En el BOE
de 25 de junio se ha publicado la
Orden JUS/1077/2014, de 13 de junio, por la que se resuelve el
concurso de traslado, convocado por Orden JUS/809/2014, de 6 de mayo, para el
Cuerpo de Secretarios Judiciales.
25 de junio de 2014
Prensa: El Colegio de Registradores muestra su "absoluta disconformidad" y rechaza la "imposición" sobre el Registro Civil
El
Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España ha mostrado su
"absoluta disconformidad" a la "imposición" del ministro de
Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, que ha anunciado que serán estos
profesionales los que se encarguen de la gestión del Registro Civil.
Los
registradores han recordado que ya manifestaron su oposición a la asunción del
Registro Civil en su asamblea general celebrada en Zaragoza en abril de 2013,
así como en las distintas reuniones mantenidas con el Ministerio.
Además,
lamenta que no se hayan atendidos sus propuestas que, "a diferencia de la
decisión adoptada respondían a las a las verdaderas demandas de los ciudadanos
en cuanto al eficaz funcionamiento del Registro Civil".
Según
este colegio, el anuncio de Gallardón pone de relieve su
"desconocimiento" sobre la estructura del cuerpo de registradores,
"formado por un cuerpo único de funcionarios que sirven indistintamente
tanto registros de la propiedad como registros mercantiles".
"Precisamente,
a causa de este desconocimiento, la decisión puede originar problemas
jurídicos, de organización y de funcionamiento, además de entrar en colisión
con normas del Derecho Comunitario y su jurisprudencia", añaden.
Ver la
noticia completa en el siguiente enlace:
http://www.telecinco.es/informativos/nacional/Colegio-Registradores-disconformidad-Registro-Civil_0_1817025627.html24 de junio de 2014
Gallardón anuncia que los registradores mercantiles asumirán la gestión del Registro Civil
El ministro de
Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha anunciado en la tarde de hoy martes en el
Pleno del Senado la decisión de entregar
a los registradores mercantiles la gestión del Registro Civil.
Tras más de un año de polémicas en torno a esta cuestión, finalmente el Ministerio ha decidido que sea este colectivo el encargado de hacerse cargo del Registro Civil, en lugar de otorgárselo directamente al Colegio de Registradores con el que las negociaciones se enfriaron hace meses.
Tras más de un año de polémicas en torno a esta cuestión, finalmente el Ministerio ha decidido que sea este colectivo el encargado de hacerse cargo del Registro Civil, en lugar de otorgárselo directamente al Colegio de Registradores con el que las negociaciones se enfriaron hace meses.
Los registradores mercantiles
pasarán a denominarse registradores civiles y mercantiles, y tramitarán todos
los certificados y expedientes de forma gratuita para el ciudadano. El Gobierno
se ha decantado finalmente por este colectivo frente a los registradores de la
propiedad o los secretarios judiciales por tres razones principales, según ha
explicado el ministro: su experiencia en las funciones registrales, su
capacidad para hacerse cargo de la inversión que supone la creación de una
plataforma digital y su conformidad con una de las líneas rojas del Ministerio,
la gratuidad de los trámites para los ciudadanos.
La ley de 2011 se
prorrogará para desarrollar la nueva organización del Registro y la plataforma
digital y así afianzar el correcto funcionamiento de la nueva estructura. La
reforma permitirá asegurar oficinas del Registro Civil en todas las capitales
de provincia y no sólo una por comunidad autónoma como preveía la ley de 2011.
23 de junio de 2014
SECRETARIOS JUDICIALES SUSTITUTOS: PUBLICACIÓN DE LAS LISTAS DEFINITIVAS
En el BOE de 20 de junio
se ha publicado la
Resolución de 26 de mayo de 2014, de la Secretaría General
de la Administración
de Justicia, por la que se aprueban las listas definitivas de seleccionados
para constituir las bolsas de trabajo de Secretarios Judiciales sustitutos.
CONCURSO TRASLADOS: CORRECCIÓN DE ERRORES
ÁMBITO MINISTERIO:
En el BOE de 23 de junio se
ha publicado la Orden JUS /1063/2014, de
2 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden JUS /808/2014, de
29 de abril, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de
los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación
Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia.
ANDALUCIA:
Resolución de 2 de junio
de 2014, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Justicia
e Interior, por la que se corrigen errores en la de 29 de abril de 2014, por la
que se convoca a concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y
Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia.
COMUNITAT VALENCIANA
Resolución de 2 de
junio de 2014, de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de
Gobernación y Justicia, por la que se corrigen errores en la de 29 de abril de
2014, por la que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de los
Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia.
17 de junio de 2014
MODIFICACIÓN AYUDAS MUGEJU PUBLICADAS EN BOE
En el BOE de 17 de junio se han publicado la Resolución de 3 de
junio de 2014, de la Mutualidad General
Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 26 de diciembre de 2012,
por la que se establecen los criterios de concesión de las ayudas del Fondo de
Asistencia Social y la
Resolución de 3 de junio de 2014, de la Mutualidad General
Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 27 de diciembre de 2013,
por la que se convoca la concesión de ayudas del programa del plan de atención
socio-sanitaria.
HORARIO DE VERANO.
Tal como se establece en
el Punto 6 sobre Jornada de verano de la Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el calendario
laboral para el personal de la Administración de Justicia, radicado en el ámbito
gestionado por el Ministerio de Justicia;
Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva en los términos siguientes, teniendo en cuenta que, en cualquier caso habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 dela
Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, con respecto
a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia
de los funcionarios precisos para realizar estas funciones hasta las quince
horas:
Durante el periodo comprendido entre el 16 de junio y 15 de septiembre, ambos inclusive, se establece una jornada intensiva en los términos siguientes, teniendo en cuenta que, en cualquier caso habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 de
a) Personal con jornada ordinaria solo de mañana: treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes entre las ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia de lunes a viernes entre las nueve y las catorce treinta horas.
b) Personal destinado en el Registro Civil Central, Unidades de Atención al Público:
Treinta y dos horas y treinta minutos semanales a desarrollar de lunes a viernes, de tal modo que quede garantizada la apertura al público de lunes a viernes en horario de ocho a quince horas.
c) Personal que ocupe puestos de libre designación, singularizados: realizarán treinta y cinco horas de trabajo semanales en las siguientes franjas horarias:
De lunes a viernes,
entre las ocho y las quince treinta horas, con obligada presencia entre las
nueve y las catorce treinta horas.
Una tarde a la semana con obligada presencia de dos horas y media al menos.
ACCIÓN SOCIAL 2014. LISTADOS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
Con fecha 16 de junio de
2014 se publican los dos listados provisionales, uno de solicitantes con
documentación incompleta y/o excluidos, y otro de solicitantes admitidos
provisionalmente, conforme al Plan de Acción Social 2014 que contiene las bases generales y específicas por las que se regula la convocatoria
general de ayudas.
Dispondrán de 10 días hábiles para subsanar las deficiencias puestas de manifiesto, que van del 16 al 26 de junio, ambos inclusive.
Las reclamaciones y/o subsanaciones deberán hacerse mediante escrito dirigido a:
Subdirección General de Medios Personales al Servicio de
Acción Social de
C/ San Bernardo Nº 21 - Segunda Planta - Despacho 232
28015 – MADRID
Se recuerda que las competencias en esta materia son del Área de Relaciones Socio-Laborales del Ministerio de Justicia y no de
Listado provisonal solicitudes adminitidas Fiscalía General del Estado.
Listado provisional solicitudos admitidas Ministerio Fiscal.
Listado provisional solicitudes adminitidas Admón. de Justicia.
Listado provisional solicitudes admitidas Instituto Nacional de Toxicología.
Listado provisonal solicitudes pendientes y excluidas Fiscalía General del Estado.
Listado provisional solicitudes pendientes y excluidas Ministerio Fiscal.
Listado provisional solicitudes pendientes y excluidas Admón. de Justicia.
Listado provisional solicitudes pendienes y excluidas Instituto Nacional de Toxicología.
10 de junio de 2014
EL GOBIERNO DEVUELVE 1.300 MILLONES DE LA AYUDA A LABANCA...Y LA PAGA EXTRA, QUÉ?
El Gobierno comienza a devolver los más de 41000 millones de
euros que la Comisión Europea
prestó a España en verano del 2012 para sanear a las entidades financieras.
Aquel
préstamo vino acompañado, aunque se dijo lo contrario, de medidas para “corregir
el déficit excesivo y de reformas con el objetivo de corregir los
desequilibrios estructurales de la
economía”,
en palabras de la propia comisión europea. Esto fue el día 9 de junio.
Un mes
después, el 13 de julio, se publicó el R.D. 20/2012 que supuso, entre otras
medidas, la eliminación de la paga extra de Navidad. La eliminación de la paga,
y el resto de las medidas, se debió “a la coyuntura económica y la necesidad
de reducir el déficit público con objeto de contribuir a la consecución del
inexcusable objetivo de estabilidad presupuestaria, derivado del marco
constitucional y de la
Unión Europea ”, tal como señala la exposición de motivos
del propio R.D. en su apartado II. En ese mismo R.D., en el art. 2.4, se señala
que la paga se devolvería en el año 2015, en aportaciones a planes de pensiones
o contratos de seguros colectivos.
Hubo una
relación directa entre el dinero recibido para el saneamiento de las entidades
y el R.D. de los recortes. Todo esto es historia pasada, pero no olvidada, y ya
lo sabemos.
Conviene
recordar también, que en varias ocasiones el Ministro de Hacienda Sr. Montoro,
ha dicho que esa paga extra se devolverá a los funcionarios; la última vez que
lo dijo fue en la sesión de control al gobierno el pasado 13 de mayo, cuando
dijo que devolverá la paga extra a los funcionarios “cuando las condiciones
económico-presupuestarias lo vayan permitiendo” o “cuando así lo
permitan los objetivos presupuestarios".
Sentencia del TS sobre nota de corte después de ser anuladas preguntas en examen de oposiciones.
Adjuntamos
una interesante sentencia del T.S de abril de este año 2014 en la que se da la
razón a un opositor en su Recurso de Casación, contra una sentencia del TSJ de
Madrid.
El
opositor se presentó a las oposiciones del año 2011 en el Cuerpo de Tramitación.
En ese año se anularon 3 preguntas del examen.
El
Tribunal calificador único, al anular 3 preguntas, consideró que la nota máxima
debía ser 97 puntos. El opositor consideró que no, que a pesar de que se
anularon 3 preguntas, la nota máxima debía ser 100 puntos, tal como señalan las
bases de la convocatoria.
En la
sentencia de instancia, del TSJ de Madrid, se dijo que ambas soluciones, la de
bajar la nota máxima a 97 puntos, y la de mantener la nota en 100 puntos,
haciendo un nuevo prorrateo sobre 97 preguntas, que era lo que pedía el
recurrente, eran correctas porque las bases nada decían al respecto y que debía
darse alguna solución al problema surgido, por lo que el Tribunal calificador
único optó por la primera (potestad discreccional de la Admón. a la hora de
resolver), y en consecuencia el TSJ de Madrid desestimó el recurso.
El
opositor recurrió en Casación y el T.S considera que el opositor tiene
razón, y que hay que tomar en consideración las 97 preguntas válidas y ajustar
esas 97 preguntas a las reglas de puntuación que se establecen en la
convocatoria en la escala de 0
a 100.
Es decir,
97 preguntas bien, no equivalen a 97 puntos, sino a 100 puntos, porque las
Bases de la convocatoria dicen que se puntuará sobre 100 puntos. Las bases
admiten que se puedan anular preguntas, pero no dicen que se haya de bajar la
escala entre 0
a 100
puntos.
En
consecuencia, el opositor con las 97 preguntas y contando sobre 100
puntos, sí que superó el primer corte (después de
anular 3 preguntas, si se sigue contando sobre 100 puntos, cada pregunta vale
más).
La
sentencia del TS, reconoce el derecho del recurrente a que se le tenga por
superada el primer ejercicio, y a realizar los siguientes ejercicios, y si los
supera todos, en el caso de que sumando todos los puntos, iguale o supere al
del último aspirante, que obtuvo plaza, se le reconoce el derecho a ser
funcionario de carrera.
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