30 de diciembre de 2020

MUGEJU: CUADROS MÉDICOS 2021

En la página de la Mutualidad Judicial podéis consultar los cuadros médicos de las entidades privadas concertadas para 2021:

Os recordamos que, como todos los años, durante el mes de enero se puede optar por cambiar a otra entidad médica o a los Servicios de Salud públicos. Para facilitar el trámite a los mutualistas y evitar desplazamientos a las oficinas, MUGEJU permite la posibilidad de realizar el cambio a través del Portal del Mutualista.

Cambio de entidad médica 

23 de diciembre de 2020

OPOSICIONES 2019: GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA. FECHA DE PUBLICACIÓN, NOMBRAMIENTO Y ADJUDICACIONES DE DESTINOS.


El Ministerio de Justicia nos ha confirmado que la Resolución tendrá fecha de 28 de diciembre, y la publicación en el BOE está prevista para el 8 de enero del 2021.

CONVOCATORIA DE LA MESA SECTORIAL NACIONAL SOBRE BOLSA DE LETRADOS DE LA ADM. DE JUSTICIA SUSTITUTOS.

El Ministerio de Justicia nos ha convocado hoy, día 23 de diciembre, en Mesa Sectorial Nacional de la Administración de Justicia a los sindicatos más representativos presentes en dicha mesa (STAJ, CSIF, CCOO, UGT, ELA y CIG) por videoconferencia, con el siguiente orden del día:

  • Borrador de real decreto de sustituciones de los Letrados de la Administración de Justicia
  • Borrador de convocatoria de la bolsa de Letrados de la Administración de Justicia sustitutos
  • Ruegos y preguntas.

Seguiremos informando de lo tratado y el resultado de dicha convocatoria.

21 de diciembre de 2020

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: PUBLICADO EN EL BOE LA RESOLUCIÓN PROVISIONAL.

En el BOE del día 21 de diciembre se ha publicado la Orden JUS/1208/2020, de 15 de diciembre, por la que se resuelve provisionalmente, se aprueba la relación de excluidos y se anuncian los lugares donde están a disposición de los interesados los anexos III del concurso de traslado para cubrir plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/808/2020 , de 28 de julio y Resoluciones de 28 de julio de 2020, de las Comunidades Autónomas.


Los funcionarios interesados expresarán en un PLAZO DE DÍEZ DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a su publicación en el BOE, su disconformidad con los datos obrantes en dicho Anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante el Anexo IV (Modelo de Alegaciones), publicado en la Orden JUS/808/2020, de 28 de julio y en la página del Ministerio de Justicia, aportando la prueba documental oportuna.


Una vez cumplimentado el Anexo IV, deberán firmarlo, acompañando la documentación que crean oportuna, en su caso. Todo ello se escaneará y se enviará en un único fichero, a través del correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es, indicando en el mensaje, en el apartado “Asunto”: APELLIDO1_APELLIDO2_NOMBRE_ALEGACIONES.


En la página del Ministerio de Justicia podéis consultar los listados provisionales de adjudicatarios y excluidos, así como el Anexo III con los datos personales, la baremación realizada, el destino de origen, los puestos solicitados y las plazas, en su caso, adjudicadas.

MUGEJU: CONVOCATORIA DE AYUDAS SOCIO-SANITARIAS.

En el BOE del día 21 de noviembre se ha publicado la Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convocan ayudas de los Programas del Plan de Atención Socio-Sanitarias para 2021.

Los programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:

a) Programa de atención a personas mayores. 

b) Programa de atención a personas con discapacidad. 

c) Programas de atención a personas drogodependientes.

d) Ayudas derivadas de la aportación económica en determinados productos ortoprotésicos

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: CORRECCIÓN DE LA OFERTA DE PLAZAS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA.

En el BOE del 18 de diciembre se ha publicado la Resolución de 11 de diciembre de 2020, por la que se corrigen errores de la de 28 de julio de 2020, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convoca concurso de traslado entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, de la Administración de Justicia.

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: CONSULTA DEL ANEXO III PARA VER LOS PUNTOS Y DESTINOS ADJUDICADOS.

En la página del Ministerio de Justicia está disponible el servicio de consulta de los Anexos III, del concurso de traslados.

El anexo III es la solicitud del concursante, con expresión de sus datos personales, de su situación administrativa, y el número de orden y la denominación de los destinos solicitados en la instancia con la preferencia deseada por el interesado, constando, además, con la información relativa al baremo de los méritos, el destino provisionalmente adjudicado, en su caso, y los números de orden rechazados y su causa.

Recordamos que hay un plazo DIEZ DÍAS HÁBILES de presentación de alegaciones a la resolución provisional y también para renunciar al concurso, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución provisional en el Boletín Oficial del Estado ( que aún no se ha publicado, ni sabemos cuándo se publicará). Las alegaciones se harán mediante el Anexo IV  "modelo de alegaciones" que se publicó en la  Orden JUS/808/2020, de 28 de julio por la que se convocó el concurso .

OPOSICIONES 2019: GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA. CORRECCIÓN DE LA OFERTA DE PLAZAS EN ÁMBITO DEL MINISTERIO.

En el BOE del día 17 de diciembre se ha publicado la Orden JUS/1196/2020, de 2 de diciembre, por la que se corrigen errores en la Orden 1113/2020, de 17 de noviembre, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecen a los aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.


Se elimina una plaza en Toledo y otra en Cuenca.

16 de diciembre de 2020

PERMISO POR NACIMIENTO. 16 SEMANAS PARA AMBOS PROGENITORES DESDE ENERO 2021.


A partir del 1 de enero de 2021 se igualará el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores que podrán disfrutar de 16 semanas de prestación.


El Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, estableció igualar los permisos para ambos progenitores de manera progresiva.

Con la entrada en vigor de esta norma, el 1 de abril de 2019, se modificó el EBEP en su artículo 49.c),  y se dispuso en la Disposición transitoria Novena del EBEP un incremento paulatino en la duración del permiso de paternidad, de tal forma que durante el año 2019 se incrementaba en ocho semanas, en el año 2020 en doce semanas y finalmente en el año 2021 en dieciséis semanas.

" Artículo 49 c) del EBEP:

c) Permiso del progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija: tendrá una duración de dieciséis semanas de las cuales las seis semanas inmediatas posteriores al hecho causante serán en todo caso de descanso obligatorio. Este permiso se ampliará en dos semanas más, una para cada uno de los progenitores, en el supuesto de discapacidad del hijo o hija, y por cada hijo o hija a partir del segundo en los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, a disfrutar a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.

Este permiso podrá distribuirse por el progenitor que vaya a disfrutar del mismo siempre que las seis primeras semanas sean ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.

En el caso de que ambos progenitores trabajen y transcurridas las seis primeras semanas, el período de disfrute de este permiso podrá llevarse a cabo de manera interrumpida y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. En el caso del disfrute interrumpido se requerirá, para cada período de disfrute, un preaviso de al menos 15 días y se realizará por semanas completas.

En el caso de que se optara por el disfrute del presente permiso con posterioridad a la semana dieciséis del permiso por nacimiento, si el progenitor que disfruta de este último permiso hubiere solicitado la acumulación del tiempo de lactancia de un hijo menor de doce meses en jornadas completas del apartado f) del artículo 48, será a la finalización de ese período cuando se dará inicio al cómputo de las diez semanas restantes del permiso del progenitor diferente de la madre biológica.

Este permiso podrá disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial, cuando las necesidades del servicio lo permitan, y en los términos que reglamentariamente se determinen, conforme a las reglas establecidas en el presente artículo.

En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, este permiso se ampliará en tantos días como el neonato se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.

En el supuesto de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de duración del permiso no se verá reducido, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.

Durante el disfrute de este permiso, transcurridas las seis primeras semanas ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración.

En los casos previstos en los apartados a), b), y c) el tiempo transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de servicio efectivo a todos los efectos, garantizándose la plenitud de derechos económicos de la funcionaria y, en su caso, del otro progenitor funcionario, durante todo el periodo de duración del permiso, y, en su caso, durante los periodos posteriores al disfrute de este, si de acuerdo con la normativa aplicable, el derecho a percibir algún concepto retributivo se determina en función del periodo de disfrute del permiso.

Los funcionarios que hayan hecho uso del permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, tanto temporal como permanente, tendrán derecho, una vez finalizado el periodo de permiso, a reintegrarse a su puesto de trabajo en términos y condiciones que no les resulten menos favorables al disfrute del permiso, así como a beneficiarse de cualquier mejora en las condiciones de trabajo a las que hubieran podido tener derecho durante su ausencia"

15 de diciembre de 2020

CONCURSO DE TRASLADOS 2020: PUBLICACIÓN DE LOS LISTADOS PROVISIONALES.

En la página del Ministerio de Justicia, se ha publicado la Orden de 15-12-2020, por la que se resuelve provisionalmente el concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, anunciado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio (BOE 1-9-2020).

Se adjunta la Orden de resolución provisional y el Anexo IV de alegaciones.

Las alegaciones se podrán efectuar a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial del Estado.​