29 de diciembre de 2015

DICTADA LA INSTRUCCIÓN DE LA GERENCIA DE MURCIA PARA EL DISFRUTE DE LOS 7 DIAS DE VACACIONES PENDIENTES DESDE EL 2003

La Gerencia de Murcia ha dictado y  remitido a la Ejecución de Sentencia que se sigue en el SCEJ Contencioso-Administrativo de Murcia, la Instrucción de vacaciones por ejecución de sentencia nº 921, de 06-11-2009, para poder disfrutar hasta el 31 de enero de 2017 los siete días reconocidos a los funcionarios de la Administración de Justicia que trabajaron durante el año 2003, por el cambio del computo anual de los períodos de vacaciones, estimada la demanda de la Junta de Personal de Murcia.

Para ver la instrucción pinchar aquí.

23 de diciembre de 2015

STAJ Y RESTO DE ORGANIZACIONES SINDICALES SUBSICRIBEN EL ACUERDO CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA RECUPERACIÓN DE DERECHOS

El pasado viernes día 18 de diciembre se ha procedido a la firma del Acuerdo de recuperación de derechos entre el Ministro de Justicia Rafael Catalá y los sindicatos integrantes de la mesa sectorial de Justicia STAJ, CSIF, CCOO y UGT. En los próximos días este Acuerdo se publicará en BOE. Si bien no recoge la totalidad de nuestras reivindicaciones, sí permite recuperar algunos de los derechos que nos habían sido confiscados bajo el  falso pretexto de la crisis económica. En cualquier caso, el texto recoge una cláusula en la que expresamente los sindicatos manifestamos que no renunciamos a reclamar todos y cada uno de los derechos perdidos ni otras reivindicaciones de carácter laboral o retributivo.
El Ministerio trasladará el acuerdo a las CCAA con competencias asumidas, en el seno de la conferencia sectorial, para aquellas materias que son competencias de estas, por lo que deberían iniciar la negociación en sus respectivos ámbitos para que estos acuerdos se apliquen también en ellos.
Imágenes integradas 1Resumimos a continuación los puntos del Acuerdo:

22 de diciembre de 2015

CURSOS DE FORMACIÓN EN LA REGIÓN DE MURCIA

En el BORM  del pasado 10 de diciembre  se publicó por la EFIAP la convocatoria del Programa de formación interadministrativa (INT), dirigido a todas las administraciones públicas de la Región de Murcia.


La  formación va dirigida los funcionarios de la Administración General del Estado con destino en la Región de Murcia, a los que (según nos informan) pueden acceder los funcionarios de la Administración de Justicia y, en casi todos los casos, de los cuatro grupos (A, B, C y D).

 
Cada funcionario puede pedir hasta un máximo de 2 cursos. El plazo de solicitud empezó el pasado viernes, día 11 de diciembre y finaliza el 13 de enero de 2016. 

Dada la premura del plazo de presentación de solicitudes, sería conveniente que, además de la Secretaría de Coordinación Provincial, la Junta de Personal difundiese la convocatoria entre los funcionarios. 

De todas las acciones formativas que  ofrecen,  hay algunas que cumplen de forma más especifica los objetivos para la sensibilización y formación en atención al público de los funcionarios. 

A continuación, se adjunta  el enlace del BORM y relación de los cursos más interesantes, para que sea más sencilla su localización: 




- ACCIÓN FORMATIVA 13: CALIDAD EN LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA. ESTRATEGIAS. INTERNET. CÓDIGO: 2016/INT/5017 

- ACCIÓN FORMATIVA 14: TÉCNICAS DE COMUNICACIÓN. CÓDIGO: 2016/INT/3704 

- ACCIÓN FORMATIVA 15: DESARROLLO DE COMPETENCIAS EN INTELIGENCIA EMOCIONAL DESDE LA PSICOLOGÍA POSITIVA. INTERNET. CÓDIGO: 2016/INT/3705 

- ACCIÓN FORMATIVA 16: DESARROLLO DE COMPETENCIAS EN INTELIGENCIA EMOCIONAL DESDE LA PSICOLOGÍA POSITIVA. CÓDIGO: 2016/INT/3706 

-ACCIÓN FORMATIVA 17: HABILIDADES PARA LA MEJORA DEL TRABAJO EN EQUIPO. INTERNET. CÓDIGO: 2016/INT/4268 

-ACCIÓN FORMATIVA 34: INGLÉS NIVEL AVANZADO C1.1. CÓDIGO: 2016/INT/3267 

-ACCIÓN FORMATIVA 37: LENGUAJE Y ESTILO ADMINISTRATIVO. REDACCIÓN DE DOCUMENTOS. CÓDIGO: 2016/INT/3128 

-ACCIÓN FORMATIVA 47. LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS, SUBGRUPOS A1 Y A2. CÓDIGO: 2016/INT/3698 

-ACCIÓN FORMATIVA 48. LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS, SUBGRUPOS C1 Y C2. CÓDIGO: 2016/INT/3699 

- ACCIÓN FORMATIVA 54: CÓMO GENERAL MAYOR RENDIMIENTO EN LA ORGANIZACIÓN A TRAVÉS DE LA MOTIVACIÓN. CÓDIGO: 2016/INT/3726 

Informes periciales en accidentes de tráfico

En el BOE de 19 de diciembre se ha publicado el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor.

Mugeju: publicación en el BOE de distintas resoluciones

En el BOE de ayer, 21 de diciembre,  se han publicado las siguientes resoluciones relativas a la Mutualidad General Judicial:
- Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Mutualidad General Judicial, por la que se modifica parcialmente la de 19 de diciembre de 2012, por la que se regulan las ayudas por tratamiento de psicoterapia o logopedia y la ayuda para gastos de hospitalización psiquiátrica para mutualistas adscritos a los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas.
- Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Mutualidad General Judicial, por la que se prorroga para el año 2016 y se modifica parcialmente la de 10 de febrero de 2015, por la que se convocan ayudas del programa del plan de atención socio-sanitaria.

17 de diciembre de 2015

BOE: Formulario para la presentación de escritos por Lexnet.

En el BOE de hoy jueves se publica la Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se aprueba el modelo de formulario normalizado previsto en el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.

El apartado 3 del artículo 9 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LEXNET establece que la presentación de toda clase de escritos, documentos, dictámenes, informes u otros medios o instrumentos deberá ir acompañada de un formulario normalizado con el detalle o índice comprensivo del número, orden y descripción somera del contenido de cada uno de los documentos, así como, en su caso, del órgano u oficina judicial o fiscal al que se dirige el tipo y número de expediente y año al que se refiere el escrito.


La Junta de Personal alcanza un acuerdo de ejecución de los 7 días de vacaciones pendientes desde el año 2003.

En el año 2003 se produjo un cambio en el calendario laboral existente en el ámbito de la Administración de Justicia, que hasta entonces coincidía con el año judicial, del 1 de septiembre al 31 de agosto, pasando a coincidir con el año fiscal, del 1 de enero al 31 de diciembre.

Como consecuencia de dicho cambio, aquel año laboral del cambio no tuvo 12 meses sino 16. Por tal motivo la Junta de Personal de Murcia, como única persona jurídica legitimada a nivel provincial de Murcia para iniciar, como interesados, los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones, interpuso recurso contencioso-administrativo para que se reconociera el derecho a disfrutar de las vacaciones correspondientes. Resultando estimada la demanda de la Junta de Personal, se reconocía a los funcionarios de la Región de Murcia, que trabajaron durante el año 2003, el derecho a disfrutar de 7 días adicionales de vacaciones.

Ya en ejecución de sentencia, la propuesta del Ministerio de Justicia que informó a la Junta de Personal la Gerencia de Murcia, establecía unos criterios que dejaba en el limbo administrativo a muchos casos de funcionarios a los que la sentencia reconocía el referido derecho, y tras la información realizada solicitaba el archivo de la ejecución, del cual se le dio traslado a la Junta de Personal, para alegaciones.

La Junta de Personal, reunida en sesión extraordinaria, acordó manifestar su oposición al archivo y reclamar que la instrucción que hiciera la Gerencia, no dejara sin atender los casos de los funcionarios con derecho a esas vacaciones que ya no se encontrasen en servicio activo en la Región de Murcia.

Finalmente, en la segunda sesión de conciliación, celebrada en el día de ayer, la Junta de Personal alcanzó un acuerdo con la Gerencia de Murcia para disfrutar durante el año 2.016, y hasta el 31 de enero de 2017, los siete días adicionales reconocidos en la sentencia, por los funcionarios y trabajadores a los que representa esta Junta de Personal, que se encuentren en servicio activo en Murcia.

Los que se encuentren en servicio activo en otras provincias, por la Gerencia se les expedirá certificación con los días de vacaciones que les correspondan para que se les conceda en el destino donde se encuentren

Los que no se encuentren en servicio activo (por cualquier causa), también por la Gerencia de Murcia se les expedirá certificación con los días de vacaciones que les correspondan y lo remitirá a la Habilitación Central de Ministerio para que les abonen una indemnización en concepto de vacaciones no disfrutadas.

En estos términos recogidos aquí en síntesis, la Junta de Personal, aceptó el acuerdo alcanzado realizando la Gerencia las modificaciones pertinentes en el texto propuesto y manifestando que la circular se remitirá a todos los órganos judiciales de la provincia de Murcia, antes de finalizar el presente año.

Desde el STAJ queremos dar las gracias a todos los sindicatos que han participado en la consecución de esta sentencia y su ejecución, y felicitar a la Junta de Personal de Murcia por los logros conseguidos, sin dejar de recordar que la misma está integrada por Funcionarios de la Administración de Justicia elegidos por su propio colectivo al que representa.


15 de diciembre de 2015

CONVOCADAS LAS OPOSICIONES DE GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA, TAMITACIÓN Y AUXILIO JUDICIAL.


En el BOE de hoy  martes se publican las convocatorias de oposiciones al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, por el turno de Promoción Interna,  al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, por turno libre y promoción interna y al Cuerpo de Auxilio Judicial.

El número de plazas que se convocan es el siguiente:

GESTIÓN 

PROMOCIÓN INTERNA
General
Discap.
MINISTERIO
32
1
ANDALUCÍA
5
CANARIAS
12
CATALUÑA
33
2
C. VALENCIANA
11
1
MADRID
21
1
NAVARRA
4
PAIS VASCO
16
1
TOTAL
134
6

TRAMITACIÓN 

PROMOCIÓN INTERNA
TURNO LIBRE
General
Discap.
General
Discap.
MINISTERIO
57
3
57
3
ANDALUCÍA
6
-
6
-
CANARIAS
45
3
46
2
CATALUÑA
80
4
79
5
C. VALENCIANA
35
2
35
2
LA RIOJA
5
-
5
-
MADRID
82
4
81
5
NAVARRA
6
-
6
-
PAIS VASCO
41
3
42
2
TOTAL
357
19
357
19

AUXILIO JUDICIAL

General
Discap.
MINISTERIO
100
6
ANDALUCÍA
29
1
CANARIAS
73
3
CATALUÑA
194
11
C. VALENCIANA
76
4
LA RIOJA
9
1
MADRID
194
11
NAVARRA
9
1
PAIS VASCO
29
1
TOTAL
713
39


El plazo para la presentación de solicitudes es de VEINTE DÍAS NATURALES, que comenzarán a contar desde el 12 de Enero de 2016


Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo de solicitud 790, que se puede descargar gratuitamente de la página del Ministerio  www.mjusticia.gob.es , y presentarlos en el plazo indicado, previo paga de la tasa de examen.

Los aspirantes podrán participar por un único ámbito territorial, y, en caso de  resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el  que concurren.
Las Bases Comunes por las que se regirán las presentes convocatorias son las establecidas  en la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (BOE de 19 de octubre)

El Programa que ha de regir estas oposiciones se contiene en la Orden JUS/2171/2015,  de 14 de octubre (BOE de 19 de Octubre). El contenido del temario para todos los ejercicios  de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado en  la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá sólo la legislación vigente en la  fecha de la presente convocatoria.


14 de diciembre de 2015

MUGEJU: ASAMBLEA GENERAL MUGEJU.

El pasado 27 de noviembre tuvo lugar la Asamblea anual de la Mutualidad General Judicial, con asistencia de los compromisarios propuestos por el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ-.
Como principales puntos cabe destacar: 
La prorroga del concierto de asistencia sanitaria para 2016 con las seis entidades médicas firmado en octubre. Todas las entidades médicas han firmado el acuerdo. ASISA, CASER, MAPFRE, ADESLAS, DKV y SANITAS.

La aprobación del protocolo de actuación en caso de accidente laboral con riesgo biológico.

En relación a los accidentes laborales, la Gerencia informó de la próxima inclusión en los partes de baja de una casilla destinada a “Accidente laboral”, con lo cual se evitarán descuentos indebidos en nuestras nóminas en caso de bajas por este motivo. Recuerden que los accidentes laborales son supuesto excluidos de descuento en caso de baja médica.
Respecto de la falta de renovación del Convenio rural para la asistencia sanitaria en poblaciones de menos de 20.000 habitantes para los mutualistas adscritos a entidades médicas privadas (no lo han suscrito Canarias, La Rioja, Murcia, Navarra, País Vasco y Valencia. Asimismo Andalucía y Baleares no lo aplican a los desplazados temporalmente a dichas Comunidades autónomas) la Gerencia  se comprometió a que en caso de falta de renovación del Convenio a abrir un periodo extraordinario para que los mutualistas adscritos a entidades médicas privadas  y que vivan en dichas CCAA puedan, si así lo desean,  solicitar su adscripción a los servicios públicos de salud de su Comunidad Autónoma (además del plazo ordinario del mes de enero).

11 de diciembre de 2015

Los artículos 86, 88 y 91 del Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial, se refieren al derecho, nacimiento y extinción y cuantía del subsidio por incapacidad temporal que abona la MUGEJU a aquellos mutualistas que se encuentren en situación de baja médica, a partir del 7º mes de baja médica.


Desde la Gerenecia de la MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL -MUGEJU- se ha informado que para el cobro del referido subsidio por incapacidad temporal, rige el Principio de petición, hay que solicitarlo, y se debe hacer a partir del 7º mes de baja médica, y antes de que finalice su duración, incluida la prórroga.
Los efectos económicos de la petición se retrotráen, como máximo, a los tres meses anteriores a la fecha de la petición.

Esto significa que hay que pedir el subsidio, si no se pide MUGEJU no lo abona, y se debe pedir dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en la que se cumpla el 7º mes de baja médica, puesto que si deja pasar más de 3 meses desde la fecha en que se cumple el 7º mes de baja médica, no se tendrá derecho al cobro del subsidio del 3º mes hacia atrás.