24 de noviembre de 2012

ADEMÁS DE LAS TASAS



En BOE de 21 de noviembre se ha publicado la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
 
Asimismo se aprovecha esta ley
en la Disposición final segunda para modificar el artículo 23.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, obligando en consecuencia a los funcionarios a comparecer con abogado y procurador en los procedimientos de personal.
 
En la Disposición final cuarta se modifica el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Se modifica el artículo 3, que queda redactado en los siguientes términos:
 
«1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de este Real Decreto-ley, el personal funcionario y estatutario incluido en los artículos 26, 28, 29, 30, 32 y 35 de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, no percibirá en el mes de diciembre de 2012 ninguna cuantía ni en concepto de paga extraordinaria ni, en su caso, en concepto de paga adicional de complemento específico o equivalente.
 
2. Al personal laboral del sector público estatal incluido en el artículo 27 de la Ley 2/2012 le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 2, apartado 2.2, de este Real Decreto-ley.
 
3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de este Real Decreto-ley, el personal a que se refiere el artículo 31, apartados Uno y Dos, de la Ley 2/2012 no percibirá, en el mes de diciembre de 2012, ninguna cuantía en concepto de paga extraordinaria, incluida la que se establece en el Anexo X de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011.
 
En todo caso, el porcentaje de minoración en la cuantía total anual de sueldo y trienios o antigüedad será análogo al previsto, para dichos conceptos, para el personal al que se refiere el apartado 1 de este mismo artículo. A tal efecto, a este personal se les reintegrará, en su caso, la cuantía correspondiente a la diferencia entre el porcentaje que supone la paga extraordinaria por dichos conceptos respecto de la paga ordinaria para los miembros de las carreras judicial y fiscal y el que supone para el personal del subgrupo A1 de la Administración General del Estado.
 
3 bis. Respecto al personal al que se refiere el artículo 31, apartado Tres, de la Ley 2/2012, (miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales y de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia), la aplicación de lo previsto en el artículo 2 (supresión de la paga extraordinaria de diciembre) de este Real Decreto-ley se llevará a cabo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, respecto de los conceptos de sueldo y trienios, minorando la cuantía total anual por dichos conceptos, incluida las de las pagas extraordinarias, en un porcentaje análogo1 al que supone, respecto a idénticos conceptos, la reducción establecida para el personal al que se refiere el apartado 1 (el resto de personal funcionario) de este mismo artículo, con referencia para cada Cuerpo al grupo o subgrupo de titulación asimilable, y prorrateando dicha minoración entre las mensualidades ordinarias y extraordinarias pendientes de percibir en el presente ejercicio.

(1 antes decía: en una catorceava parte)

CARTA DE STAJ AL MINISTRO DE JUSTICIA


EXCMO. SR. D. ALBERTO RUIZ GALLARDÓN
MINISTRO DE JUSTICIA
Excmo. Sr. Ministro
Nos dirigimos a V.E. para transmitirle nuevamente el descontento existente entre los distintos colectivos de la Administración de Justica, como representantes de una parte importante de los mismos.
Todo ello aclarando de antemano que este sindicato vuelve a ofrecer, una vez más su plena disposición al diálogo para buscar soluciones a los problemas existentes en la Administración de Justicia, por todos conocidos. Pero igualmente hemos de manifestarle que estamos convencidos de que nuestras reivindicaciones son justas e imposibles de silenciar y por este motivo hemos convocado la Huelga del 14N y continuaremos con las movilizaciones hasta encontrar soluciones a los conflictos existentes.
Tras la publicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, el actual Gobierno, con el Ministerio de Justicia a la cabeza, decide reformar la LOPJ de forma unilateral e impuesta, sin haber mediado previamente el más mínimo diálogo con los representantes de los funcionarios a quienes dicha reforma afecta de manera directa, con recortes no sólo salariales sino también de derechos esenciales cuya pérdida no podemos permitir. La posibilidad de la imposición de la movilidad geográfica que dicha reforma incluye es un ataque directo a los funcionarios, además de ser innecesaria y en absoluto útil para solucionar los problemas de esta Administración, y supone, por lo demás, a nuestro juicio, una vulneración de lo establecido en la propia Constitución Española, pues remite a la legislación general de la función pública algo que debería estar regulado expresamente en la LOPJ, por formar parte del estatuto jurídico del personal al servicio de la Administración de Justicia.

21 de noviembre de 2012

BOE: RESOLUCIÓN DEL CONCURSO DE TRASLADOS


En el BOE de hoy se ha publicado la Orden JUS/2490/2012, de 6 de noviembre, por la que se resuelve el concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1084/2012, de 30 de abril, así como las respectivas órdenes y resoluciones de los demás ámbitos territoriales de la Administración de Justicia.

MINISTERIO DE JUSTICIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
COMUNITAT VALENCIANA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
COMUNIDAD DE MADRID

TASAS JUDICIALES

En el BOE de hoy se ha publicado la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

20 de noviembre de 2012

CONCURSO DE TRASLADOS: CESES Y TOMAS DE POSESIÓN


Cada adjudicatario de nuevo destino puede estar en una de las cuatro situaciones que relacionaremos a continuación, y las formas y plazos para que cada uno tome posesión del nuevo destino obtenido son diferentes según cuál sea vuestro caso (1º, 2º ,3º ó 4º):

COMISIONES DE SERVICIO: ANDALUCIA Y ASTURIAS


ANDALUCÍA
Se han publicado en el Portal Adriano Comisiones de Servicio para los cuerpos de Auxilio Judicial y Gestión Procesal y Administrativa, en diferentes Juzgados de las provincias de Jaen y Málaga.
El plazo para la solicitud de las mismas es de cinco días hábiles desde la publicación en el portal Adriano (15-11-2012).
Enlaces:

ASTURIAS 

CONCURSOS: SECRETARIOS Y PAIS VASCO


AMBITO MINISTERIO DE JUSTICIA  
Cuerpo de Secretarios Judiciales
En el Boe de hoy 20 de noviembre se ha publicado orden JUS/2479/2012, de 12 de noviembre, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas del grupo Primero para el Cuerpo de Secretarios Judiciales.
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia 
En el Boe de hoy 20 de noviembre se ha publicado orden de 15 de noviembre de 2012, del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública, por la que se convoca concurso específico de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.  
·        PDF (BOE-A-2012-14259 - 9 págs. - 308 KB)

19 de noviembre de 2012

18 de noviembre de 2012

El Consejo General de la Abogacía facilita a los ciudadanos un escrito para la suspensión inmediata del desahucio

• Requiere al juzgado, con fundamentos jurídicos, la paralización de la ejecución hipotecaria hasta la modificación de la ley procesal por el Gobierno o que el Tribunal de Justicia de la UE resuelva la cuestión prejudicial sobre el sistema de ejecución hipotecario español.

El Consejo General de la Abogacía Española ha puesto a disposición de todos los ciudadanos afectados por ejecuciones hipotecarias y a las asociaciones de consumidores un escrito dirigido al órgano judicial competente para que acuerde la suspensión inmediata del desahucio de la vivienda sujeta al préstamo hipotecario.


(Si no puede descargarlo, inténtelo desde aquí.)

El escrito fundamenta sus alegaciones para paralizar el desahucio en la “situación de emergencia social causada por las más de 400.000 ejecuciones hipotecarias que se han producido en España desde 2007” y las miles que se están tramitando. Hay que tener en cuenta que el artículo 3.1 del Código Civil establece que las normas jurídicas han de interpretarse con arreglo “a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas”, que en los actuales momentos exige una clara visión pro ciudadano.

El documento, fruto de la sensibilidad común sobre el tema de la vivienda de instituciones como la PAH y los Colegios de Abogados, ha sido confeccionado por de letrados de ambos organismos.

En muchos de los procedimientos seguidos, los afectados, dada su precaria situación económica, no han podido designar abogado y procurador que los defienda y represente, por lo que los procesos judiciales se han seguido en situación de rebeldía.

Los desahucios masivos en el actual entorno de crisis económico-financiero y con alta tasa de desempleo conllevan a la práctica de desalojos forzosos incompatibles con el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, ratificado por España y que forma parte de nuestro ordenamiento jurídico.

También se pide la paralización de la ejecución hipotecaria por la inminente resolución del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre la cuestión prejudicial C415/2011 planteada por el Juzgado Mercantil 3 de Barcelona para que valore si el sistema de ejecución hipotecario español respeta los parámetros mínimos exigidos por la normativa comunitaria de tutela de consumidores y usuarios.


16 de noviembre de 2012

NOMBRAMIENTOS INTERINOS OCTUBRE 2012


En los siguientes enlaces ponemos a vuestra disposición los nombramientos facilitados por la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de Murcia,  en los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio realizados durante el mes de octubre de 2012 hasta el 07/11/12. 

Recordamos que si queréis ver todos los artículos publicados con este tema, pinchando en la etiqueta "Interinos" de la nube de palabras que hay en la columna de la derecha, dispondréis de ellos filtrados y ordenados cronológicamente.

Auxilio 06/11/12
Tramitación 06/11/12
Gestión 06/11/12