En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado rectificación de notas de la prueba de conocimiento de valenciano del turno libre para acceso al cuerpo de Gestión P.A., convocado por Orden PJC/64/2024.
11 de junio de 2025
10 de junio de 2025
OPOSICIONES 2025: GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL TURNO LIBRE. RELACIÓN PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS, TRIBUNALES Y FECHA REALIZACIÓN EJERCICIO.
En el BOE del día 10 de junio se ha publicado la Orden PJC/596/2025, de 2 de junio, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se publican los Tribunales calificadores únicos y Tribunales delegados y se fija fecha para la realización del ejercicio de la fase de oposición en los procesos selectivos para acceso por turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocados por Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre.
Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (https:// www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico). En todo caso, las personas aspirantes deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de excluidas sino, también, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidas.
La fecha para la celebración de los ejercicios de la fase de oposición será el 27 de septiembre de 2025.
Los tres procesos selectivos se harán el mismo día y comenzarán a la misma hora, además podrán ser coincidentes en el tiempo, en cualquiera de sus fases, entre si o con cualesquiera otros procesos selectivos.
Todos los ejercicios tendrán lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, uno a continuación de otro. Los lugares concretos de celebración de los ejercicios de la fase de oposición se publicarán en la resolución por la que se aprueba las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, en la que se convocará a las personas admitidas en llamamiento único para la celebración del ejercicio.
HORARIO DE VERANO Y DISFRUTE DE VACACIONES.
Os recordamos que según lo dispuesto en la Orden JUS/2538/2013 de 27 de diciembre, en su artículo segundo, punto 6, se indica lo siguiente:
"6. Jornada de verano.–Durante el periodo
comprendido entre el 16 de junio y 15 de septiembre, ambos inclusive,
se establece una jornada intensiva en los términos siguientes, teniendo en
cuenta que, en cualquier caso habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo
135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, con respecto a
la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia
de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las quince
horas:
a) Personal con jornada ordinaria solo de mañana: treinta y dos
horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes entre las
ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia de lunes a viernes
entre las nueve y las catorce treinta horas.
b) Personal destinado en el Registro Civil Central, Unidades de
Atención al Público: treinta y dos horas y treinta minutos semanales a
desarrollar de lunes a viernes, de tal modo que quede garantizada la apertura
al público de lunes a viernes en horario de ocho a quince horas.
c) Personal que ocupe puestos de libre designación, singularizados:
realizarán treinta y cinco horas de trabajo semanales en las siguientes franjas
horarias:
De lunes a viernes, entre las ocho y las quince treinta horas, con
obligada presencia entre las nueve y las catorce treinta horas.
Una tarde a la semana con obligada presencia de dos horas y media
al menos."
Igualmente, en el artículo segundo, punto 7 de la Orden
JUS/2538/2013 de 27 de diciembre, se indica lo siguiente sobre
el disfrute de las vacaciones:
"7. Vacaciones y permisos.
a) Cada año natural las vacaciones retribuidas tendrán una
duración de 22 días hábiles anuales por año completo de servicios, o de
los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el
año fue menor. A estos efectos los sábados se considerarán inhábiles,
sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios
especiales.
b) En ningún caso, la distribución anual de la jornada puede alterar
el número de días de vacaciones o de fiestas laborales de carácter retribuido y
no recuperable.
c) Las vacaciones se disfrutarán, previa autorización y siempre que
resulte compatible con las necesidades del servicio, dentro del año
natural y hasta el 31 de enero del año siguiente, en periodos mínimos de 5 días
hábiles consecutivos.
Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del
servicio lo permitan, de los días de vacaciones previstos en esta Orden se
podrá solicitar el disfrute independiente de hasta 7 días hábiles por año
natural.***
d) Al menos, la mitad de las vacaciones deberán ser
disfrutadas entre los días 1 de junio y el 30 de septiembre, salvo
que, en atención a la naturaleza particular de los servicios prestados, la
Gerencia Territorial correspondiente autorice de forma excepcional otros
periodos.
e) Cuando el período de vacaciones previamente fijado o autorizado,
y cuyo disfrute no se haya iniciado, pueda coincidir en el tiempo con una situación
de incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia, riesgo durante el
embarazo o con los permisos de maternidad o paternidad o permiso acumulado de
lactancia, se podrá disfrutar en fecha distinta.
Cuando las situaciones o permisos indicados en el párrafo
anterior impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año
natural al que correspondan, las mismas se podrán disfrutar en año
natural distinto. En el supuesto de incapacidad temporal, el periodo de
vacaciones se podrá disfrutar una vez haya finalizado dicha incapacidad y
siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del
año en que se hayan originado.
Si durante el disfrute del período de vacaciones autorizado,
sobreviniera el permiso de maternidad o paternidad, o una situación de
incapacidad temporal, el período de vacaciones quedará interrumpido pudiendo
disfrutarse el tiempo que reste en un período distinto. En el caso de que la
duración de los citados permisos o de dicha situación impida el disfrute de las
vacaciones dentro del año natural al que correspondan, las mismas se podrán
disfrutar en el año natural posterior. (...)
***Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los días por asuntos particulares así como, en su caso, los días de permiso previstos en el apartado siguiente, podrán acumularse a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente ( 7 días)"
OPOSICIONES 2024: LETRADOS TURNO LIBRE. CUESTIONARIO DEL TERCER EXAMEN.
En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el cuestionario de preguntas del tercer ejercicio del turno libre para acceso al cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/215/2024.
CONCURSO DE MÉRITOS CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL: GERENCIA DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.
En el BOE del día 9 de junio se ha publicado el Acuerdo de 2 de junio de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Gerencia del Consejo General del Poder Judicial.
Podrán tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de las Administraciones Públicas pertenecientes a las agrupaciones profesionales a que se refiere la disposición transitoria tercera del Real Decreto Legislativo 5/2015 y el personal funcionario de carrera perteneciente al cuerpo o escala de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
Los funcionarios/as con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
El plazo para la presentación de solicitudes será dentro de los QUINCE DÍAS HÀBILES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE.
Las solicitudes para tomar parte en el concurso se ajustarán al modelo que está disponible en la página www.poderjudicial.es «Empleo Público - Convocatorias en curso -2025.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas e impresas, se dirigirán a la Secretaría General del Consejo General del Poder Judicial y, junto a la documentación que se indica, se presentarán en:
a) En el Registro General del propio Consejo (Marqués de la Ensenada, núm. 8, 28071 Madrid).
b) En los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) En la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402, si se dispone del correspondiente certificado electrónico.
6 de junio de 2025
TRIBUNAL DE INSTANCIA SECCIONES DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER: AUMENTO DOTACIÓN PLANTILLA MAGISTRADOS.
Tal como se informó el pasado 7 de abril, en el BOE del día 4 de junio se ha publicado el Real Decreto 422/2025, de 3 de junio, por el que se dotan nuevas plazas de Magistrados en Secciones de Violencia sobre la Mujer, se crean Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, y se amplía y modifica la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal y concretamente en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se crean las siguientes plazas de Magistrados:
· Plaza número 3 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Murcia.
· Plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Cartagena.
También se incrementa la dotación de fiscales, concretamente:
· Una plaza de segunda categoría en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
· Una plaza de segunda categoría en la Fiscalía de Área de Cartagena.
La fecha de efectos del inicio de actividad de las nuevas plazas de Secciones de Violencia sobre la Mujer a que se refiere el artículo 3 del presente real decreto será el 31 de diciembre de 2025, a excepción de las nuevas plazas de las Secciones de Violencia sobre la Mujer de los Tribunales de Instancia de Ayamonte, Llíria, Vila-real, Arganda del Rey, Arona, Marbella, L´Hospitalet de Llobregat y Manacor, que iniciarán su actividad el 3 de octubre de 2025.
De momento no tenemos conocimiento que este aumento de plantilla de Magistrados y Fiscales también lleve aparejado un aumento de la plantilla de los Cuerpos Generales, por lo que nos tememos que el Ministerio de Justicia va a aumentar las plantillas de Jueces, Magistrados y Fiscales para cumplir con los objetivos y compromisos de Europa sin aumento de la plantilla de funcionarios.
Todo ello sin perjuicio de que la dinámica de trabajo futura y la realidad obligue a crear plazas de los Cuerpos Generales en los distintos servicios comunes (Principio de realidad, porque sobre el papel todo funciona pero la realidad puede ser otra bien distinta), con la característica de VIO su RPT.
4 de junio de 2025
CONCURSO DE TRASLADOS 2024 CUERPOS GENERALES: CONFIRMACIÓN DE FECHAS.
Se confirman las siguientes fechas:
Fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado: 17-6-2025
Fecha de cese del personal funcionaria de Tramitación PA: 20-6-2025
Fecha de cese del personal de Gestión PA y Auxilio Judicial: 24-6-2025
BOLSA EXTRAORDINARIA DE LETRADOS A.J. SUSTITUTOS: CONVOCATORIA EN BURGOS.
En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el acuerdo de la Secretaria de Gobierno de Castilla y León en el que se indica que las personas interesadas en los llamamientos regulados en el apartado tercero de la Resolución de 22 de enero de 2024, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se aprueban las listas definitivas de personas seleccionadas para constituir las bolsas de trabajo de Letrados sustitutos de la Administración de Justicia, deberán presentar su solicitud ante la Secretaría de Coordinación de Burgos.
Las solicitudes de los posibles interesados y de la documentación acreditativa de los méritos alegados, deberá presentarse en el PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES desde la publicación (30 de mayo) en la oficina de la Secretaría de Coordinación Provincial de Burgos en cualquiera de las formas permitidas legalmente.
TRIBUNALES DE INSTANCIA FASE 1ª ACOPLAMIENTO: OFERTA DE PUESTOS GENÉRICOS REORDENACIÓN DE EFECTIVOS.
En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la Resolución por la que se ofertan puestos de trabajo genéricos en la fase de reordenación de efectivos, dentro del proceso de acoplamiento de la Fase I que se realiza con motivo de la implantación de las nuevas Oficinas Judiciales y Oficinas Generales de Registro Civil de los Tribunales de Instancia.
Solamente podrán participar los funcionarios de carrera de los Cuerpos Gestión Procesal y Administrativa y de Tramitación Procesal y Administrativa en situación de servicio activo o con reserva de su puesto de trabajo, con destino definitivo en los órganos judiciales de las localidades que se indican en los anexos.
No podrán participar los funcionarios que hayan obtenido puesto de trabajo en el concurso específico convocado por Orden PJC/245/2025, de 11 de marzo, ni los funcionarios los confirmados en las relaciones publicadas en la página web del Ministerio con fecha 2 de junio de 2025.
Las solicitudes para tomar parte en este proceso de acoplamiento, dirigidas a la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia y ajustadas al modelo que como Anexo V se acompaña, se presentarán del 4 al 6 de junio de 2025, ambos inclusive, al siguiente correo electrónico: medios.personales@mjusticia.es, estableciendo en el asunto “REORDENACIÓN EFECTIVOS FASE I”.
- Anexo I Oferta CASTILLA LA MANCHA
- Anexo II Oferta CASTILLA Y LEÓN
- Anexo III Oferta EXTREMADURA
- Anexo IV Oferta MURCIA
- Anexo V MODELO DE SOLICITUD
3 de junio de 2025
CONCURSO DE TRASLADOS 2024 CUERPOS GENERALES. ÚLTIMA INFORMACIÓN.
Desde las Direcciones Generales de Justicia de Galicia y Madrid ( Comunidades Autónomas con la competencia de Justicia transferida) nos han informado que les han trasladado desde el Ministerio de Justicia que los supuestos errores masivos no existían y que realmente son pocos errores puntuales.
Se trata de solo 7 errores a nivel nacional detectados por el momento, es posible que haya más.
En breve se publicarán las nuevas listas con los errores subsanados.
El Ministerio les ha trasladado que pretenden mantener la fecha inicialmente prevista de publicación en el BOE de la resolución del concurso para el día 17 de junio.
Recordad que las fechas eran las siguientes:
Fecha de publicación en el BOE.- 17-06-2025
Fecha de cese de Tramitación.- 20-06-2025
Fecha de cese de Gestión y Auxilio.- 24-06-2025
Indican que, en caso de que no pudieran mantener las fechas inicialmente previstas, se retrasaría la resolución del concurso una semana.
Como siempre, esta información que traslada el Ministerio de Justicia, hay que tomarla con la debida cautela.
Por parte del Ministerio de Justicia no se ha producido aún ninguna información al respecto.