En el Consejo de Ministros del 4 de Abril, el Gobierno ha
aprobado el “anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del
Poder Judicial”.
De momento es tan sólo un anteproyecto, aún quedan informes
preceptivos del CGPJ, y el trámite parlamentario (enmiendas en el Congreso, en
el Senado, vuelta al Congreso para votación), algo que puede durar varias
legislaturas, pero desde luego esta aprobación es toda una declaración de
intenciones.
Las razones del Ejecutivo (para STAJ da igual del color que sea el Ejecutivo
puesto que no es un sindicato
político, algo que no pueden decir otros sindicatos) para esta reforma, son
que se pretende crear un nuevo modelo de justicia para el siglo XXI, agilizar
las resoluciones judiciales y conseguir una justicia “más ágil y capaz de satisfacer las
pretensiones de los ciudadanos” (sic), razones que las tenemos
muy oídas, y que nunca han servido para nada; basta recordar cómo hace años se
hizo uso de esas mismas razones para acometer el proceso de transferencias de
la competencia de Justicia a las CCAA (algo que ha creado más problemas que
beneficios), o para implantar la
NOJ (algo que también ha creado más problemas que
beneficios), o más recientemente para desjudicializar el Registro Civil y
entregárselo a no se sabe muy bien a quién (ya veremos cómo acaba eso).
Por lo que respecta a lo material de la
reforma pretendida, y hasta donde podemos saber: