14 de enero de 2020

COMISIONES DE SERVICIO MUGEJU


En la página web de la Mugeju se ha publicado oferta de las plazas que se van a cubrir en comisión de servicios, en la que se incluye, entre otras, la plaza de la Delegación de Murcia del cuerpo de Tramitación P y A. La fecha prevista para el inicio de la comisión de servicio es el 10 de abril de 2020.


Esta convocatoria tiene por objeto permitir la provisión temporal, mediante comisión de servicios, de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa que se señalan en el Anexo I. 

Podrán solicitar la comisión de servicios, con relevación de funciones, los funcionarios de carrera de cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que se encuentren en situación de servicio activo en el mismo Cuerpo del puesto que se oferta y prestando servicios efectivos en destino definitivo.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el sitio web de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU). Para ello, una vez rellenado y firmado el Anexo II por el solicitante, deberá remitirlo escaneado, dentro del plazo establecido, al siguiente correo electrónico: mugeju.personal@justicia.esSe enviará por la unidad un email de confirmación de la recepción de los documentos.


13 de enero de 2020

Modificación Tribunales y Unidades de Colaboración de los Tribunales de Gestión y Tramitación.

En el BOE de hoy lunes se publica la Orden JUS/1312/2019, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden JUS/446/2019, de 11 de abril, por la que se publican los Tribunales Calificadores Únicos, Delegados y las Unidades de colaboración, de los procesos selectivos para ingreso en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, y de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
www.boe.es

PERMISO DE PATERNIDAD, O PERMISO DEL PROGENITOR DIFERENTE DE LA MADRE BIOLÓGICA: AMPLIACIÓN DEL PERMISO DE PATERNIDAD A 12 SEMANAS.


Desde el 1 de enero de 2020 el permiso de paternidad, o permiso del progenitor diferente a la madre biológica, del artículo 49.c) del EBEP, se amplía  a 12 semanas.

Supone una ampliación de cuatro semanas con respecto al permiso en vigor en el 2019 y se irá ampliando de forma progresiva hasta llegar en el 2021 a la equiparación del permiso por nacimiento a las 16 semanas para los dos progenitores.


 En el año 2020, la duración del permiso será de doce semanas.

En el año 2021, la duración del permiso será de dieciséis semanas.

" c) Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija: tendrá una duración de dieciséis semanas de las cuales las seis semanas inmediatas posteriores al hecho causante serán en todo caso de descanso obligatorio. Este permiso se ampliará en dos semanas más, una para cada uno de los progenitores, en el supuesto de discapacidad del hijo o hija, y por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, a disfrutar a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.
Este permiso podrá distribuirse por el progenitor que vaya a disfrutar del mismo siempre que las seis primeras semanas sean ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.
En el caso de que ambos progenitores trabajen y transcurridas las seis primeras semanas, el período de disfrute de este permiso podrá llevarse a cabo de manera interrumpida y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. En el caso del disfrute interrumpido se requerirá, para cada período de disfrute, un preaviso de al menos 15 días y se realizará por semanas completas.
En el caso de que se optara por el disfrute del presente permiso con posterioridad a la semana dieciséis del permiso por nacimiento, si el progenitor que disfruta de este último permiso hubiere solicitado la acumulación del tiempo de lactancia de un hijo menor de doce meses en jornadas completas del apartado f) del artículo 48, será a la finalización de ese período cuando se dará inicio al cómputo de las diez semanas restantes del permiso del progenitor diferente de la madre biológica.
Este permiso podrá disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan, y en los términos que reglamentariamente se determinen, conforme a las reglas establecidas en el presente artículo.
En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, este permiso se ampliará en tantos días como el neonato se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.
En el supuesto de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de duración del permiso no se verá reducido, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.
Durante el disfrute de este permiso, transcurridas las seis primeras semanas ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración.
En los casos previstos en los apartados a), b), y c) el tiempo transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de servicio efectivo a todos los efectos, garantizándose la plenitud de derechos económicos de la funcionaria y, en su caso, del otro progenitor funcionario, durante todo el periodo de duración del permiso, y, en su caso, durante los periodos posteriores al disfrute de este, si de acuerdo con la normativa aplicable, el derecho a percibir algún concepto retributivo se determina en función del periodo de disfrute del permiso.
Los funcionarios que hayan hecho uso del permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente, tendrán derecho, una vez finalizado el periodo de permiso, a reintegrarse a su puesto de trabajo en términos y condiciones que no les resulten menos favorables al disfrute del permiso, así como a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a las que hubieran podido tener derecho durante su ausencia"

(*) El artículo 49.c) está ya está redactado conforme la redacción final a partir del año 2021 ( 16 semanas de paternidad). No obstante hay que tener en cuenta la Disposición transitoria Novena del EBEP, que establece el incremento progresivo del permiso.

Hay que recordar que las prestaciones de paternidad y maternidad ( en el caso de los funcionarios/as encuadrados en el Régimen General de la Seguriad Social) o los permisos retribuidos de maternidad y paternidad (en el caso de los funcionarios/as encuadrados en MUGEJU),  están exentas de tributar el IRPF. Esto significa que los ingresos que se tengan durante el periodo de paternidad/ maternidad no cotizan en el IRPF.


10 de enero de 2020

SITUACIÓN ACTUAL DE LOS PROCESOS SELECTIVOS CONVOCATORIA 2017-2018

  • GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA:

Antes del parón navideño, bastantes opositores de distintos ámbitos fueron requeridos por el Tribunal para que volvieran a presentar hasta el 15 de enero los méritos puesto que debido a problemas técnicos el Tribunal no los había recibido, a pesar de haberlo hecho en plazo.

Por tanto, es previsible que no se publiquen los listados de méritos provisionales como mínimo hasta mediados del mes de febrero.


  • TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA.

El plazo de alegaciones a los listados provisionales de méritos finalizó el pasado día 2.

Finalizado dicho plazo, y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

Asimismo, se procederá a la valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco. Si así lo hubieran solicitado en su instancia los aspirantes comprendidos en la relación de aprobados que concurran por ámbito territorial con lengua autonómica propia, serán emplazados para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de la misma. Paralelamente, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado los interesados.

  • GPA TURNO LIBRE
El Tribunal Calificador Único no ha aclarado si publicará antes del día 17 (fecha prevista para el examen de incidencias) las relaciones de aspirantes que superan cada uno de los ejercicios celebrados el pasado 23 de noviembre de 2019, o si esperará a la celebración y corrección de este examen de incidencias para publicarla ya que es una decisión que tiene que adoptar el Tribunal.

  • TRAMITACIÓN TURNO LIBRE:
El Tribunal todavía ha de resolver las impugnaciones de preguntas presentadas por los/as opositores/as, resolverlas y publicar la plantilla definitiva.
Una vez publicada la plantilla definitiva se procedería a la corrección y posterior publicación de las relaciones de aprobados.  .

En relación al examen de Word, las previsiones apuntan a que pudiera celebrarse en el mes de marzo de 2020.
En relación a esta prueba de Word os recordamos la nota que publicó el Ministerio
 “El contenido versará sobre conocimientos teóricos básicos del programa Microsoft Word 2010. A título orientativo: uso y memorización de iconos de la barra de herramientas y uso de combinaciones de teclas para métodos abreviados, fuentes, márgenes (superior, inferior, derecho e izquierdo), tipo de fuente, tamaño de fuente, negrita, subrayado, cursiva, alineación del texto (centrada y/o justificada del texto), ortografía, fórmulas, paginación del documento, espaciado (interlineado sencillo o espaciado posterior), párrafos, nota al pie de página.
Sobre un texto breve, el examen consistirá en 15 preguntas ordinarias más 2 de reserva. Serán preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta”.


CONVOCATORIA AUXILIO JUDICIAL:

El Ministerio de Justicia mantiene la intención de publicar en el BOE la convocatoria de Auxilio Judicial antes de finales de enero de 2020, sin concretar la fecha exacta

8 de enero de 2020

MUGEJU: Deshabituación tabaquica. Financiación de los medicamentos CHAMPIX Y ZYNTABAC.


A partir del 1 de enero de 2020 se incluye entre los fármacos financiados por el Sistema Nacional de Salud para el tratamiento de la deshabituación tabáquica los medicamentos CHAMPIX cuyo principio activo es Vareniclina y ZYNTABAC cuyo principio activo es Bupropion.

Se financian las siguientes presentaciones:
CHAMPIX 0,5 mg 56 comp CN 656184,
CHAMPIX 11x0.5 mg +14x1 mg + 28 x 1 mg comp CN 697864
CHAMPIX 1 mg 56 comp CN 697866
ZYNTABAC 150mg 30 comp CN 893875
ZYNTABAC 150 mg 60 comp CN 893891

Estos medicamentos están sometidos a condiciones restrictivas para su financiación que obliga a MUGEJU a establecer un control de la validación de las recetas previo a su dispensación por la oficina de farmacia comunitaria.

La receta debe presentarse en la delegación provincial de MUGEJU o en los servicios centrales de la Mutualidad en el caso de la provincia de Madrid para su validación, junto con un informe médico en el que conste que el mutualista cumple con todos los siguientes requisitos:
Está incluido en un programa de apoyo de deshabituación tabáquica.
Ha intentado dejar de fumar al menos una vez en el último año.
Es fumador de 10 o más cigarrillos al día.
Tiene una dependencia mayor o igual que 7 en el test de FAGERSTRÖM.

Si cumple los anteriores requisitos se validará la receta mediante el estampillado del sello de la delegación de MUGEJU.

Se ha elaborado un informe médico tipo, que puede ser entregado o enviado al mutualista y que también estará disponible en la página web de MUGEJU (pestaña Impresos /prestaciones farmacéuticas).

Sólo se financia el tratamiento durante doce semanas, y un único tratamiento al año.

Informe Medico Champix y Zyntabac

7 de enero de 2020

MUGEJU: Cuadros médicos 2020


En la página Web de MUGEJU se publican los cuadros médicos de las entidades concertadas para 2020.
  • Cuadros médicos 2020
Os recordamos que, como todos los años, durante el mes de enero se puede optar por cambiar a otra entidad médica o a los Servicios de Salud públicos. Para facilitar el trámite a los mutualistas y evitar desplazamientos a las oficinas, MUGEJU permite la posibilidad de realizar el cambio a través del Portal del Mutualista.


Abierto el plazo de presentación de solicitudes para la bolsa de interinos de Andalucía.


Recordamos que desde hoy 7 de enero, hasta el próximo 3 de febrero, está abierto el plazo de presentación de solicitudes para inclusión en las bolsas de trabajo de personal interino en Andalucía.
TODOS los interesados en formar parte de las bolsas deben presentar su solicitud, incluso los que ahora forman parte de las mismas.  Así mismo, deberán aportar la documentación acreditativa de sus méritos, de acuerdo con las especificaciones establecidas en la convocatoria. No obstante, no será necesario aportar aquella documentación acreditativa de requisitos y méritos que conste inscrita en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía, y así lo indiquen expresamente en la solicitud.


27 de diciembre de 2019

Asistencia Sanitaria en el Extranjero Mugeju: Cambio de compañía aseguradora


En la Web de la MUGEJU se ha publicado la siguiente información relativa al cambio de compañía aseguradora encargada de la póliza colectiva de asistencia sanitaria en el extranjero, así como la ampliación del límite de cobertura de la póliza.

  1. A partir del 1 de enero de 2020 la empresa encargada de prestar asistencia sanitaria de urgencias en los desplazamientos temporales en el extranjero es  SOS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS. 
         
         INSTRUCCIONES EN CASO DE SINIESTRO:
  • El mutualista deberá contactar con la compañía por teléfono con llamada a cobro revertido, al teléfono 91.572.43.43 si llama desde España o al 34.91.572.43.43 si llama desde el extranjero, debiendo indicar:

* Nombre y apellidos.
* Número de póliza : 42546
* Dirección y número de teléfono de donde se encuentra.
* Descripción del problema que tiene planteado.

  • Alternativamente, el mutualista  podrá solicitar el reembolso de los gastos dirigiéndose por escrito a SOS SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. c/ Ribera del Loira, 4-6, 28042 MADRID, aportando los siguientes documentos:

* Originales de las facturas o comprobantes de los gastos reclamados.
* Informe médico en el que se haga constar el diagnóstico de la enfermedad y en su caso la necesidad de ser repatriado.
* Certificado de defunción y documentación que acredite el grado de parentesco con el finado para los casos de repatriación por fallecimiento de u familiar. 

   2. A partir del 1 de enero de 2020 la póliza de asistencia sanitaria para desplazamientos temporales en el extranjero  INCREMENTA  DE COBERTURA HASTA UN LÍMITE DE 30.000 EUROS POR DESPLAZAMIENTO.



20 de diciembre de 2019

OPOSICIONES 2019: TRAMITACIÓN TURNO LIBRE. PRUEBA DE WORD


En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la siguiente nota sobre la prueba de Word:

"REQUERIMIENTOS DE PRESENTACIÓN DEL TERCER EJERCICIO MICROSOFT WORD 2010

El contenido versará sobre conocimientos teóricos básicos del programa Microsoft Word 2010. A título orientativo: uso y memorización de iconos de la barra de herramientas y uso de combinaciones de teclas para métodos abreviados, fuentes, márgenes (superior, inferior, derecho e izquierdo), tipo de fuente, tamaño de fuente, negrita, subrayado, cursiva, alineación del texto (centrada y/o justificada del texto), ortografía, fórmulas, paginación del documento, espaciado (interlineado sencillo o espaciado posterior), párrafos, nota al pie de página.

Sobre un texto breve, el examen consistirá en 15 preguntas ordinarias más 2 de reserva. Serán preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta."

No obstante, en el mes de junio en el sindicato STAJ hicimos pública la nota informativa que publicó el Ministerio de Justicia, y que volvemos a recordar, sobre el desarrollo del tercer ejercicio y un ejemplo de preguntas, que nos da una idea de lo que hay que estudiar.

19 de diciembre de 2019

Convocatoria oposiciones Auxilio Judicial en la segunda semana de enero


El Ministerio nos comunica que en estos próximos días se procederá a la firma de la convocatoria de las oposiciones al cuerpo de Auxilio Judicial para su remisión al BOE, estando prevista su publicación en la semana del 7 de enero.