30 de octubre de 2023

CONCURSO DE TRASLADOS 2023: CORRECCIÓN DE ERRORES EN EL ÁMBITO MINISTERIO Y COMUNIDAD VALENCIANA.

 En el BOE del día 30 de octubre se ha publicado sendas resoluciones con correcciones de plazas ofertadas en el concurso de traslados general  en el ámbito territorial  gestionado por el Ministerio de Justicia y en de la Comunidad Valenciana:

  • Orden JUS/1175/2023, de 19 de octubre, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/1102/2023, de 27 de septiembre, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Entre otras, en Baleares se elimina la plaza de Tramitación en Palma de Mallorca (Secretaría de Gobierno).
  • Resolución de 21 de octubre de 2023, de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de Justicia e Interior, por la que se corrigen errores en la de 27 de septiembre de 2023, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

EL MINISTERIO DE JUSTICIA DECRETA EL FIN DE LA MODALIDAD DEL TELETRABAJO.

A través de la circular de fecha 27 de octubre, la Secretaría General para la innovación y calidad del servicio público de Justicia ha decretado el fin de la modalidad del teletrabajo.

No se menciona una fecha concreta de aplicación de esta medida, si bien hace referencia a la fecha del 4 de julio de 2023 que por Orden SND/726/2023 se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y en tono imperativo se señala lo siguiente:

"Deberán acudir a cada centro de trabajo  el 100% de los efectivos del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y de los Cuerpos de Funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia y otro personal del Libro VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial en su jornada ordinaria (...)"

Concretamente la razón esgrimida por el Ministerio, para finalizar la modalidad del teletrabajo, es que al desaparecer la situación de crisis sanitaria del COVID-19, decaen todas aquellas normas (Orden JUS 504/2020 D.T Segunda Ley 3/2020) que permiten implantar y aplicar la modalidad del teletrabajo, en tanto no se apruebe su regulación específica en el ámbito de la Administración de Justicia. 

Hemos de señalar que el artículo 47 bis del EBEP, ya contempla la modalidad del teletrabajo, si bien establece que este se realizará conforme a las normas que desarrollen el propio artículo;  el propio Ministerio de Justicia argumenta que como no hay una norma que desarrolla el propio artículo y la configuración legal que permitió la implantación y realización del teletrabajo ha decaído al desaparecer la situación de crisis sanitaria, actualmente no hay nada que justifique el teletrabajo.

Pues bien, eso es una verdad a medias y es que hay que recordar que el sindicato STAJ y CCOO firmaron un acuerdo  con el Ministerio en el mes de marzo del año 2021, precisamente para dar cumplimiento al desarrollo reglamentario que se recoge en el propio artículo 47 bis.

Ese acuerdo aún está sin publicar en el Boletín Oficial del Estado, puesto que es preceptivo que tanto el Consejo General del Poder Judicial como el Consejo de Estado emitan sendos informes.

El informe del Consejo General del Poder Judicial se emitió en sentido favorable al Acuerdo.

Posteriormente, en otoño del 2021, se envió el Acuerdo al Consejo de Estado y desde ese momento está pendiente de emitir el informe.

El Acuerdo en desarrollo del artículo 47 bis que permitiría la aplicación del teletrabajo en la Administración de Justicia ya existe!!!!!, pero está paralizado en el Consejo de Estado, y sospechamos que es por injerencia del propio Ministerio de Justicia, que no ha estado muy interesado en que ese acuerdo se implante, a pesar de que fue una de las partes firmantes del mismo. No se entiende que un Acuerdo que ha sido firmado de forma pacífica por ambas partes y que ya tiene un informe previo del Consejo General, lleve paralizado dos años pendiente de un informe,  salvo que alguien esté interfiriendo para que ese informe no se emita.

El hecho es que la propia Administración empleadora ha dictado una circular (rango normativo que nos parece extraño porque  lo podía haber hecho mediante una Orden JUS, como se hizo con la Orden JUS que permitió el teletrabajo), que obliga a todos los empleados a abandonar la modalidad de teletrabajo e incorporarse en su puesto de trabajo presencial hasta que el artículo 47 bis, marco legal que permite el teletrabajo, sea desarrollado, algo que está pendiente de que ocurra desde otoño del año 2021, con el acuerdo que ya existe y al que se ha hecho referencia.

Desde STAJ nos oponemos a las formas de actuar de la Administración, que de forma sorpresiva ha eliminado la posibilidad del teletrabajo.

E instamos a que el Acuerdo firmado en su momento se publique en el BOE, en virtud del Principio "Pacta sunt servanda" y se pueda implantar la modalidad del teletrabajo.

27 de octubre de 2023

OPOSICIONES 2022: TRAMITACIÓN P. INTERNA. RELACIÓN DEFINITIVA DE APROBADOS Y OFERTA DE PLAZAS.

  

En el BOE del día 27 de octubre se ha publicado la Orden JUS/1116/2023, de 17 de octubre, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.

En el PLAZO DE VEINTE DÍAS HÁBILES, desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran en el anexo II presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales, la documentación que figura en esta Orden

Así mismo, se publica la Orden JUS/1167/2023, de 17 de octubre, por la que se publica la relación de plazas en el ámbito territorial de Península y Baleares, que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo. 

Todas las personas aspirantes para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, deberán de rellenar la solicitud por medios telemáticos, en el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, a contar desde la publicación de la presente Orden en el BOE, entrando en el Asistente de Inscripción, que aparece en la página Web del Ministerio con el nombre “G.T.A. Concurso de traslados" y el sistema les guiará en la confección de la solicitud siguiendo las instrucciones que se les irá indicando, debiendo consultar el Manual del Asistente de Inscripción Web publicado en dicha página, y si tienen alguna duda podrán escribir al correo asistenciaconcursos@mju.es  

Previamente a la entrada en el Asistente de Inscripción, deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la plataforma Cl@ve:

  •  DNI electrónico. 
  •  Certificado digital. 
  •  Cl@ve Pin 24 h. 
  •  Cl@ve permanente.

OFERTA DE PLAZAS DE OTROS ÁMBITOS TERRITORIALES:

CSIF, STAJ Y CCOO SOLICITAN AL MINISTERIO QUE POSPONGA LA REUNIÓN DEL PRÓXIMO 6 DE NOVIEMBRE SOBRE LA NEGOCIACIÓN DE NUEVOS PROCESOS SELECTIVOS.

Así se ha trasladado al Ministerio de Justicia por escrito presentado hoy mismo por registro en el que CSIF, STAJ y CCOO hemos vuelto a reiterar nuestra negativa a asistir en el caso de que se mantenga la reunión sin incluir como primer punto del orden del día la negociación de un acuerdo para poner fin al conflicto en Justicia.

Como ya manifestamos con motivo de la convocatoria de mesa del 3 de octubre para los tres sindicatos la negociación de un acuerdo que ponga fin al conflicto en Justicia es, y va a ser, prioritaria y preferente a cualquier otra negociación.

Una vez más, los tres sindicatos hemos reiterado lo que ya dijimos en el mes de julio: que el conflicto en Justicia sigue vigente a la espera de la investidura de un nuevo Gobierno al que le exigiremos que, con carácter prioritario, afronte la negociación de un acuerdo que ponga fin al conflicto de Justicia.

Para los tres sindicatos no se puede dar normalidad a la negociación colectiva mientras no se atiendan las justas reivindicaciones de los 45.000 funcionarios/as de Justicia expresadas en la plataforma reivindicativa conjunta presentada al Ministerio el pasado mes de abril.

En consecuencia, los tres sindicatos hemos vuelto a reiterar nuestra intención de no asistir mientras no se incluya en el orden del día de la reunión convocada para el día 6 de noviembre como primer punto del orden del día la negociación de un acuerdo con cobertura presupuestaria, trasladando a las organizaciones sindicales un documento propuesta del Ministerio/Gobierno sobre la base del documento que ya remitimos en su día.

Por otro lado, las tres organizaciones sindicales hemos manifestado nuestra sorpresa por las prisas con las que se pretende abordar la negociación de estas nuevas bases de oposiciones cuando todavía, tras un año y 17 días desde que realizaron el examen, los aspirantes de Gestión procesal promoción interna OEP 2019, 2020 y 2021 desconocen si han aprobado o no o cuando los procedimientos de Tramitación promoción interna OEP 2019, 2020 y 2021, Gestión y Tramitación turno libre OEP 2020, 2021 y 2022 siguen paralizados, cuando el concurso de traslados de este año sufre un retraso de más de ocho meses y cuando el concurso específico de ámbito Ministerio no se ha convocado, a pesar de lo prometido, mientras que el correspondiente concurso para LAJ se ha publicado, ayer mismo, en el BOE.

Asimismo, hemos recordado al Ministerio que, en 2022, la negociación de los procesos de estabilización, para los que también existía una fecha límite de publicación, se terminaron de negociar entrado el mes de diciembre.

Por estos motivos, no vemos la necesidad imperiosa de negociar, ahora, estas bases y, en consecuencia, alternativamente, hemos solicitado que se posponga la reunión, tal y como se hizo con la anterior convocatoria del día 3 de octubre, para cuando el Ministerio esté en condiciones de desbloquear el conflicto permitiendo, así, una negociación colectiva normal de esta importante materia.

Para finalizar hacemos un llamamiento al resto de sindicatos para que secunden esta medida, manteniendo la unidad sindical en coherencia con lo manifestado en el mes de julio por todos los sindicatos convocantes de las movilizaciones.

26 de octubre de 2023

TPA PROMOCIÓN INTERNA: PLAZAS QUE SE OFERTARÁN EN CATALUÑA


El Departament nos ha enviado  las plazas que se ofrecerán a los aprobados en la promoción interna del cuerpo de TPA. Estas plazas se publicarán el próximo viernes 27 de octubre.

Se ofrecerán todas las plazas vacantes no ocupadas por personal titular salvo las afectadas por diferentes proyectos, reordenación de efectivos de los Penales de Vilanova y la Geltrú, o aquellas reservadas a titulares.

Este criterio corresponde a la recomendación efectuada por el Ministerio de Justicia y que aplicará en su ámbito territorial.

Las plazas que no sean asignadas a los aspirantes de promoción interna serán ofertadas a las personas que hayan superado el proceso selectivo de libre acceso.

 

PLAZAS QUE SE OFERTARAN A TPA PROMOCION INTERNA

25 de octubre de 2023

OPOSICIONES 2022: PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DEL CONCURSO OPOSICIÓN. LISTADOS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.

 En el BOE del día 25 de octubre se ha publicado sendas resoluciones por las que se aprueban las relaciones provisionales de admitidos y excluidos en los procesos selectivo extraordinario de estabilización por el sistema de concurso oposición, para acceso a los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio. 

  • Orden JUS/1154/2023, de 18 de octubre, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.
  • Orden JUS/1156/2023, de 18 de octubre, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre. 
  • Orden JUS/1155/2023, de 18 de octubre, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es), en las páginas web de las Comunidades Autónomas que convoquen plazas, y en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es).

Tanto los/las aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión en dichas listas en un PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir de mañana.

OPOSICIONES 2022: ÚLTIMAS NOTICIAS SOBRE EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DEL CONCURSO OPOSICIÓN

• Inminente publicación de las relaciones provisionales de admitidos y excluidos

Tras las noticias filtradas durante el pasado fin de semana, en torno a la posible realización de todos los ejercicios de la fase de oposición, en el mismo día para los cuerpos de Gestión P.A., Tramitación P.A. y Auxilio Judicial, desde el Ministerio nos manifiestan que esa es la intención, con la idea clara de impedir que un mismo aspirante pueda presentarse a los tres Cuerpos.

El argumento dado por el Ministerio es que desde Función Pública se les ha exigido que se haga así, para con ello lograr disminuir la temporalidad en la Administración de Justicia (que es el objetivo de los procesos de estabilización), habiendo comprobado, tras un primer estudio de las solicitudes, que habría muchos aspirantes con posibilidades de superar las tres oposiciones como ha sucedido en procesos anteriores, lo que provocaría que quedasen nuevamente numerosas plazas sin cubrir.

Desde STAJ consideramos que esta solución atenta contra los intereses de los opositores y ya en la negociación de las bases propusimos alguna solución a esta cuestión, como era que se completase la lista de aprobados de cada Cuerpo con el número de plazas que quedasen sin cubrir efectivamente, en aquellos casos de aspirantes que hubieran superado las pruebas de varios cuerpos pero finalmente optasen por solo uno de ellos pasando a la excedencia en el otro u otros. El Ministerio no aceptó ninguna propuesta para solucionar este problema, optando ahora por la solución más gravosa y limitando por la vía de hecho el derecho a concurrir a todas las pruebas selectivas. De hecho, las bases de la convocatoria ya prevén esta posibilidad, a pesar de la oposición mostrada por STAJ y otros sindicatos en la negociación.

Desde STAJ hemos formulado nuestra queja por esta decisión y hemos instado al Ministerio a que abandone esta idea y señale para la realización de los ejercicios fechas distintas para cada Cuerpo.

Por lo que respecta a las fechas, aún no hay nada fijo aunque sí se está tanteando con las CCAA las posibles fechas para primeros de marzo (se habla del día 2 marzo), por supuesto son primeras intenciones y no es nada seguro ya que ni se han publicado listados provisionales ni los Tribunales, por lo que fijar un día exacto no es aceptable ante la falta de publicación mencionada.

En cuanto a la publicación de los listados provisionales de admitidos y excluidos, desde el Ministerio se nos dice que posiblemente sea mañana en el BOE de 25 de octubre o, de no ser posible, se incluya en los próximos días, durante esta semana, tal y como ya adelantamos desde STAJ en informaciones anteriores.

23 de octubre de 2023

INFORMACION SOBRE LA ACCION SOCIAL 2023

Ante las consultas reiteradas por STAJ al Ministerio de Justicia en relación a la Acción Social 2023, nos informan que aún siguen en el proceso de verificar las solicitudes, y nos comunican que próximamente sin concretar fecha saldrán los listados provisionales y se procederá al pago en el mes de diciembre.

20 de octubre de 2023

CONCURSO DE TRASLADOS 2023: MODIFICACIONES DE PLAZAS EN CATALUÑA Y GALICIA.

 En el BOE del día 20 de octubre se ha publicado sendas resoluciones por las que se modifican las plazas ofertadas en el concurso de traslados general en el ámbito de las comunidades de Cataluña y Galicia.

  • Resolución de 16 de octubre de 2023, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se modifica la de 27 de septiembre de 2023, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. 
  • Resolución de 11 de octubre de 2023, por la que se corrigen errores en la de 27 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Justicia de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se convoca concurso de traslado entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

SOLICITUD DEL PERMISO PARENTAL DE OCHO SEMANAS.

 Desde el Ministerio de Justicia nos informan que ya se puede solicitar el permiso parental de ocho semanas que se encuentra regulado en el art. 49 g) del EBEP, introducido por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio. 

La solicitud se deberá realizar a través de Ainoa. Se encuentra tanto la petición de reducción de jornada, como la petición del permiso a jornada completa.

"g) Permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años: tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan y conforme a los términos que reglamentariamente se establezcan.

Este permiso, constituye un derecho individual de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio.

Cuando las necesidades del servicio lo permitan, corresponderá a la persona progenitora, adoptante o acogedora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la Administración con una antelación de quince días y realizándose por semanas completas.

Cuando concurran en ambas personas progenitoras, adoptantes, o acogedoras, por el mismo sujeto y hecho causante, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso en los que el disfrute del permiso parental en el período solicitado altere seriamente el correcto funcionamiento de la unidad de la administración en la que ambas presten servicios, ésta podrá aplazar la concesión del permiso por un período razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute más flexible.

A efectos de lo dispuesto en este apartado, el término de madre biológica incluye también a las personas trans gestantes."
 
Os recordamos que este permiso trae causa de la Directiva UE 2019/1158 del Parlamento Europeo de 20 de junio del 2019 y se encuentra recogido en los artículos, 5, 8.3 y 20.2 de la citada Directiva.

Art.8.3: “En lo que respecta al permiso parental a que se refiere el artículo 5, apartado 2, el Estado miembro o los interlo­cutores sociales definirán dicha remuneración o prestación económica, y lo harán de manera que se facilite el que ambos progenitores puedan disfrutar el permiso parental”

Lo relativo a la remuneración o la prestación económica del permiso parental, viene recogido en el artículo 20.2, en relación con el artículo 8.3 de la Directiva, que del tenor literal dice lo siguiente:

“para la remuneración o la prestación económica correspondientes a las últimas dos semanas del permiso parental previsto en el artículo 8, apartado 3, los Estados miembros pondrán en vigor disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para cumplir la presente Directiva a más tardar el 2 de agosto de 2024. Informarán de ello inmediatamente a la Comisión.” algo que aún no se producido.

De hecho, en el artículo del BOE, que a su vez modifica el artículo 49 del EBEP, para añadir el nuevo permiso, se recoge expresamente que está pendiente del desarrollo reglamentario. Se supone que en un futuro sí que será retribuido, que será cuando se desarrolle por reglamento, tal como se señala en la propia Directiva y en el art. 49 del EBEP.

Por lo tanto, a fecha de hoy y así confirmado por el departamento de habilitación de la Gerencia el permiso no es retribuido, puesto que el Reglamento está sin desarrollar y la Directiva da de plazo hasta el 2 de agosto del 2024; lo será en un futuro.

No obstante, el permiso está en vigor, ya se puede hacer uso de él, tal como se recoge en el art. 49.g) del EBEP.