios esenciales y no para todos los asuntos, pues podrían dejar sin atender los que pudieran corresponder a los derechos protegidos.
En este contexto, no se puede cambiar los nombramientos de servicios esenciales con otros compañeros sin la previa comunicación y autorización de la dirección de la empresa (Gerencia), o de sus mandos intermedios que se estén encargando de realizar estas designaciones, pues el Reglamento de Régimen Disciplinario, RD 796/2005, en su art. 7.ñ) expresamente prevé como falta muy grave “el incumplimiento del deber de atender los servicios esenciales en caso de huelga”.
No obstante se podrían dejar de atender los servicios esenciales por causas de fuerza mayor, accidente, enfermedad, obligación de atender a familiares a su cargo menores de edad o mayores dependientes, siempre justificándolo debidamente y avisando de tal circunstancia, lo antes posible, al órgano que le designó en servicios mínimos.
En cuanto al horario a cumplir en servicios mínimos es el mismo que el que se viene realizando de forma ordinaria.
BOLSA DE LETRADOS A.J.: LISTADOS DEFINITIVOS DE LAS BOLSAS DE URGENCIA.
En la página del Ministerio se ha publicado los listados definitivos de las personas interesadas en formar parte de las bolsas extraordinarias provinciales de la base decimosexta de la Resolución de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia por la que se convocan bolsas de trabajo de LAJ sustitutas/os de la Administración de Justicia.
- A CORUÑA.
- ÁLAVA.
- ALICANTE.
- ALMERIA.
- ASTURIAS.
- AVILA.
- BADAJOZ.
- BALEARES.
- BARCELONA.
- BIZKAIA.
- BURGOS.
- CÁCERES.
- CADIZ.
- CASTELLON.
- CIUDAD REAL.
- CORDOBA.
- GIRONA.
- GRANADA.
- GUADALAJARA.
- GIPUZKOA
- HUELVA
- HUESCA
- JAÉN
- LAS PALMAS
- LEÓN
- LLEIDA
- LUGO
- MÁLAGA
- NAVARRA
- PALENCIA
- SALAMANCA
- SEGOVIA
- SEVILLA
- SORIA
- TARRAGONA
- TENERIFE
- TERUEL
- TOLEDO
- VALENCIA
- VALLADOLID
- ZAMORA
- ZARAGOZA
HUELGA EN JUSTICIA: EL COMITÉ DE HUELGA DENUNCIA UNA POSIBLE VULNERACIÓN DEL DERECHO DE HUELGA EN LA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPREMO.
Los hechos han sido denunciados en el juzgado de guardia y puestos por los sindicatos también en conocimiento del Secretario de Gobierno y Presidente del Tribunal Supremo, del Ministerio de Justicia y del Consejo General del Poder Judicial, exigiendo que se impidan este tipo de actuaciones y que se depuren las responsabilidades disciplinarias que puedan derivarse
En la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, el personal del cuerpo de Auxilio, que es el encargado de pasar los juicios en situación de normalidad laboral. está ejerciendo su derecho de huelga, y la persona que estaba de servicios mínimos ha cumplido estrictamente con los servicios esenciales, pero no ha atendido actuaciones que no están incluidas en dichos servicios esenciales determinados en la Resolución del Ministerio de Justicia.
El juicio celebrado el 10 de mayo correspondiente a un recurso de casación se ha celebrado finalmente sin presencia de ninguna persona del cuerpo de Auxilio Judicial y se ha llevado a cabo, por la decisión del presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y con presencia del Letrado de dicha Sala, que ha ejercido como si fuera personal del cuerpo de Auxilio guardando sala, grabando la vista y llamando a las partes.
Para el comité de huelga estas actuaciones pudieran constituir una presunta vulneración del derecho fundamental de huelga de las personas del cuerpo de Auxilio Judicial de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, por haberse realizado una sustitución ilegal de trabajadores/as en huelga.
Esquirolaje: ¿por qué sustituir a un huelguista es ilegal?
Cuando un trabajador está ejerciendo su legítimo y constitucional Derecho a la huelga, está en realidad realizando una presión legítima sobre su empleador a fin de conseguir mejoras laborales, con un valor muy digno de admirar, pues está poniendo en riesgo su salario y con ello su principal medio de subsistencia.
La sustitución de ese trabajador por la dirección, o bien por mandos intermedios, con o sin conocimiento de la empresa y con el único fin de que la actividad en general no sufra ningún retraso o menoscabo, no es otra cosa que atentar contra el Derecho constitucionalmente reconocido del trabajador huelguista.
Esta actitud burla las expectativas de ejercer con el paro la legítima presión que viene autorizada por el art. 6.5 del Real Decreto-Ley 17/77, de 4 de marzo, en relación con el art. 28.2 de la CE, estando por tanto PROHIBIDA dicha práctica por la doctrina sentada jurisprudencialmente (por ejemplo en esta sentencia que os dejamos), entre otras razones, por el hecho de estar menospreciando y menoscabando un Derecho Fundamental, dejando a un lado a nivel moral, el hecho de ningunear despreciablemente al trabajador afectado.
12 de mayo de 2023
Convocatoria concurso de méritos para plaza en la Escuela Judicial
En el BOE de hoy se publica Acuerdo de 4 de mayo de 2023, de la Comisión Permanente del CGPJ, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de personal administrativo en la Escuelas Judicial del consejo General del Poder Judicial.
Podrán tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas pertenecientes o integrados en Cuerpos o Escalas clasificados en el subgrupo «C1» y el personal funcionario de carrera perteneciente a los Cuerpos o Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes
Los funcionarios/as con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los QUINCE DÍAS HÀBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.
Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público - Convocatorias en curso -2023.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y, junto a la documentación que se indica, se presentarán en:
En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, núm. 8, 28071 Madrid).
a)
En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b)
En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402, si se dispone del correspondiente certificado electrónico.
Modificación Tribunales Oposiciones turno libre 2022
En el BOE de hoy se publica la Orden JUS/475/2023, de 25 de abril, por la que se modifica la Orden JUS/282/2023, de 10 de marzo, por la que se nombran los Tribunales Calificadores Delegados, de los procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.