15 de enero de 2014

CALENDARIOS DE GUARDIAS 2014 REGIÓN DE MURCIA


El Tribunal Superior de Justicia de Murcia, a través de su Gabinete de Prensa, nos ha comunicado que ya están disponibles en la web del Consejo General del Poder Judicial www.poderjudicial.es  los calendarios de guardias de los once partidos judiciales que existen la Región de Murcia.

En el siguiente enlace pueden acceder directamente a los calendarios de guardia.

CALENDARIOS GUARDIA 2014_REGIÓN DE MURCIA

14 de enero de 2014

Oposiciones Gestión OEP 2013: Últimas noticias

Instancias.-
Se han presentado 2088 instancias para promoción interna y 13.823 para turno libre, en todo el territorio nacional. Hemos solicitado formalmente que se nos informe del número de instancias presentadas por territorios.

Fechas ejercicios.-          
El Ministerio nos informa que quieren realizar las primeras pruebas selectivas al cuerpo de Gestión PI los días 15 de febrero, promoción interna, y 8 de marzo 1er ejercicio del turno libre, por lo que salvo alguna circunstancia que obligue a su retraso, esas son las fechas de celebración. También se están haciendo las reservas de las sedes de examen, pendientes de confirmación definitiva.

Listados definitivos de admitidos.-

El Ministerio prevé que estén publicados a final de enero.

9 de enero de 2014

MUGEJU: PUBLICACIÓN DEL NUEVO CONCIERTO DE ASISTENCIA SANITARIA

En el BOE de 8 de enero se ha publicado la Resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el concierto para la asistencia sanitaria de mutualistas y beneficiarios durante 2014, con previsión de prórrogas y la relación de entidades de seguro que han suscrito la misma.


Por tanto resulta fundamental que los mutualistas comprueben, una vez estén aprobados los cuadros médicos de cada compañía  para el año 2014. El nuevo  concierto de MUGEJU con las entidades médicas contiene importantes modificaciones que deben ser valoradas por los mutualistas durante el mes de enero para optar por permanecer en la misma entidad privada, pasar a otra, o pasar a los servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas.  Más abajo podéis consultar en esta página los cuadros médicos.

Los mutualistas y las mutualistas pueden optar por recibir asistencia sanitaria a través de una entidad médica privada, que esté en el concierto, o de los Servicios Públicos de Salud de las CCAA o, en Ceuta y Melilla, a través del INGESA.

Cambio ordinario (Desde el 1 al 31 de enero de cada año)

Los mutualistas y las mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, por una sola vez.
Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido.

 

CONSULTA EL CUADRO MÉDICO DE TU ENTIDAD MÉDICA



En el siguiente enlace también podéis consultar los cuadros médicos




ASAMBLEA GENERAL MUGEJU 13.12.2013

El pasado 13 de diciembre de 2013 se celebró la Asamblea anual ordinaria de compromisarios de MUGEJU en la cual su presidente confirmó que el proyecto de modificación del Real Decreto de órganos de gobierno, que ha elaborado el Ministerio, pretende abolir la capacidad de control de la actual Asamblea de Compromisarios sobre el presupuesto y la vigilancia de la gestión de la Mutualidad, y se elimina la representación democrática de los mutualistas y la elección por éstos de sus representantes.

La Asamblea aprobó por unanimidad el rechazo del proyecto de modificación del Real Decreto de los órganos de gobierno de la MUGEJU y su retirada, lo que condujo a que la inmensa mayoría de los compromisarios se levantaran mostrando carteles con los siguientes lemas: “GERENTE DEFIENDE A LOS MUTUALISTAS” y “RESPETO A LA DEMOCRACIA EN MUGEJU”, exigiendo, al presidente que se comprometa a exigir al ministro de Justicia que las decisiones adoptadas por la Asamblea sean vinculantes para el Ministerio y que, en caso de repuesta negativa o silencio por el Ministro, todos los compromisarios o la comisión permanente acudan al despacho del ministro de Justicia hasta que acepte la decisión de la Asamblea.

En el BOE de fecha 7 de noviembre se publicó el nuevo Concierto con las entidades médicas privadas para el periodo 2013-2017. Este Concierto no afecta a los mutualistas que optan por recibir la atención sanitaria a través de los servicios públicos de salud de sus respectivas Comunidades Autónomas, que se rigen directamente por las disposiciones que aprueba el Ministerio de Sanidad. .

En la Asamblea de la MUGEJU los técnicos del área sanitaria explicaron las novedades del nuevo Concierto, el cual ha sido elaborado sin contar con las sugerencias de los mutualistas. Este nuevo Convenio contiene importantes modificaciones que deben ser valoradas por los mutualistas durante el mes de enero para optar por permanecer en la misma entidad privada, pasar a otra, o pasar a los servicios públicos de salud de las Comunidades Autónomas. 


El nuevo concierto establece una reducción de los medios a que están obligadas a contar las entidades médicas privadas y la obligación de  su uso  exclusivo, es decir el mutualista que opte por una entidad privada ha de acudir siempre a su entidad privada e incluso a un hospital privado de otra entidad si no lo hubiera de la suya, de forma que si por cualquier motivo un mutualista adscrito a una entidad médica privada acude a los servicios sanitarios públicos (salvo la atención primaria en municipios pequeños donde las entidades médicas privadas no tengan servicios) aun en situación de urgencia o estando de vacaciones, casi con toda seguridad tendrán que pagar por la atención recibida si el proceso patológico no es declarado por los médicos “urgencia vital”

La Asamblea solicitó a la Gerencia la publicación urgente por parte de MUGEJU de una guía que exponga de forma clara y precisa las novedades del Concierto

En el nuevo Convenio se sigue  distinguiendo entre atención primaria, que es la que deben tener todos los municipios, y atención especializada, que es en función de la población del municipio.

En la atención primaria, si bien se mantiene la exigencia de que todos  los municipios cuenten con un médico general y un diplomado en enfermería (propio o de los servicios públicos de salud)  y los de más de 5.000 habitantes con un pediatra, se aumenta la población de los municipios en relación con los demás servicios de atención primaria.
Si bien se mantiene para todos los municipios la asistencia sanitaria de urgencia no hospitalaria desaparece del Concierto sanitario la posibilidad que existía  en Conciertos anteriores de que en caso de asistencia sanitaria urgente, en los municipios de menos de 30.000 habitantes de poder acudir al centro hospitalario del sistema público.  Con el nuevo Concierto salvo en caso de urgencia vital (en que se puede acudir al hospital más próximo) la atención de urgencias hospitalaria deberá realizarse en el centro que la entidad privada establezca, aunque ello suponga desplazamiento a otro municipio. 

En la atención especializada se suprime el mínimo de médicos que tenía que haber por especialidad, de forma que en todos los municipios que en atención a su población deban tener atención médica especializada, la entidad podrá tener un solo especialista, lo que puede suponer imposibilidad de elección de especialista y listas de espera.

Por tanto resulta fundamental que los mutualistas comprueben, una vez estén aprobados los cuadros médicos de cada compañía  para el año 2014, los medios con que cuentan recomendándose a los mutualistas que soliciten a la entidad privada la  Guía, en formato papel o electrónico, para que puedan comprobar si los médicos a los que habitualmente acuden van a seguir o no prestando servicios en la compañía a la que pertenecen.

El nuevo concierto va a suponer una reducción de todo tipo de  medios, incluidas las urgencias hospitalarias, con que deben contar las entidades privadas en los municipios y ciudades de más de 30.000 habitantes que no son capitales de provincia lo que implicará que muchos mutualistas que antes tenían especialistas en su localidad en función de  su población ahora no dispondrán del mismo, debiendo desplazarse por su cuenta y asumiendo los gastos a municipios cercanos que sí mantienen dicho especialista, que también podrá reducirse a uno por entidad y nivel de población.
Asimismo, las urgencias hospitalarias desaparecen de muchos municipios de nivel 2, obligando al mutualista a acudir al hospital concertado que la entidad privada establezca, aunque no esté ubicado en el mismo municipio o ciudad y pertenezca a otra entidad privada, pese a que el sistema público de salud sí que cuente con urgencias hospitalarias en dicha ciudad o municipio.

En cuanto a la atención especializada se mantienen los 4 niveles de atención especializada, pero cambian los criterios para su definición. En el nuevo concierto los niveles se fijan en atención a criterios de población general, así como distancia y tiempo de desplazamiento a los núcleos urbanos donde existe disponibilidad de recursos sanitarios privados, agrupándose municipios por proximidad geográfica y facilidad de transporte, de manera que se considera válida la oferta de los medios exigidos en ese nivel en cualquiera de los municipios que aparecen agrupados en los listados correspondientes por niveles de Atención Especializada.

Reducción y supresión de prestaciones:
-          Se suprime para las cónyuges de mutualistas que no eran beneficiaria ni titulares adscritas a otra Entidad privada, el derecho a la  asistencia sanitaria relativa a la preparación al parto y todas las incidencias y la patología obstétrica del embarazo, parto y puerperio.
-          Reproducción humana asistida: Se reduce la edad máxima para seguir estos tratamientos y el número de intentos, y se endurecen los requisitos para tener acceso a los mismos, de acuerdo con el proyecto de normativa que está elaborando el Ministerio de Sanidad. 
-          Condiciones de acceso a Urgencias:  el concierto añade la posibilidad de solicitar la atención de urgencia o de emergencia sanitaria al Centro Coordinador de Urgencias de la entidad privada , a través del teléfono de atención de urgencia gratuita de la Entidad figura en su catálogo de proveedores y en la página web de la misma. A través de ese teléfono se informará al mutualista  a qué centro de urgencias tiene que acudir  o si le envían una ambulancia. Es conveniente siempre llamar a este teléfono puesto que en caso de que la asistencia no se preste donde ellos indican sea a coste del mutualista.
-          Se suprime la periodoncia como tratamiento cubierto por las entidades médicas privadas.
-          Servicio de farmacia hospitalaria: las entidades reclamarán a los beneficiarios el copago de los medicamentos de dispensación por los servicios de farmacia hospitalaria, conforme al art. 94 bis de la Ley 29/2006, quienes deberán pagar el 10 % del precio del medicamento con un máximo de 4,20 € por medicamento. 
-          Transporte sanitario: El uso de ambulancias del sistema público de salud será objeto de pago salvo en los casos de urgencia en que no haya sido posible comunicar con los Servicios de Urgencias o de ambulancias de la Entidad y no resulte adecuada otra alternativa.  Respecto del transporte sanitario no urgente, se aplicará en la  futura normativa  un copago de 5 euros por trayecto y se establecerá un tope máximo mensual y en determinados casos anual alrededor de 10 €. En este transporte se excluyen expresamente el taxi y cualquier otro medio de transporte que no sea estrictamente saniario.
-          Podología:  requerirá  prescripción médica y autorización previa de la entidad, con un máximo de sesiones cubierto es de seis al año exclusiva para pacientes diabéticos insulinodependientes así como para pacientes diagnosticados de pie neuropático de etiología distinta a la diabetes
-          Se establecen nuevas limitaciones en el acceso a la continuidad asistencial con el médico o centro sanitario que por cualquier motivo haya causado baja en la entidad médica: la continuidad con el mismo  facultativo es por 6 meses, y no 12 meses como el Concierto anterior.
-          Desaparece la edición tradicional de catálogos en papel. La entrega del catálogo a los mutualistas sólo será si lo solicitan(antes no era precisa solicitud), pudiendo entregarse en formato electrónico si así lo pide el mutualista.


7 de enero de 2014

DISFRUTE DEL DÍA ADICIONAL DE ASUNTOS PROPIOS.

En el BOE del pasado 24 de diciembre, se publicó resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el régimen para el disfrute del día adicional de asuntos particulares.

Establece, que podrá disfrutarse hasta el 15 de febrero. 


Cada territorio puede adoptar una fecha limite para su disfrute, pero siempre teniendo en cuenta como mínimo lo dispuesto en la resolución.
 RESOLUCIÓN.

BOLSA DE INTERINOS VALLADOLID

En el día de hoy se ha publicado en la web del Ministerio de Justicia la actualización de las bolsas de interinos correspondiente a la Gerencia de Valladolid.
Bolsa actualizada enero de 2014

Oposiciones Secretarios P.I. 2013

En la pagina web del Ministerio se ha publicado la convocatoria para examen oral de Secretarios  Judiciales  Promoción Interna, de los opositores convocados por el Tribunal para los días 13 a 16 de enero. Convocatoria 13 al 16 de enero

SALARIOS Y PENSIONES PARA EL AÑO 2014.

En la citada ley se establece que los salarios de los funcionarios en activo, no experimentarán  ningún incremento.
Tampoco podrán realizarse aportaciones a planes de empleo ni contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación,aunque esta última cuestión está matizada posteriormente en el art. 20.3 de la ley.

Estas cuestiones vienen recogidas en el punto IV del preámbulo de la Ley, y en el artículo 20 y ss de la ley, en concreto en el artículo 29, que es el referido a los miembros de la Carrera Judicial y Fiscal y a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Admón. de Justicia.

Respecto de las pensiones, tanto las pensiones abonadas por el sistema público de Seguridad Social, como las abonadas por el sistema especial de clases pasivas, experimentarán una subida del 0,25 %, tal como se establece en el art. 37 y ss de la ley.
Por último, respecto de la oferta pública de empleo (OPE), viene recogido en el punto IV y en el  artículo 21 de la citada ley.

A lo largo de 2014 no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal. Excepcionalmente se permite una tasa de reposición del 10 por ciento a ciertos sectores y administraciones considerados prioritarios, y en el artículo 21.2 se señala que esa tasa de reposición sí que afectará a la Administración de Justicia (artículo 21.2.g).

Esto no quiere decir que a lo largo del año 2014 se vayan a convocar oposiones. Recuerden que una cosa es OPE y otra es que se convoquen oposiciones, aunque la OPE es un primer paso importante y necesario para la convocatoria de oposiciones.

3 de enero de 2014

NOMBRAMIENTOS DE INTERINOS A FECHA 18-12-2013

En los siguientes enlaces tenéis a vuestra disposición el estado de nombramientos realizados en la primera quincena de diciembre de 2013 y el estado de las distintas bolsas, conforme a los datos que hasta esta última fecha nos ha remitido la Gerencia de Murcia.


27 de diciembre de 2013

Oposiciones: Gestión Procesal y Administrativa 2013

El Ministerio de Justicia ha actualizado, en su página web, enlace Ministerio la información relativa al proceso selectivo de acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, para el turno de promoción interna y para el turno libre.  El plazo de diez días hábiles, para subsanación de defectos, comprende desde los días 21 de diciembre de 2013 a 7 de enero de 2014, ambos inclusive. Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos. Los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos. La subsanación de la causa A: "No presentar modelo de instancia normalizado", se hará:
   - Quienes hayan presentado el modelo antiguo del Ministerio de Justicia, presentando el modelo correcto normalizado sin necesidad de hacer un nuevo pago de la tasa
   - Quienes hayan presentado modelo de instancia de otras administraciones públicas, además de presentar el modelo correcto normalizado del Ministerio de Justicia, deberán también abonar la tasa correspondiente.

Si de la consulta resulta que ha sido excluido, y desea subsanar,  podrá obtener un nuevo impreso en este enlace Generar impreso de solicitud vacío (para subsanar errores) , que una vez cumplimentado, y realizado el pago en aquellos casos que sea preciso, deberá presentar en registro en el plazo señalado para ello."