Hoy entra en vigor la Orden JUS/1721/2014, de 18 de septiembre,
por la que se amplía la Oficina Judicial de Murcia y se modifica la Orden
JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se
aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de
las secretarías de gobierno incluidas en la primera fase del Plan del
Ministerio de Justicia para la implantación de la Nueva Oficina Judicial,
publicada en el BOE de ayer.
26 de septiembre de 2014
24 de septiembre de 2014
GPA 2013 PROMOCIÓN INTERNA Y TURNO LIBRE: FECHAS PREVISTAS PARA EL CURSO SELECTIVO
Según nos informa el Ministerio las fechas previstas para la
realización del curso selectivo del cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa
convocatoria 2013 son:
- Promoción interna:
del 27 de octubre al 7 de noviembre de 2014.
- Turno Libre: del 24
de noviembre al 15 de diciembre.
Gallardón presenta su dimisión y deja la política.
Descárgate la
hoja en PDF
En la tarde de este martes día 23 de septiembre Alberto
Ruiz Gallardón ha anunciado en rueda de prensa su dimisión como Ministro de
Justicia, motivada por no
haber contado con el apoyo del Gobierno en la aprobación de su controvertido
proyecto de ley del aborto. Al frente del Ministerio le sustituirá Rafael Catalá Polo,
hasta ahora Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras del
Ministerio de Fomento. El nuevo Ministro ya tuvo responsabilidades en el
Ministerio de Justicia, pues fue Secretario de Estado de Justicia con el
Ministro Michavilla, entre 2002 y 2004, periodo en el que se produjo la reforma
de la LOPJ que modificó nuestro estatuto jurídico e introdujo la denominada
“nueva oficina judicial”.
Desde STAJ no podemos decir que nos apene la renuncia de
Gallardón, pues no han sido pocas las veces que hemos pedido su dimisión. Le deseamos lo mejor en su
vida personal, pero desde luego al frente del Ministerio no ha hecho sino tomar
decisiones polémicas una tras otra y muchas de ellas, a nuestro juicio,
gravemente perjudiciales para el servicio público de la Administración de Justicia.
23 de septiembre de 2014
NOMBRAMIENTOS INTERINOS A FECHA 15-09-2014 EN MURCIA
Nombramientos
producidos en las bolsas de interinos de la Administración de Justicia de Murcia,
a fecha 15-09-2014, conforme a los datos facilitados por la Gerencia.
NOVEDADES EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL.
En el BOE del 21 de
julio, se publicó el Real Decreto 625/2014, de18 de julio, que
regula determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por
incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, con efectos a partir del 1 de
septiembre de 2014.
Señalar que ese R.D. es
de aplicar a todos los trabajadores que se encuentren encuadrados en el Régimen
General de la
Seguridad Social. En el ámbito de la Administración de
Justicia son los funcionarios interinos, puesto que los titulares se encuentran
dentro de la
Mutualidad General Judicial.
En el caso de los
compañeros titulares ingresados en a partir del 1 de enero del 2011, están en
el Régimen General de la
Seguridad Social , a los únicos efectos de la jubilación, y
para el resto de las prestaciones del sistema están en MUGEJU (de hecho en la
nómina tienen el correspondiente descuento de MUGEJU).
Por lo tanto, los
funcionarios titulares de la
Administración de Justicia no están dentro del ámbito de
aplicación del R.D. 625/2014 porque el artículo1.2 del citado R.D. los excluye expresamente, ya que están encuadrados en el régimen
especial de MUGEJU, no en el general de la Seguridad Social.
Las principales
novedades del citado R.D. son que el
médico que expida la baja médica
debe hacer constar la duración estimada del proceso de incapacidad. Esta duración estimada estará en función de unas tablas
proporcionadas por la
Seguridad Social y que se adjuntan más abajo.
En este
sentido, se establecen 4 tipos de procesos, de acuerdo con el periodo
estimado de baja. Artículo 2.3 R.D.
- Procesos de duración estimada inferior a 5 días
naturales: el facultativo emitirá los partes de baja y alta en el mismo acto médico.
No obstante, el trabajador podrá solicitar que se
le realice un reconocimiento médico el día fijado como fecha de alta.
- Procesos de duración estimada de entre 5 y 30 días
naturales: el primer parte de confirmación se emitirá 7 días después, y los
posteriores cada 14 días.
- Procesos de duración estimada de entre 31 y 60 días
naturales: el primer parte de confirmación se emitirá 7 días después, y los
posteriores cada 28 días.
- Procesos de duración estimada de 61 o más días naturales: el
primer parte de confirmación se emitirá 14 días después, y los posteriores cada
35 días.
Es decir, según el
citado artículo del R.D.
desaparecen los partes semanales. No se tendrá que ir cada 7 días a por el parte de
baja médica.
Insistir en que esto es
para los funcionarios interinos, que están en el régimen general de la S.S .
19 de septiembre de 2014
GPA 2013 PROMOCIÓN INTERNA: CORRECCION DE ERROR TRIBUNAL DELEGADO DE CATALUÑA
En la web
del Ministerio se ha publicado anuncio por el que se comunica que “Recibida del
Tribunal Delegado de Cataluña comunicación del error cometido en la
calificación del conocimiento de la Lengua Autonómica (Anexo II) referido a Dª
MARIA TERESA CALVO FERNANDEZ , se comunica que la puntuación
que corresponde a esa opositora es de 18 puntos y se sustituye el
Anexo correspondiente, sin que ello afecte a las calificaciones de los demás
opositores”.
El preacuerdo LOPJ y la “pataleta” de algunos.
Como hemos informado en reiteradas ocasiones,
los sindicatos STAJ, CSIF
y UGT suscribimos en julio un preacuerdo con el Ministerio de Justicia, fruto
de casi dos meses de negociaciones en el seno de la mesa sectorial, que
garantizaba los derechos de los funcionarios de justicia puestos en riesgo en
la redacción originaria del Anteproyecto de LOPJ presentado por el Gobierno. De
ese preacuerdo se desmarcaron otros sindicatos presentes en la mesa sectorial
(ELA y CIG ni siquiera quisieron negociar, y CCOO rehusó firmarlo)
No vamos a repetir los puntos que aquel
preacuerdo recoge, nos remitimos a las informaciones que ya hemos facilitado en
numerosas hojas informativas. A pesar de ello, hay un sindicato, CCOO, que
insiste de forma irresponsable no sólo en no suscribir el preacuerdo, sino en
atacarlo duramente y de forma incansable (más bien cansina). Pero se le acaban
los argumentos. Primero pidieron cosas que saben que son imposibles y que,
además, nunca estuvieron en la
LOPJ actualmente en vigor (Ley que, por cierto, fue pactada
íntegramente con CCOO en el año 2003, con todo lo bueno, y todo lo malo)
Después han tachado de “ambigua” la redacción
del preacuerdo, a pesar de saber que no es cierto y que, precisamente, el
acuerdo definitivo sólo será posible si el texto que sea llevado al Consejo de
Ministros contiene sin género de dudas todo lo que figura en el preacuerdo.
STAJ reitera al Ministerio el mantenimiento del Registro Civil como servicio dentro de la Administración de Justicia y el mantenimiento de todos los puestos de trabajo.
STAJ ha vuelto a presentar escrito en el
que reitera la solicitud de mantenimiento del Registro Civil como un servicio
de la Administración
de Justicia, servido enteramente por funcionarios de Justicia.
El hecho de que se produzca la
“desjudicialización”, es decir, que los jueces dejen de ser los “encargados”
del Registro Civil, no tiene
por qué suponer que ese servicio se extraiga de la Administración de
Justicia y, encima, se privatice entregándolo a los Registradores mercantiles.
Los funcionarios de los Cuerpos al
servicio de la
Administración de Justicia tenemos conocimientos y experiencia
sobrada en Registro Civil, muy necesaria para un servicio público que lo que
verdaderamente requiere para ser plenamente eficaz es una inversión suficiente en medios
materiales y humanos y una completa modernización, que facilite
su acceso por la ciudadanía.
La propuesta que hacemos pasa también por la modificación de
la Ley de 2011,
en lo que se refiere al personal de los Registros Civiles y la dependencia
orgánica y funcional de las Oficinas de Registro Civil, aun sin haber entrado
dicha ley en vigor.
Proponemos, y así lo solicitamos
expresamente al Ministerio, que los Registros Civilescontinúen siendo un
servicio de la
Administración de Justicia, en el que los funcionarios
del Cuerpo de Secretarios
Judiciales, Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial,
continúen prestando sus servicios en las respectivas oficinas de Registro
Civil, configurándose como
Centro de Destino en la
Ley Orgánica del Poder Judicial, y de acuerdo con la
relación de puestos de trabajo que en definitiva se apruebe que en todo caso
habrá de garantizar la permanencia, al menos, de la plantilla que actualmente
está destinada a funciones de Registro Civil.
Mantenimiento de todos los
puestos de trabajo.-
Secretarios judiciales: Resolución concurso
En el BOE de 18 de septiembre se ha publicado la Orden JUS /1677/2014, de
8 de septiembre, por la que se resuelve el concurso de traslado, convocado por
Orden JUS/1154/2014, de 16 de junio, para el Cuerpo de Secretarios Judiciales.
SECRETARIOS JUDICIALES 2013 TURNO LIBRE: NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIOS EN PRÁCTICAS
En la web del Ministerio de Justicia se ha publicado la Orden por la que se nombra
funcionarios en prácticas a los opositores que han superado el proceso
selectivo para acceso al Cuerpo de Secretarios Judiciales, turno libre, 2013
Al mismo tiempo convocan para el inicio del curso teórico
práctico para el próximo día 6 de octubre en el Centro de Estudios Judiciales.
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