En el
siguiente enlace podéis consultar la convocatoria para la lectura del segundo
ejercicio realizado el 15 de febrero de 2014 del proceso selectivo para GPA
promoción interna para la semana próxima del 31
de marzo al 4 de abril
27 de marzo de 2014
GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA 2013 Turno Libre: APROBADOS PRIMER EJERCICIO
El Ministerio de Justicia ha publicado el
Acuerdo de 25 de marzo de 2014, del Tribunal Calificador Único, acceso libre,
por el que se hacen públicas las listas de aprobados del primer ejercicio y se
convoca para la realización del segundo.
26 de marzo de 2014
CONCURSO DE TRASLADOS 2013: NOTA INFORMATIVA
Hemos
tenido conocimiento que como
consecuencia de la resolución del anterior concurso de traslados, los
compañeros que se les concedió destino con cambio de Comunidad Autónoma en el
mismo y se encuentran
incluidos en el régimen general de la
Seguridad Social (por
ingresar después del 1 de enero del 2011), no
se les cotizó los días a los que tenían derecho por traslado, aunque
posteriormente, en algunos casos, la
Comunidad Autónoma de
origen, les regularizó de oficio esta situación.
A todos
aquellos que habéis obtenido destino en el anterior concurso de traslados y
estéis incluidos en el régimen general de la
Seguridad Social, os
aconsejamos que solicitéis vuestra vida laboral en la TGSS para comprobar que esos días sí están
cotizados y en caso de que no sea así, podáis presentar la oportuna reclamación.
Os
facilitamos un enlace a la página de la
Seguridad Social para
que podáis solicitar vuestra vida laboral, sin necesidad de desplazarse hasta
cualquiera de sus oficinas.
LOS CONTRIBUYENTES PODRÁN SOLICITAR EL BORRADOR DE IRPF A PARTIR DEL 1 DE ABRIL
La Agencia
Estatal de Administración Tributaria pondrá a
disposición de los contribuyentes el borrador o los datos fiscales de la
declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) desde el
1 de abril de este año a través de su sede
electrónica, a la que se puede acceder a través del portal de la Agencia en
internet (www.agenciatributaria.es).
Para
obtener el número de referencia que les permita acceder a su borrador o datos
fiscales, deberán comunicar su número
de identificación fiscal, el importe de
la casilla 620 de la declaración del año 2012 y el número de móvil en el que desean
recibir por SMS el número de referencia.
Como
novedad, los contribuyentes además de poder presentar la declaración usando su firma electrónica avanzada, podrán utilizar también un nuevo sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario, que les servirá tanto
para acceder directamente a su borrador o datos fiscales a través de la página web como para pagar si la declaración les sale a ingresar.
Además, la
Agencia Tributaria remitirá
por correo ordinario el borrador o datos fiscales a los contribuyentes que
hubieran solicitado expresamente el envío por correo en la declaración del año
anterior, siempre que no se hubieran obtenido con anterioridad por cualquiera
de los medios telemáticos anteriores.
La
declaración de la renta del año 2013 se podrá presentar entre el 23 de abril y
el 30 de junio de 2014 si se presenta por vía electrónica, ambos días
incluidos. Si se efectúa por cualquier otro medio se podrá presentar entre el
día 5 de mayo y el 30 de junio.
El plazo
de presentación de las declaraciones del Impuesto de Patrimonio será el
comprendido entre el 23 de abril y el 30 de junio de 2014
sin perjuicio del plazo específicamente establecido para la domiciliación
bancaria del pago de las deudas tributarias.
Quiénes
tienen que declarar?
En cuanto
a los obligados a declarar, se mantiene en 22.000 euros los rendimientos íntegros de los
contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la renta
cuando procedan de un sólo pagador (si tienen más de un pagador la suma de las
cantidades percibidas del segundo y restantes no puede superar los 1.500
euros), y en 11.200 euros la renta máxima anual que exime de esta obligación a
los contribuyentes que tienen más de un pagador y siempre que la suma del
segundo o de los restantes pagadores sea superior a 1.500 euros.
Sí
están obligados a declarar aquellos contribuyentes que aún teniendo rentas del
trabajo inferiores a los 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por
inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición
internacional, así como reducciones en la base imponible por aportaciones a
planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión
asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
21 de marzo de 2014
TASAS JUDICIALES: EL TRIBUNAL SUPREMO VETA LAS TASAS JUDICIALES EN LOS RECURSOS DE REVISIÓN.
Para
el Tribunal Supremo los recursos de revisión no deben incluirse entre los
denominados procesos declarativos, dada su naturaleza extraordinaria y
excepcional.
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal
Supremo ha establecido de forma unánime la improcedencia de la tasa judicial
que se exige para interponer demandas de revisión de sentencias firmes. Se trata de
un recurso que sólo cabe ante el Tribunal Supremo, en el que se solicita la
revisión de un procedimiento por aparecer hechos nuevos que no han podido ser
tenidos en cuenta en resoluciones anteriores.
La decisión del
Supremo tiene fecha del pasado 4 de marzo y en ella, recuerda que la vigente
Ley de Tasas configura como hecho imponible la interposición de demandas en
toda clase de procesos declarativos -los que resuelven definitivamente un
litigio-, lo que a primera vista parece que podría afectar a los procedimientos
para la revisión de sentencias firmes.
Para el Supremo, sin embargo, los recursos de revisión no deben incluirse entre los denominados declarativos dada su naturaleza extraordinaria y excepcional y, en consecuencia, la tasa no resulta exigible para estos supuestos.
Además, el Supremo tiene en cuenta que las
tasas creadas por el Departamento de Alberto Ruiz-Gallardón son un tributo, y
ello determina que se siga con ellas «un criterio de
interpretación restrictiva», tal
como señala el art. 14 de la Ley General Tributaria, cuando
señala que "no se
admitirá la analogía para extender
más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible".
20 de marzo de 2014
Gestión Promoción Interna 2013: convocatoria 2º ejercicio semana del 24-28 marzo
El Ministerio de Justicia se ha publicado en su web la
convocatoria para la lectura del 2º ejercicio del proceso selectivo para acceso
al Cuerpo de GPA P.I. 2013, en la semana del 24
a. 28 de marzo
Convocatoria
para la lectura del segundo ejercicio del 24 al 28 de marzo.
GPA TURNO LIBRE 2013: nota de corte
El Ministerio ha publicado en su web el
Acuerdo de 18 de marzo del Tribunal Calificador Único, turno libre, por el que
se establece la puntuación mínima para superar el primer ejercicio, en todos
los ámbitos territoriales.
Se establece que la puntuación mínima para superar el
primer ejercicio en todos los ámbitos territoriales para el sistema de acceso
general, es SESENTA Y CUATRO PUNTOS, y para el turno de reserva para personas
con discapacidad de CINCUENTA PUNTOS.
Privatización del Registro Civil: Reunión de STAJ con el Grupo Parlamentario Popular
En la
tarde de ayer STAJ y los otros tres sindicatos
representativos de Justicia de ámbito nacional (CSIF, UGT y CCOO) mantuvimos
reunión con el Grupo Parlamentario Popular, dentro de la ronda de contactos que
los cuatro sindicatos estamos manteniendo con los diferentes grupos
parlamentarios.
STAJ trasladó a los representantes populares nuestra rotunda
oposición a que el Registro Civil pase a manos de los Registradores de la
propiedad, en lo que sería una privatización de un servicio que ha venido
siendo público y gratuito desde su creación, con el consiguiente riesgo para la
privacidad de datos sensibles de los ciudadanos. STAJ puso de manifiesto que la única
garantía de confidencialidad de todos los datos que acceden al Registro Civil
es que continúe siendo gestionado por funcionarios al servicio de la Administración de
Justicia.
En este
sentido, STAJ ha trasladado al Grupo Popular nuestra
propuesta de que el Registro Civil, aun desjudicializándose, sea
gestionado enteramente por funcionarios de Justicia,
pertenecientes a los Cuerpos de Secretarios judiciales, Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, como
funcionarios profesionales altamente cualificados en la materia y en la
atención al público especializada que requiere un servicio como el Registro
Civil, y por tanto, continúe siendo un servicio de la Administración de
Justicia aun sin
estar servido por jueces.
Los
representantes populares tomaron nota de nuestras propuestas, que encontraron
muy interesante, y ofrecieron su compromiso de estudiarlas y trasladarlas al
Ministro de Justicia en los próximos días.
Por otra
parte, STAJ ha vuelto a presentar escrito ante el
Ministerio de Justicia reiterando nuestra propuesta de que el Registro Civil
continúe siendo un servicio y un centro de destino de la Administración de
Justicia, servido exclusivamente por funcionarios de Justicia.
SOBRE LA EXTENSIÓN EFECTOS DE LA SENTENCIA DEL JUZGADO CONTENCIOSO nº 1 DE GIRONA RECONOCIENDO EL DERECHO AL COBRO ÍNTEGRO DE LA PAGA EXTRA DE 2012
STAJ gestionará para sus afiliados la extensión de la sentencia
dictada en el Procedimiento
Abreviado: 417/2013por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de
Girona, por la que se reconoce a un grupo de funcionarios el derecho a percibir
la paga extra de diciembre de 2012 que nos fue sustraída a todos.
Los
requisitos para la extensión de sentencia son los establecidos en la Ley de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa :
a) Que los interesados se encuentren en idéntica situación
jurídica que los favorecidos por el fallo.
b) Que el juez o tribunal sentenciador fuera también
competente, por razón del territorio, para conocer de sus pretensiones de
reconocimiento de dicha situación individualizada.
c) Que soliciten la extensión de los efectos de la sentencia
en el plazo de un año desde la última notificación de esta a quienes fueron
parte en el proceso. Si se hubiere interpuesto recurso en interés de la ley o
de revisión, este plazo se contará desde la última notificación de la
resolución que ponga fin a éste.
En
principio, dados estos requisitos, la extensión de sentencia podrán solicitarla todos los
funcionarios de Justicia que hayan prestado servicios entre 1 DE JUNIO y
30 DE NOVIEMBRE de 2012 en la provincia de GIRONA. Ni que decir tiene que no
es necesario estar afiliado a ningún sindicato, cualquiera puede hacer su
solicitud individualmente.
STAJ se encargará de la gestión de las solicitudes de sus
afiliados para que no tenga ningún coste para ellos, poniendo el abogado
que es necesario para ello.
Si
alguien no afiliado está interesado, puede contactar con nosotros para
informaros y ayudaros en la gestión de la solicitud.
TODOS LOS INTERESADOS DEBERÉIS PONEROS EN CONTACTO CON NUESTRO
LOCAL SINDICAL EN GIRONA EN HORARIO DE MAÑANA, teléfono 972 942 516; 93 332 51
40 ó con cualquiera de nuestros delegados en Girona o Barcelona
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