"Nota sobre los desplazamientos del día 17 de abril para la realización
de los ejercicios de oposición del Cuerpo de Auxilio Judicial
Las causas que pueden justificar los viajes a otras zonas del país están
recogidas en el Real Decreto
926/2020, de 25 de octubre, (artículo 6) por el que se declaró el segundo
-y vigente- estado de alarma. Según el texto publicado, se pueden
realizar desplazamientos, entre otras razones, para hacer exámenes o pruebas
oficiales inaplazables.
Si alguna autoridad requiere la justificación del desplazamiento entre zonas de
movilidad restringida, se considera suficiente la
presentación de la publicación de la fecha del examen en el BOE y la inclusión
del interesado en las listas de admitidos (Orden JUS/263/2021, de
16 de marzo, por la que se aprueba la relación de admitidos y excluidos y se
anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer y segundo ejercicios del
proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el
Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia)
Cualquier otro justificante (necesidad de acompañante por motivos médicos, por
ejemplo) no puede ser emitido desde el órgano convocante, por carecer de
competencia en la motivación de los desplazamientos de personas no incluidas en
dichos listados. "