23 de junio de 2014

CONCURSO TRASLADOS: CORRECCIÓN DE ERRORES

ÁMBITO MINISTERIO:
En el BOE de 23 de junio se ha publicado la Orden JUS/1063/2014, de 2 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/808/2014, de 29 de abril, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.


ANDALUCIA:
Resolución de 2 de junio de 2014, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se corrigen errores en la de 29 de abril de 2014, por la que se convoca a concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.


COMUNITAT VALENCIANA
Resolución de 2 de junio de 2014, de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de Gobernación y Justicia, por la que se corrigen errores en la de 29 de abril de 2014, por la que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

PDF (BOE-A-2014-6561 - 1 pág. - 144 KB)

17 de junio de 2014

MODIFICACIÓN AYUDAS MUGEJU PUBLICADAS EN BOE

En el BOE de 17 de junio se han publicado la Resolución de 3 de junio de 2014, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 26 de diciembre de 2012, por la que se establecen los criterios de concesión de las ayudas del Fondo de Asistencia Social y la Resolución de 3 de junio de 2014, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 27 de diciembre de 2013, por la que se convoca la concesión de ayudas del programa del plan de atención socio-sanitaria.

PDF (BOE-A-2014-6400 - 1 pág. - 136 KB)

HORARIO DE VERANO.

Tal como se establece en el Punto 6 sobre Jornada de verano de la Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia; 

Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva en los términos siguientes, teniendo en cuenta que, en cualquier caso habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, con respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las quince horas:

a) Personal con jornada ordinaria solo de mañana: treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes entre las ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia de lunes a viernes entre las nueve y las catorce treinta horas. 

b) Personal destinado en el Registro Civil Central, Unidades de Atención al Público: 
Treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes, de tal modo que quede garantizada la apertura al público de lunes a viernes en horario de ocho a quince horas. 

c) Personal que ocupe puestos de libre designación, singularizados: realizarán treinta y cinco horas de trabajo semanales en las siguientes franjas horarias:

De lunes a viernes, entre las ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia entre las nueve y las catorce treinta horas. 
Una tarde a la semana con obligada presencia de dos horas y media al menos.

ACCIÓN SOCIAL 2014. LISTADOS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.

Con fecha 16 de junio de 2014 se publican los dos listados provisionales, uno de solicitantes con documentación incompleta y/o excluidos, y otro de solicitantes admitidos provisionalmente, conforme al Plan de Acción Social 2014 que contiene las bases generales y específicas por las que se regula la convocatoria general de ayudas.

Dispondrán de 10 días hábiles para subsanar las deficiencias puestas de manifiesto, que van del 16 al 26 de junio, ambos inclusive.

 Las reclamaciones y/o subsanaciones deberán hacerse mediante escrito dirigido a:

 Subdirección  General  de  Medios  Personales  al  Servicio  de  la Administración de Justicia. 
Acción Social de la Administración de Justicia
 
C/ San Bernardo Nº 21 - Segunda Planta - Despacho 232
28015 – MADRID

10 de junio de 2014

EL GOBIERNO DEVUELVE 1.300 MILLONES DE LA AYUDA A LABANCA...Y LA PAGA EXTRA, QUÉ?

El Gobierno comienza a devolver los más de 41000 millones de euros que la Comisión Europea prestó a España en verano del 2012 para sanear a las entidades financieras.

Aquel préstamo vino acompañado, aunque se dijo lo contrario, de medidas para “corregir el déficit excesivo y de reformas con el objetivo de corregir los desequilibrios estructurales de la economía”, en palabras de la propia comisión europea. Esto fue el día 9 de junio.

Un mes después, el 13 de julio, se publicó el R.D. 20/2012 que supuso, entre otras medidas, la eliminación de la paga extra de Navidad. La eliminación de la paga, y el resto de las medidas, se debió “a la coyuntura económica y la necesidad de reducir el déficit público con objeto de contribuir a la consecución del inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria, derivado del marco constitucional y de la Unión Europea”, tal como señala la exposición de motivos del propio R.D. en su apartado II. En ese mismo R.D., en el art. 2.4, se señala que la paga se devolvería en el año 2015, en aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguros colectivos.

Hubo una relación directa entre el dinero recibido para el saneamiento de las entidades y el R.D. de los recortes. Todo esto es historia pasada, pero no olvidada, y ya lo sabemos.
Conviene recordar también, que en varias ocasiones el Ministro de Hacienda Sr. Montoro, ha dicho que esa paga extra se devolverá a los funcionarios; la última vez que lo dijo fue en la sesión de control al gobierno el pasado 13 de mayo, cuando dijo que devolverá la paga extra a los funcionarios “cuando las condiciones económico-presupuestarias lo vayan permitiendo” o “cuando así lo permitan los objetivos presupuestarios". 

Sentencia del TS sobre nota de corte después de ser anuladas preguntas en examen de oposiciones.

Adjuntamos una interesante sentencia del T.S de abril de este año 2014 en la que se da la razón a un opositor en su Recurso de Casación, contra una sentencia del TSJ de Madrid.
El opositor se presentó a las oposiciones del año 2011 en el Cuerpo de Tramitación. En ese año se anularon 3 preguntas del examen.

El Tribunal calificador único, al anular 3 preguntas, consideró que la nota máxima debía ser 97 puntos. El opositor consideró que no, que a pesar de que se anularon 3 preguntas, la nota máxima debía ser 100 puntos, tal como señalan las bases de la convocatoria.

En la sentencia de instancia, del TSJ de Madrid, se dijo que ambas soluciones, la de bajar la nota máxima a 97 puntos, y la de mantener la nota en 100 puntos, haciendo un nuevo prorrateo sobre 97 preguntas, que era lo que pedía el recurrente, eran correctas porque las bases nada decían al respecto y que debía darse alguna solución al problema surgido, por lo que el Tribunal calificador único optó por la primera (potestad discreccional de la Admón. a la hora de resolver), y en consecuencia el TSJ de Madrid desestimó el recurso.

El opositor recurrió en Casación y el T.S considera que el opositor tiene razón, y que hay que tomar en consideración las 97 preguntas válidas y ajustar esas 97 preguntas a las reglas de puntuación que se establecen en la convocatoria en la escala de 0 a 100.

Es decir, 97 preguntas bien, no equivalen a 97 puntos, sino a 100 puntos, porque las Bases de la convocatoria dicen que se puntuará sobre 100 puntos. Las bases admiten que se puedan anular preguntas, pero no dicen que se haya de bajar la escala entre 0 a 100 puntos.

En consecuencia, el opositor con las 97 preguntas y contando sobre 100 puntos, sí que superó el primer corte (después de anular 3 preguntas, si se sigue contando sobre 100 puntos, cada pregunta vale más).

La sentencia del TS, reconoce el derecho del recurrente a que se le tenga por superada el primer ejercicio, y a realizar los siguientes ejercicios, y si los supera todos, en el caso de que sumando todos los puntos, iguale o supere al del último aspirante, que obtuvo plaza, se le reconoce el derecho a ser funcionario de carrera.



El Gobierno dará "voz y voto" a las comunidades autónomas para tramitar la Ley de Planta Judicial

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado que las comunidades autónomas tendrán "voz y voto", aunque no tengan transferidas las competencias de Justicia, en la tramitación de la nueva Ley de Demarcación y Planta Judicial. 

El ministro se ha mostrado dispuesto, además, a negociar con el PSOE para abordar "cualquier condicionante" de la ley de demarcación y planta que tenga que ser informado por las comunidades autónomas.

Gallardón ha afirmado que la Ley de Demarcación y Planta Judicial se tramitará una vez finalizada la correspondiente a la LOPJ, ahora en fase de anteproyecto. El ministro de Justicia ha anunciado que "subsistirán todas y cada una" de las sedes judiciales que actualmente existen en España, "sin excepción", y que "no se cerrará un juzgado de primera instancia en una capital de provincia", pero "tampoco en ningún partido judicial de España, sin excepción".

Gallardón ha indicado que, en "muy pocas semanas", tanto el CGPJ como el Consejo Fiscal remitirán sus informes preceptivos sobre el anteproyecto de la Ley Orgánica del Poder Judicial, momento a partir del cual el Gobierno iniciará la tramitación parlamentaria, que espera contar con el "mismo consenso" que reformas anteriores, como la del CGPJ.


5 de junio de 2014

Oposición Gestión 2013, P. Interna: Criterio para la valoración de méritos

En la página Web del Ministerio se publica el acuerdo del Tribunal Calificador de la oposición de Gestión Procesal, turno de promoción interna, por el que se hacen públicos los criterios que se seguirán para la valoración de los méritos en la fase de concurso. 


http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/1292427027786?blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-isposition&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DAcuerdo_de_4_de_junio.pdf 

3 de junio de 2014

NOMBRAMIENTOS INTERINOS A FECHA 01-06-2014

A continuación disponéis de los nombramientos producidos en las bolsas de interinos de la Administración de Justicia de Murcia, a fecha 01-06-2014, conforme a los datos facilitados por la Gerencia.

2 de junio de 2014

Justicia aplaza la ley del Registro Civil al no encontrar quien asuma la gestión

El Gobierno provoca un embrollo legislativo al retrasar la aplicación de una norma de 2011.
En julio de 2011, todos los grupos políticos, a propuesta del PSOE, se pusieron de acuerdo para aprobar una ley que ordenaba delegar ese trabajo puramente administrativo en “funcionarios públicos distintos de aquellos que integran el poder judicial del Estado”, para que los jueces pudieran concentrarse en lo esencial: juzgar. La ley no especificaba en qué cuerpo de “funcionarios públicos” se delegaría; previendo que la transición sería compleja, el Congreso estableció una vacatio legis: un plazo de entrada en vigor, de tres años. El traspaso de los registros debía estar en funcionamiento, por tanto, el 22 de julio de 2014. Dentro de dos meses.
El Ministerio de Justicia, dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón, no ha logrado llegar a un acuerdo con ningún cuerpo de funcionarios para ejecutar el traspaso. Lo intentó con los registradores de la propiedad —lo que provocó una intensa polémica porque algunos sindicatos y asociaciones judiciales vieron ahí un paso hacia la privatización—, pero finalmente ha desistido. Por eso en este momento es imposible que la ley de 2011 entre en vigor pero, a la vez, se cumple el plazo establecido en la norma. Se produciría así a partir del 22 de julio una extraña situación, con una ley inaplicable aunque formalmente en funcionamiento. Los jueces seguirían al frente de las oficinas del Registro sin tener jurídicamente competencia para ello.
                        
Y en tres años no se ha conseguido. El ministerio anunció primero que delegaría el Registro Civil en los registradores de la propiedad, a pesar de que su función a priori no tiene nada que ver. Alegó que los registradores son un tipo especial de “funcionario público” (dependen del Gobierno y acceden por oposición, aunque no cobran una nómina sino aranceles a sus clientes), y rechazó las acusaciones de privatización asegurando que todos los trámites seguirían siendo gratuitos. Eso bloqueó la negociación con el Colegio de Registradores, negociación que finalmente se rompió hace dos meses. Gallardón anunció entonces que no renunciaba a desjudicializar el Registro Civil (entre otras cosas, porque la ley de 2011 le obliga), y que la solución pasaría por delegarlo en "funcionarios de distintos cuerpos". Aún no se sabe cuáles serán, ni cuándo.

Uno o dos años de prórroga 

Fuentes del ministerio garantizan que, aunque eso ocurra, los trámites que los ciudadanos realizan en el registro a diario —algunos obligatorios, como la inscripción de nacimientos y defunciones— seguirán realizándose. Pero admiten que hay que evitar llegar a esa situación de limbo jurídico. Para lograrlo, Justicia barajó varias posibilidades, incluida la de prorrogar por decreto ley la entrada en vigor de la ley de 2011. Finalmente la solución encontrada, según fuentes del Gobierno, es incluir una enmienda en alguna ley que se encuentre ahora en tramitación en el Senado, para aplazar la entrada en vigor el tiempo preciso de aprobar otra y poner en marcha el traspaso; es decir, probablemente uno o dos años más.