En el BOE del día 20 de diciembre se ha publicado el nombramiento como
funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la
promoción interna al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, convocada
por
Orden
JUS/242/2022, de 24 de marzo.
- Orden
PJC/1353/2023, de 27 de noviembre por la que se nombran
funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los
aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden
JUS/242/2022, de 24 de marzo, turno de promoción interna
- Orden
PJC/1354/2023, de 27 de noviembre del Ministerio de Justicia por
la que se otorgan destinos en el ámbito territorial no transferido a
los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, que
superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/242/2022 de 24
de marzo.
El plazo de toma de posesión es de 20 DÍAS HÁBILES a
contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que opten
por permanecer en el cuerpo de Auxilio Judicial, no será
necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado,
bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días hábiles),
comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano
competente de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a
los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506
d) de L.O.P.J.
En el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo
de Tramitación P.A. y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus
servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la Gerencia
Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de
Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay
cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo
aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en
cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos días
se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará
durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso,
dentro del plazo posesorio.
En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de
otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el
traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos
órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia
voluntaria en el Cuerpo de Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha
del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de
Tramitación P.A., al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus
haberes.
PERMISO R.D. 364/95
El personal funcionario que opte por permanecer en el nuevo puesto del
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, tendrá derecho, a partir de la
toma de posesión, al permiso retribuido que establece la disposición
adicional 5ª del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo; son tres
días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de
un mes si lo comporta, del que se deducirían los días que se hubiesen
solicitado para evitar el vacío de continuidad (uno, dos o tres días).
PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:
Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación P.A. a los que se otorga
destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados
para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran
dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se
estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo
523.3 de la LOPJ.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han
sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en
que se produzca la toma de posesión del titular.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las
competencias transferidas son las siguientes: