Nombramientos
producidos en las bolsas de interinos de la Administración de Justicia de Murcia,
a fecha 15-07-2014, conforme a los datos facilitados por la Gerencia.
16 de julio de 2014
15 de julio de 2014
MODIFICACIÓN LOPJ: 5º DÍA DE ASUNTOS PROPIOS PARA LOS JUECES.
En el BOE
del pasado sábado 12 de julio, se ha publicado parte de la reforma de la LOPJ , en concreto lo referido
a:
- Se atribuye al Tribunal Supremo competencia para juzgar a
- Modificar la competencia sobre las jubilaciones
voluntaria, forzosa, o por incapacidad permanente, así como la posible prórroga
de permanencia en el servicio activo de los funcionarios de Justicia, que a
partir de este momento corresponderá al órgano competente del Ministerio de
Justicia o, en su caso, de la Comunidad Autónoma con competencias asumidas.
Ello sin perjuicio de que la rehabilitación procedente de jubilación por incapacidad permanente para el personal al servicio de
- Los jueces dispondrán de cinco días de asuntos particulares.
En el caso del resto de funcionarios de
la Administración
de Justicia, la devolución del 5º día de asuntos propios se realizará a
través de una enmienda en la ley racionalización del sector público,
cuyo proyecto ha sido aprobado en el Senado el 10 de julio 2014 por lo
que aún debe ser aprobado por el Congreso de los Diputados.
La emnienda de la citada ley modificará
el art.
48. K del EBEP, que es al que nos remite de forma expresa nuestra LOPJ,
para que allí donde dice 4 días, con la modificación diga 5 días de asuntos
particulares, más el que se pueda generar si hay algún festivo nacional que
caiga en sábado.
Respecto a la competencia sobre jubilaciones, a partir de ahora el órgano competente para conceder la jubilación seguirá siendo el Ministerio para los compañeros que se encuentren destinados en ámbito Ministerio, o también será
Un problema más por culpa de las
transferencias de Justicia a las ccaa.
No obstante, esa Comunidad deberá
observar lo señalado en el R.D.670/1987
de la Ley de Clases Pasivas del Estado. para que no exista discriminación
entre compañeros a la hora de jubilarse, por razón de lugar de destino.
11 de julio de 2014
La nueva Ley Orgánica del Poder Judicial no suprimirá los partidos judiciales. Se mantienen las oficinas de los juzgados de Paz.
Alcanzado principio de acuerdo entre el Ministerio de Justicia y CSIF, UGT y STAJ, pendiente de su ratificación o no, a la vista de la redacción final.
1. No se suprimen los partidos judiciales. Los Tribunales de Instancia pierden, pues, su
condición de provinciales. Lo único que será provincial será el reparto de
asuntos con arreglo a criterios de reparto equitativo de trabajo entre las
diferentes unidades, sin perjuicio de las especializaciones por materias y/o
jurisdicciones que pudieran establecerse.
2. Se mantienen todos los Juzgados y
Agrupaciones de Paz. Se crearán “Oficinas judiciales de Paz” allí donde
actualmente hay Juzgado de Paz y Agrupaciones de Juzgados de Paz con
funcionarios de Justicia y se les dará más funciones. Actos de comunicación y
ejecución, recepción de escritos, información general y particular al
ciudadano, mediación, registro civil,
3. Se mantienen los centros de destino previstos
en la LOPJ vigente, de forma que los centros de destino no se referirán a la
provincia, sino al municipio.
4. Se garantiza la promoción interna: de gestor a Letrado (Secretarios) habrá oferta anual de promoción interna haya OPE a Secretarios o no la haya. La antigüedad requerida continuará siendo de dos años y no de tres como venía en el anteproyecto. Para el resto de cuerpos la promoción está garantizada ya que se podrá convocar promoción independiente cuando se estime necesario (cuando no haya OPE).
BOE: Modificación Orden jornada y horarios en relación al servicio de Guardia
En el B.O.E. de diez
de julio se ha publicado la resolución de 2 de julio de 2014, de la
Secretaría de Estado de Justicia, por la que se modifica la de 5 de diciembre
de 1996, por la que se dictan instrucciones sobre la jornada y horarios en el
ámbito de la Administración de Justicia.
Esta resolución se
produce en cumplimiento de la
Directiva Europea 2003/88CE,
relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, al
objeto de garantizar el derecho al descanso en consonancia con las políticas de
seguridad y salud en el trabajo. La modificación se ha producido
esencialmente para regular el tiempo de descanso de los Médicos Forenses que no
se regulaba.
Asimismo, se han efectuado algunas variaciones en la
redacción de determinados párrafos de la regulación general de la jornada y
horario del resto de personal de la Administración de Justicia, para adaptarlas
a las exigencias de la
Directiva. Así debe considerarse
como tiempo trabajado el tiempo de guardia con presencia física desempeñado en
el lugar de trabajo, bien sea la oficina o donde se realice la actuación
derivada de la guardia (y no como hasta ahora que se computa la jornada diaria
7’30h).
En el caso de guardias
de disponibilidad se computará como tiempo de trabajo el lapso de tiempo que se
dedique a una intervención efectiva en respuesta a una llamada de asistencia,
contando esa intervención desde la llamada para la prestación del servicio de guardia
que efectúa el personal funcionario, hasta su regreso al punto de origen en el
que se encontraba el trabajador en el momento de ser requerido para tal
actuación.
A todos los efectos,
se entiende por permanencia la presencia física en la oficina o en el lugar
donde se realiza el trabajo, y por disponibilidad la condición de continua
localización.
9 de julio de 2014
Anteproyecto Ley Orgánica del Poder Judicial: Atentado a los derechos de los funcionarios de Justicia
Mañana día 10 de julio se celebra mesa sectorial para la negociación de los
cambios en el estatuto jurídico del personal al servicio de la Administración de
Justicia introducidos en el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial.
Recordemos
que durante los últimos dos meses se han venido celebrando reuniones de mesa de
trabajo donde STAJ ha presentado alegaciones y propuestas
en relación con el articulado del Anteproyecto que se hizo público a principios
de abril. STAJ también ha presentado informe al
Anteproyecto, en cumplimiento del trámite de audiencia que le ha sido conferido
al efecto, de todo lo cual ya hemos informado en anteriores notas informativas.
El
Ministerio nos ha remitido junto con la convocatoria un borrador con algunas
modificaciones que pretende hacer al texto original del Anteproyecto. Ese
borrador no recoge casi ninguna (por no decir ninguna) de las alegaciones y
propuestas que ha realizado STAJ, y sigue constituyendo un serio ataque a los derechos de los
funcionarios de Justicia, instaurando el recurso a la movilidad geográfica
obligatoria como una forma ordinaria de cobertura de puestos de trabajo.
Con el
Anteproyecto, desaparecen los partidos judiciales y los juzgados de paz, y
paralelamente desaparecen prácticamente todos los centros de destino previstos
enla Ley Orgánica actual, pues se considerará a partir
de ahora centro de destino todas las Unidades Procesales de Apoyo Directo a
Jueces y todos los Servicios comunes procesales de una misma provincia, sin que
se considere cambio de destino el cambio de un servicio común a otro. Ello
significará, en la práctica:
CONCURSO DE TRASLADOS GPA, TPA Y AUXILIO JUDICIAL: CORRECCIÓN DE ERRORES EN ÁMBITO MINISTERIO, CATALUÑA Y MADRID
En el BOE de 9 de julio se ha publicado Orden
JUS/1178/2014, de 25 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden JUS /808/2014, de
29 de abril, por la que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de
los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación
Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia.
Y la
Resolución de 11 de junio de 2014, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de
Justicia, de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se corrigen
errores en la de 29 de abril de 2014, por la que se convoca concurso de
traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de
Justicia.
8 de julio de 2014
GPA 2013 TURNO LIBRE: criterios acerca de las contestaciones correctas a las preguntas formuladas en el tercer ejercicio.
En la web del Ministerio
se ha publicado el Acuerdo de 7 de julio del Tribunal por el que se hacen
públicos los criterios acerca de las contestaciones correctas a las preguntas
formuladas en el tercer ejercicio
7 de julio de 2014
MANIFIESTO DE LA PLATAFORMA JUSTICIA PARA TODOS
Julio de 2014
Con fecha
3 de diciembre de 2012 se constituyó la Plataforma Justicia para Todos, con la finalidad de defender con todos
los medios democráticos a su alcance, los bienes y servicios básicos, el Estado
de bienestar y los derechos y libertades de la ciudadanía, así como poner de
manifiesto el rechazo a todas las reformas que tengan una incidencia negativa
en el derecho de defensa de todas las personas, recortando el acceso a la
justicia restringiendo los derechos y libertades de los ciudadanos, y
haciendo retroceder el Estado de Derecho.
Ante las
últimas reformas y proyectos legislativos la Plataforma MANIFIESTA:
Toda
reforma en el ámbito de la justicia debe estar al servicio de la ciudadanía
para la plena efectividad y reconocimiento de los derechos y libertades que
establece la Constitución
y el resto del ordenamiento jurídico.
El acceso
a la justicia por parte de los ciudadanos debe ser gratuito como proclama la Constitución , y no
son admisibles en un Estado Social y Democrático de Derecho, restricciones que
limiten el derecho a la tutela judicial efectiva, y que disuadan al ciudadano
de litigar en la defensa de sus derechos e intereses.
Las
reformas legales deben garantizar la agilización de los procedimientos para
obtener una respuesta efectiva sobre los derechos e intereses en disputa en un
tiempo razonable.
Toda
iniciativa legal debe estar al servicio de garantizar los derechos de la
ciudadanía ante la justicia sin que sean admisibles restricciones
presupuestarias que deterioren la prestación del servicio por falta de recursos
personales y materiales.
Las
reformas deben garantizar la independencia de los jueces y magistrados,
la promoción de la acción de la justicia en defensa de la legalidad y de los
derechos ciudadanos del Ministerio Fiscal, la objetividad e imparcialidad en el
desempeño de las funciones públicas en el ámbito de la Administración de
Justicia, y el reconocimiento y garantía del ejercicio de colaboración con la
justicia de los profesionales del derecho, así como la protección y reconocimiento
de los intereses colectivos de las organizaciones y entidades ciudadanas que
representan a los ciudadanos.
Las
reformas, por último, deben desarrollarse conforme al principio de
participación ciudadana en el servicio de la justicia, para hacer efectivo el
principio constitucional que reconoce a los ciudadanos la participación en la
vida política, económica, cultural y social.
En
relación a los proyectos e iniciativas legales que se relacionan, lo siguiente:
LEE EL
COMUNICADO COMPLETO:
4 de julio de 2014
REUNIÓN DE STAJ CON EL PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
STAJ junto con Csif y Ugt ha mantenido esta
semana reunión con el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, a fin
de trasladarle la preocupación existente de nuestro colectivo con el
anteproyecto de reforma de la
LOPJ y especialmente con aquellos puntos que afectan
directamente a los funcionarios de justicia y sus condiciones de trabajo,
particularmente la desaparición de partidos judiciales y juzgados de Paz y la
nueva consideración de la
Provincia como centro de destino. Esta reunión se enmarca
dentro de las múltiples
reuniones y otras actuaciones
que STAJ está realizando para lograr la modificación de un texto que perjudica gravemente los derechos de los
funcionarios de Justicia.
LEE LA
HOJA INFORMATIVA
NAVARRA. BOLSA DE INTERINOS: BAREMACIÓN DEFINITIVA DE MÉRITOS
Se adjunta el enlace:
http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/5200/Administracion-de-Justicia-Contratacion-temporal-2014#resultados
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