24 de noviembre de 2015

REUNIÓN MINISTERIO-SINDICATOS 23-11-2015


Tras las exigencias sindicales, el Ministerio presenta a los sindicatos un borrador de documento.
El Ministerio de Justicia nos ha hecho entrega hoy a los sindicatos presentes en mesa sectorial (STAJ, CSIF,  CCOO. UGT y los autonómicos ELA y CIG)de un borrador de documento en el que se recogen los puntos sobre los que está dipuesto a llegar a un acuerdo en relación con la recuperación de derechos y otras cuestiones.

El documento recoge los puntos relacionados con:

  • Recuperación 3 días adicionales permiso por asuntos propios en la próxima legislatura mediante la modificación de la LOPJ.
  • Asimilación del régimen de descuentos por IT en ámbito Ministerio al vigente para jueces y fiscales.
  • Conversión de plazas de refuerzo estructurales de ámbito Ministerio en plantilla.
  • Modificación y clarificación del régimen de sustituciones en Cuerpos generales de modo que las sustituciones entre funcionarios de carrera sean lo ordinario y no excepcionales.
  • Solución a los errores en cotizaciones a la Seguridad social sucedidas hace varios años.
  • Compromiso de oferta de empleo público en 2016 tendente a la disminución de plazas vacantes.
  •  Compromiso de mejora de la formación continua para actualización de conocimientos y para apoyo a personal interino para superación pruebas de ingreso.
  •  

Si bien en el documento no se recogen todas las reivindicaciones que hemos realizado, desde STAJ lo examinaremos y formularemos nuestras alegaciones.

La próxima reunión se celebrará el próximo jueves.

Bases oposiciones Letrados.-
El Ministerio nos ha convocado a mesa sectorial para el próximo viernes, para la negociación de las bases de la convocatoria de oposiciones al Cuerpo de Letrados judiciales.
Desde STAJ exigimos que las bases faciliten la promoción interna, y no aceptaremos que el Ministerio siga poniendo zancadillas al derecho a la promoción profesional de los funcionarios de Justicia.

Última hora convocatoria oposiciones.-

El Ministerio nos informa que las convocatorias pendientes de todos los cuerpos generales, tanto de promoción interna como de turno libre, están únicamente pendientes de firma por la secretaria de estado. La intención es publicar la semana próxima si hay disponibilidad en el BOE.  Si no fuera posible la semana próxima, la publicación se haría en los primeros días de enero, pata evitar que plazo de solicitudes coincida con navidad.

2015 noviembre 23 Boletín inf reunión Ministerio justicia.pdf

18 de noviembre de 2015

El Ministerio convoca a los sindicatos de Justicia a una reunión para la recuperación de derechos

Hemos recibido convocatoria del Ministerio de Justicia para el próximo lunes 23 de noviembre, en la que se nos informa que se nos entregará un borrador de propuesta de acuerdo. La presión ejercida por STAJ y el resto de sindicatos presentes en mesa sectorial obliga al Ministerio a redactar la propuesta. Recordemos que la semana pasada presentamos un escrito exigiendo la redacción urgente de un documento que recoja todas nuestras reivindicaciones en relación con la recuperación de derechos que nos fueron hurtados a los funcionarios de Justicia. Veremos si el documento recoge las reivindicaciones que venimos realizando desde STAJ. Si el Ministerio vuelve a incumplir nos veremos obligados a iniciar, ya, movilizaciones para recuperación de lo perdido.

Calendario de días inhábiles para el año 2016

En el BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2015, se publica la Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, que establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2016, a efectos de cómputos de plazos.

PGE 2016: Novedades en la Jubilación de Clases Pasivas.

En la Disposición Final Primera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2016 se modifica la Ley de Clases Pasivas del Estado para introducir en la norma que regula la prestación por jubilación la extensión al Régimen de Clases Pasivas del Estado la regulación establecida en el apartado 2 del artículo 163 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Esto ya se estableció en los PGE del año pasado, pero no ha sido hasta este año cuando se ha añadido de forma expresa en nuestra Ley de Clases Pasivas.

¿Qué quiere decir esto? Pues que se está incentivando la prolongación de la actividad laboral más allá de los 65 años de edad, de aquellos compañeros que están en el régimen de Clases Pasivas (los funcionarios titulares ingresados en la Administración antes del 01/01/2011). Los funcionarios titulares ingresados después del 01/01/2011 están en el Régimen General de la Seguridad Social a los únicos efectos de jubilación, y los funcionarios interinos lo están a todos los efectos.

Actualmente la edad ordinaria de jubilación para los compañeros de Clases Pasivas es de 65 años (para los compañeros del Régimen General de la Seguridad Social varía de forma progresiva hasta los 67 años). Aquellos compañeros de Clases Pasivas que quieran seguir trabajando más allá de los 65 años, se les incrementará la cuantía de su pensión en los siguientes porcentajes:

·                     Hasta 25 años cotizados, se incrementará en un 2%.
·                     Entre 25 y 37 años cotizados, se incrementará en un 2,75%.
·                     A partir de 37 años cotizados, se incrementará en un 4%.

Para acogerse a esta prolongación hay que solicitarlo al Ministerio, puesto que en caso contrario, llegados los 65 años de edad, el Ministerio inicia el expediente de jubilación de oficio. La edad máxima de prolongación es hasta los 70 años de edad.

13 de noviembre de 2015

La justicia europea ve incompatible con el Derecho de la UE la normativa española sobre proceso monitorio

La normativa española no permite al juez de ejecución revisar de oficio el decreto dictado por el secretario judicial con el fin de determinar la posible existencia de cláusulas abusivas en el contrato sobre el que se dictó el decreto.

El Tribunal General de la UE ha estimado que la normativa española sobre el proceso monitorio, destinado a obtener una resolución rápida en los litigios en los que no existe contradicción, se opone al Derecho comunitario, puesto que, al no imponer la obligación de controlar de oficio la ineficacia de una posible cláusula abusiva en la fase de examen, no permite al juez encargado de la ejecución apreciar dicha ineficacia.

Así lo señala el abogado general polaco Maciej Szpunar en las conclusiones presentadas este miércoles, en las que propone al Tribunal de Justicia de la UE (TUE) que en su futura sentencia responda al juez español que elevó la cuestión que tanto la directiva 93/13/CE (LA LEY 4573/1993) como con el principio de efectividad.

El proceso monitorio es un procedimiento especial destinado a obtener una resolución rápida de los litigios en los que no existe contradicción. El título ejecutivo judicial que pone fin al proceso monitorio es un decreto dictado por el secretario judicial. En Derecho procesal español, el juez solo llega a conocer la existencia de este proceso en el momento de la ejecución del decreto del secretario judicial.

Así, la normativa española no permite al juez de ejecución revisar de oficio el decreto dictado por el secretario judicial con el fin de determinar la posible existencia de cláusulas abusivas en el contrato sobre el que se dictó el decreto.

Estas conclusiones responden a la cuestión elevada por el Juzgado de Primera instancia número 5 de Cartagena, en el que plantea a la justicia europea la compatibilidad del proceso monitorio con el Derecho comunitario. El auto en concreto se refiere a los casos en los que este proceso va seguido de un procedimiento de ejecución forzosa.


El Ministerio de Justicia ha facilitado los listados definitivos de adjudicatarios de la acción social del año 2015, que podéis consultar en el portal de la Administración de Justicia. En el áera privada del funcionario, hay que entrar en "información laboral", después, ir a "acción social" y entrar en "Personal funcionario y laboral en la Administración de Justicia".

La fase de adjudicación de los programas de Acción Social del personal funcionario y laboral del ámbito del Ministerio de Justicia ha sido la siguiente:

-Ayuda de Discapacitados: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son beneficiarios de esta ayuda de acuerdo con las siguientes cuantías
     -De 33% a 50%:    150€
     -De 51% a 75%:    275€
     -De 76% a 100%:  350€

-Ayuda de Hijos: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son  beneficiarios de esta ayuda, siendo la cuantía de las ayudas la siguiente:
     Por un hijo:    150 €
     Por dos hijos o más: 200 €

-Ayuda de Transportes: todos los solicitantes que han superado la fase de baremación son beneficiarios de esta ayuda por un importe de 48,59€.

Contra las relaciones definitivas los interesados podrán formular los recursos o la reclamación previa a la vía judicial laboral previstos en el Capítulo II del Título VII y en el art. 125, respectivamente, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.


El abono de las cantidades está previsto en la nómina del mes de Noviembre

12 de noviembre de 2015

REUNIÓN MINISTERIO-SINDICATOS 11-11-2015

Los sindicatos exigimos la presentación inmediata de un documento en el que se recojan nuestras reivindicaciones.
Ayer, 11 de noviembre se celebró nueva reunión entre el Ministerio de Justicia y los sindicatos STAJ, CSIF, CCOO, UGT y los autonómicos ELA y CIG.
El Ministerio sigue sin dar una respuesta clara a las reivindicaciones sindicales, volviendo a decir que todo va por "buen camino" y que todo lo que nos ha ofrecido en los últimos días es muy posible que se pueda llevar a buen puerto.
Pero para eso es necesaria la aprobación y/o consulta de otros departamentos y dado el momento actual, ante el grave problema de la declaración independentista del Parlamento Catalán, el Gobierno y todos los altos cargos, especialmente del Ministerio de Justicia, están de lleno centrados en la respuesta que va a darse ante esta situación de peligro de fragmentación del Estado.
Por ese motivo, dice el Ministerio, aún no ha podido elaborar un documento y por ello no lo ha traído a esta reunión.
Desde STAJ hemos manifestado que ya estamos cansados de excusas y que aún reconociendo la extrema gravedad de la situación política actual, no estamos dispuestos a esperar más y a que el Ministerio siga "mareando la perdiz" hasta que llegue el 20 de diciembre.
Por ello STAJ y el resto de sindicatos hemos exigido que el Ministerio elabore de forma INMEDIATA un documento en el que recoja todas las reivindicaciones y la oferta que el propio Ministerio ha hecho en reuniones precedentes:

·         Recuperación inmediata de los 3 días adicionales de asuntos propios, sin perjuicio de su plasmación definitiva en una futura e inmediata reforma de la LOPJ tras las elecciones, a la que el Ministerio debe comprometerse de manera inequívoca.
·         Mejora real del régimen de sustituciones y comisiones de servicios.
·         Modificación y adaptación del régimen de sustituciones de Gestores a Letrados, otorgándoles preferencia real en las sustituciones.
·         Compromiso de convocatoria de proceso de promoción interna independiente separada de la OPE de 2016.
·         Modificación del régimen de Promoción interna al cuerpo de Letrados, ante el incumplimiento flagrante por parte del Ministerio del Preacuerdo de julio de 2014. El Ministerio debe facilitar la promoción interna en lugar de entorpecerla.
·         Eliminación de los descuentos por IT o al menos asimilación al régimen de jueces y fiscales, mucho más favorable que el que padecemos el resto de funcionarios.
·         Conversión en plantilla del mismo número de refuerzos estructurales actuales.
·         Solución definitiva a los problemas de falta de cotización a la SS.

Si el Ministerio no pone sobre la mesa YA un documento, los sindicatos realizaremos todas las actuaciones y movilizaciones que sean precisas, ya estamos hartos de promesas y buenas palabras.
STAJ no va a permitir que los funcionarios de justicia sigamos siendo los únicos que no recuperamos todos los derechos que nos han robado en los últimos años y que desde el Ministerio se sigan poniendo zancadillas a nuestra carrera profesional.


OPOSICIONES 2015. GESTION TURNO LIBRE

El Ministerio de Justicia avisa en su página web de lo siguiente: "Se ha detectado que, al rellenar online el formulario de solicitud, cuando se indica en la casilla 20 (provincia de examen) la opción "MADRID - ORGANOS CENTRALES", se genera automáticamente el código 98, mientras que en las bases de convocatoria de Gestión libre el código asignado es 28. Se comunica que ambos códigos serán considerados válidos para la opción citada respecto a dicha convocatoria.
La Sede Electrónica del Ministerio de Justicia se identifica mediante un certificado de Sede Electrónica. Si no tiene instalados los certificados raíz necesarios, puede que le aparezca un aviso de que el sitio web no es seguro."

MUGEJU: ADAPTACIÓN A LA NUEVA NORMATIVA DEL REGISTRO CIVIL

Se ha publicado en la web de la Mugeju, nota informativa sobre la adaptación a la nueva normativa sobre Registro Civil de Circulares e Instrucciones internas en todas aquéllas prestaciones, procedimientos y trámites gestionados por Mugeju que precisan acreditar el nacimiento y/o la afiliación para los que se viene exigiendo la aportación del libro de familia. 
Con fecha 14 de julio se publicó la ley 19/2015 que modificaba, entre otras cuestiones, aspectos relativos al Registro Civil, por ejemplo para comunicar los nacimientos y las defunciones desde los centros hospitalarios.

En la citada ley, en su Diposción Adicional Tercera, se señala que no será necesario actualizar el Libro de Familia cuando este se acompañe de la certificación literal electrónica acreditativa del nacimiento.  

Por ello, en adaptación a la nueva normativa aplicable desde el pasado 15 de octubre, MUGEJU, en lo relativo a todas aquellas prestaciones, procedimientos y trámites, permitirá la doble alternativa: bien presentar el Libro de familia actualizado, o en el supuesto de que no esté actulizado (ya que no es necesario actualizarlo) se podrá presentar el certificado electrónico de nacimiento o defunción.

MUGEJU: COMUNICACIÓN DE CAMBIO DE DESTINO POR CONCURSO

Aquellos que vayáis a cambiar de destino con motivo del concurso de traslados, debéis entregar en la Delegación de la Mutualidad de la provincia de destino, una fotocopia de vuestra toma de posesión y el impreso A-1 cumplimentado.