25 de junio de 2014

Resolución concurso de traslado secretarios judiciales

En el BOE de 25 de junio se ha publicado la Orden JUS/1077/2014, de 13 de junio, por la que se resuelve el concurso de traslado, convocado por Orden JUS/809/2014, de 6 de mayo, para el Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Prensa: El Colegio de Registradores muestra su "absoluta disconformidad" y rechaza la "imposición" sobre el Registro Civil

El Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España ha mostrado su "absoluta disconformidad" a la "imposición" del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que ha anunciado que serán estos profesionales los que se encarguen de la gestión del Registro Civil.

Los registradores han recordado que ya manifestaron su oposición a la asunción del Registro Civil en su asamblea general celebrada en Zaragoza en abril de 2013, así como en las distintas reuniones mantenidas con el Ministerio.

Además, lamenta que no se hayan atendidos sus propuestas que, "a diferencia de la decisión adoptada respondían a las a las verdaderas demandas de los ciudadanos en cuanto al eficaz funcionamiento del Registro Civil".

Según este colegio, el anuncio de Gallardón pone de relieve su "desconocimiento" sobre la estructura del cuerpo de registradores, "formado por un cuerpo único de funcionarios que sirven indistintamente tanto registros de la propiedad como registros mercantiles".

"Precisamente, a causa de este desconocimiento, la decisión puede originar problemas jurídicos, de organización y de funcionamiento, además de entrar en colisión con normas del Derecho Comunitario y su jurisprudencia", añaden.

Ver la noticia completa en el siguiente enlace:
http://www.telecinco.es/informativos/nacional/Colegio-Registradores-disconformidad-Registro-Civil_0_1817025627.html

24 de junio de 2014

Gallardón anuncia que los registradores mercantiles asumirán la gestión del Registro Civil

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado en la tarde de hoy martes en el Pleno del Senado la decisión de entregar a los registradores mercantiles la gestión del Registro Civil.

Tras más de un año de polémicas en torno a esta cuestión, finalmente el Ministerio ha decidido que sea este colectivo el encargado de hacerse cargo del Registro Civil, en lugar de otorgárselo directamente al Colegio de Registradores con el que las negociaciones se enfriaron hace meses.

Los registradores mercantiles pasarán a denominarse registradores civiles y mercantiles, y tramitarán todos los certificados y expedientes de forma gratuita para el ciudadano. El Gobierno se ha decantado finalmente por este colectivo frente a los registradores de la propiedad o los secretarios judiciales por tres razones principales, según ha explicado el ministro: su experiencia en las funciones registrales, su capacidad para hacerse cargo de la inversión que supone la creación de una plataforma digital y su conformidad con una de las líneas rojas del Ministerio, la gratuidad de los trámites para los ciudadanos.

La ley de 2011 se prorrogará para desarrollar la nueva organización del Registro y la plataforma digital y así afianzar el correcto funcionamiento de la nueva estructura. La reforma permitirá asegurar oficinas del Registro Civil en todas las capitales de provincia y no sólo una por comunidad autónoma como preveía la ley de 2011.



23 de junio de 2014

SECRETARIOS JUDICIALES SUSTITUTOS: PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS DEFINITIVAS

En el BOE de 20 de junio se ha publicado la Resolución de 26 de mayo de 2014, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se aprueban las listas definitivas de seleccionados para constituir las bolsas de trabajo de Secretarios Judiciales sustitutos.


CONCURSO TRASLADOS: CORRECCIÓN DE ERRORES

ÁMBITO MINISTERIO:
En el BOE de 23 de junio se ha publicado la Orden JUS/1063/2014, de 2 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/808/2014, de 29 de abril, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.


ANDALUCIA:
Resolución de 2 de junio de 2014, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia e Interior, por la que se corrigen errores en la de 29 de abril de 2014, por la que se convoca a concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.


COMUNITAT VALENCIANA
Resolución de 2 de junio de 2014, de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de Gobernación y Justicia, por la que se corrigen errores en la de 29 de abril de 2014, por la que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

PDF (BOE-A-2014-6561 - 1 pág. - 144 KB)

17 de junio de 2014

MODIFICACIÓN AYUDAS MUGEJU PUBLICADAS EN BOE

En el BOE de 17 de junio se han publicado la Resolución de 3 de junio de 2014, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 26 de diciembre de 2012, por la que se establecen los criterios de concesión de las ayudas del Fondo de Asistencia Social y la Resolución de 3 de junio de 2014, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 27 de diciembre de 2013, por la que se convoca la concesión de ayudas del programa del plan de atención socio-sanitaria.

PDF (BOE-A-2014-6400 - 1 pág. - 136 KB)

HORARIO DE VERANO.

Tal como se establece en el Punto 6 sobre Jornada de verano de la Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el calendario laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia; 

Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva en los términos siguientes, teniendo en cuenta que, en cualquier caso habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, con respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las quince horas:

a) Personal con jornada ordinaria solo de mañana: treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes entre las ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia de lunes a viernes entre las nueve y las catorce treinta horas. 

b) Personal destinado en el Registro Civil Central, Unidades de Atención al Público: 
Treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes, de tal modo que quede garantizada la apertura al público de lunes a viernes en horario de ocho a quince horas. 

c) Personal que ocupe puestos de libre designación, singularizados: realizarán treinta y cinco horas de trabajo semanales en las siguientes franjas horarias:

De lunes a viernes, entre las ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia entre las nueve y las catorce treinta horas. 
Una tarde a la semana con obligada presencia de dos horas y media al menos.

ACCIÓN SOCIAL 2014. LISTADOS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.

Con fecha 16 de junio de 2014 se publican los dos listados provisionales, uno de solicitantes con documentación incompleta y/o excluidos, y otro de solicitantes admitidos provisionalmente, conforme al Plan de Acción Social 2014 que contiene las bases generales y específicas por las que se regula la convocatoria general de ayudas.

Dispondrán de 10 días hábiles para subsanar las deficiencias puestas de manifiesto, que van del 16 al 26 de junio, ambos inclusive.

 Las reclamaciones y/o subsanaciones deberán hacerse mediante escrito dirigido a:

 Subdirección  General  de  Medios  Personales  al  Servicio  de  la Administración de Justicia. 
Acción Social de la Administración de Justicia
 
C/ San Bernardo Nº 21 - Segunda Planta - Despacho 232
28015 – MADRID

10 de junio de 2014

EL GOBIERNO DEVUELVE 1.300 MILLONES DE LA AYUDA A LABANCA...Y LA PAGA EXTRA, QUÉ?

El Gobierno comienza a devolver los más de 41000 millones de euros que la Comisión Europea prestó a España en verano del 2012 para sanear a las entidades financieras.

Aquel préstamo vino acompañado, aunque se dijo lo contrario, de medidas para “corregir el déficit excesivo y de reformas con el objetivo de corregir los desequilibrios estructurales de la economía”, en palabras de la propia comisión europea. Esto fue el día 9 de junio.

Un mes después, el 13 de julio, se publicó el R.D. 20/2012 que supuso, entre otras medidas, la eliminación de la paga extra de Navidad. La eliminación de la paga, y el resto de las medidas, se debió “a la coyuntura económica y la necesidad de reducir el déficit público con objeto de contribuir a la consecución del inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria, derivado del marco constitucional y de la Unión Europea”, tal como señala la exposición de motivos del propio R.D. en su apartado II. En ese mismo R.D., en el art. 2.4, se señala que la paga se devolvería en el año 2015, en aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguros colectivos.

Hubo una relación directa entre el dinero recibido para el saneamiento de las entidades y el R.D. de los recortes. Todo esto es historia pasada, pero no olvidada, y ya lo sabemos.
Conviene recordar también, que en varias ocasiones el Ministro de Hacienda Sr. Montoro, ha dicho que esa paga extra se devolverá a los funcionarios; la última vez que lo dijo fue en la sesión de control al gobierno el pasado 13 de mayo, cuando dijo que devolverá la paga extra a los funcionarios “cuando las condiciones económico-presupuestarias lo vayan permitiendo” o “cuando así lo permitan los objetivos presupuestarios". 

Sentencia del TS sobre nota de corte después de ser anuladas preguntas en examen de oposiciones.

Adjuntamos una interesante sentencia del T.S de abril de este año 2014 en la que se da la razón a un opositor en su Recurso de Casación, contra una sentencia del TSJ de Madrid.
El opositor se presentó a las oposiciones del año 2011 en el Cuerpo de Tramitación. En ese año se anularon 3 preguntas del examen.

El Tribunal calificador único, al anular 3 preguntas, consideró que la nota máxima debía ser 97 puntos. El opositor consideró que no, que a pesar de que se anularon 3 preguntas, la nota máxima debía ser 100 puntos, tal como señalan las bases de la convocatoria.

En la sentencia de instancia, del TSJ de Madrid, se dijo que ambas soluciones, la de bajar la nota máxima a 97 puntos, y la de mantener la nota en 100 puntos, haciendo un nuevo prorrateo sobre 97 preguntas, que era lo que pedía el recurrente, eran correctas porque las bases nada decían al respecto y que debía darse alguna solución al problema surgido, por lo que el Tribunal calificador único optó por la primera (potestad discreccional de la Admón. a la hora de resolver), y en consecuencia el TSJ de Madrid desestimó el recurso.

El opositor recurrió en Casación y el T.S considera que el opositor tiene razón, y que hay que tomar en consideración las 97 preguntas válidas y ajustar esas 97 preguntas a las reglas de puntuación que se establecen en la convocatoria en la escala de 0 a 100.

Es decir, 97 preguntas bien, no equivalen a 97 puntos, sino a 100 puntos, porque las Bases de la convocatoria dicen que se puntuará sobre 100 puntos. Las bases admiten que se puedan anular preguntas, pero no dicen que se haya de bajar la escala entre 0 a 100 puntos.

En consecuencia, el opositor con las 97 preguntas y contando sobre 100 puntos, sí que superó el primer corte (después de anular 3 preguntas, si se sigue contando sobre 100 puntos, cada pregunta vale más).

La sentencia del TS, reconoce el derecho del recurrente a que se le tenga por superada el primer ejercicio, y a realizar los siguientes ejercicios, y si los supera todos, en el caso de que sumando todos los puntos, iguale o supere al del último aspirante, que obtuvo plaza, se le reconoce el derecho a ser funcionario de carrera.