27 de agosto de 2015

Concurso de traslado: listados provisionales

En la página del Ministerio de Justicia ya se han colgado los listados provisionales de la resolución del concurso de traslados.
Enlace a la página web del Ministerio

17 de agosto de 2015

CATALUÑA: CONVOCATORIA DE LA NUEVA BOLSA DE INTERINOS 2015

El Departamento de Justicia de Cataluña ha formalizado el modelo de solicitud para formar parte de las nuevas bolsas de interinos de la Administración de Justicia en Cataluña.

El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 30 de septiembre de 2015 y la misma deberá ser presentada en cualquiera de los registros previstos en el punto 3.2 de la resolución de la convocatoria, y deberá acompañarse únicamente de copia del DNI.

Es imprescindible que todos los que actualmente ya forman parte de las bolsas de interinos en Cataluña presenten la solicitud.

Todos aquellos que no habiendo trabajado, aún estando en bolsas de reserva, y que quieran formar parte de las bolsas de funcionarios interinos de la Administración de Justicia en Cataluña, también deberán presentar la solicitud.



BOLSA DE INTERNOS DE LA GERENCIA DE VALLADOLID: ANULACIÓN DE LOS LISTADOS PROVISIONAL

En la página del Ministerio se publica la resolución de la Gerencia de Valladolid de 14 de Agosto, por la que se suspenden y anulan las resoluciones de 12 de Agosto que aprobaba los listados provisionales de las bolsas de interinos y la que declaraba desistidos de su solicitud de participación a algunas personas, debido al parecer a problemas informáticos.


En orden a subsanar los citados errores se suspenden y anulan ambas resoluciones, volviéndose a dictar y publicar nuevos listados una vez resueltos los problemas informáticos. 

www.mjusticia.gob.es

13 de agosto de 2015

BOLSAS DE INTERINOS GERENCIA DE VALLADOLID: PUBLICACIÓN LISTAS PROVISIONALES

En la página del Ministerio de Justicia se publica la resolución de la Gerencia de Valladolid de 12 de Agosto por la que se aprueban provisionalmente las bolsas de los cuerpos de Médicos Forenses, Gestión, Tramitación y Auxilio de las provincias de León, Palencia, Salamanca, Valladolid y Zamora. 

Se abre un plazo de días días hábiles a contar desde el día 13 de agosto para efectuar reclamaciones sobre la valoración de méritos utilizando el modelo del anexo II. Recuerden los sábado son días hábiles en vía administrativa.

No se podrá formar parte de más de una bolsa de trabajo. Los aspirantes que hayan sido seleccionados en más de una bolsa o cupo de reserva, incluidos los funcionarios interinos que estuviesen trabajando al tiempo de la convocatoria, deberán optar por una, en el mismo plazo concedido para efectuar reclamaciones y utilizando para ello igualmente el modelo que se adjunta como anexo II., todo ello de conformidad con elartículo 9 de la Orden JUS/2296/2005 sobre selección, nombramiento y cese de funcionarios interinos en el ámbito ministerio



31 de julio de 2015

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2015: BORRADOR DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PROCESOS SELECTIVOS

El proceso de convocatoria de oposiciones a los Cuerpos de Justicia sigue su curso, con novedades interesantes.

En esta ocasión el Ministerio de Justicia nos ha remitido a las organizaciones sindicales, conforme a lo previsto en el artículo 483.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, las Bases de la convocatoria para los procesos selectivos de Auxilio, Tramitación y Gestión  en relación a la Oferta de Empleo Público de 2015.

En ellas se incorporan ya las modificaciones previstas en la última reforma de la LOPJ que entrará en vigor el 1 de Octubre, salvo lo relativo a la reserva del 30% de las plazas para promoción interna, ya que en esta convocatoria se sigue respetando el 50% de las plazas, tal como solicitó STAJ y confirmó el Ministerio.

Una novedad interesante es que a los aspirantes que concurran por el turno de reserva para personas con discapacidad, tanto en turno libre como promoción interna, y que obtengan en cualquiera de los ejercicios una puntuación igual o superior al 60% de la nota máxima posible, se  les conservará la nota para la convocatoria  inmediatamente posterior siempre que el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos.

El STAJ planteará  en las alegaciones que presentará a las Bases de la convocatoria, que esa reserva de la nota se extienda también a los opositores que concurran por el turno general, es decir, para todos los opositores.

Se podrán presentar alegaciones a dichas Bases antes del próximo día 10 de septiembre de 2015 y seremos convocados a la Mesa de OEP 2015 a lo largo de septiembre.

Todas las novedades que se generen en relación con la OPE 2015 en Justicia, se irán informando puntualmente en los distintos blogs del Sindicato -STAJ-.

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2016: RECUPERACIÓN DE PARTE DE LOS DERECHOS PERDIDOS

El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 incluirá un incremento salarial del 1% para los empleados públicos.
También se devolverá, en el mes de septiembre de este mismo año 2015, un 25% de la paga extra de Navidad del 2012. Con esta devolución nos quedará pendiente de recuperar un 50%, que se nos devolverá en 2016, en dos pagos que se efectuarán en marzo y septiembre del próximo año.

No obstante,  la recuperación en septiembre de dicho 25% de la extra sólo está garantizada para los funcionarios que dependen del Gobierno central, que en el caso de la Administración de Justicia son los funcionarios que prestan servicios en ámbito Ministerio y los que generaron la paga extra en ámbito misterio, puesto que entendemos que el sujeto obligado al pago es aquel en el que se generó de derecho al cobro.
En el resto de los ámbitos autonómicos, las ccaa tomarán sus respectivas decisiones en función de su capacidad presupuestaria, ya que los presupuestos generales no les financiarán dicha devolución, por lo que es posible que haya ámbitos transferidos que no abonen ese 25% a los compañeros destinados o que generaron la paga extra en esos ámbitos transferidos, lo que es otro ejemplo más de la disfunción que supone la transferencia de la competencia de Justicia a las ccaa. Se demuestra, una vez más, que es un error.

En la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se incluye también la devolución, para

CONCURSO DE TRASLADOS 2015. FECHAS DE LOS LISTADOS PROVISIONALES.

Según nos informa el Ministerio de Justicia en relación al concurso de traslados ordinario anunciado con fecha 20 de mayo del 2015 (BOE 5-6-2015), entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio , SE MODIFICA la fecha de publicación de la resolución provisional en el Boletín Oficial del Estado, pasando a ser el 15 de septiembre, concediéndose diez días naturales como plazo de alegaciones, según se indicaba en la Orden de convocatoria.
 

Los ficheros con
 la adjudicación provisional del concurso, los Anexos III y la relación de excluidos se colgarán en la página  del Ministerio de Justicia en la última semana de agosto. 

Recordamos que según se dispone en la Base Octava de la Orden JUS/1052/2015, de 20 de mayo, por la que se convoca concurso de traslados, las alegaciones se deberán realizar utilizando el modelo que se adjunta a la Convocatoria como Anexo IV dirigido a la siguiente dirección:

Ministerio de Justicia
Subdirección General de Medios Personales al Servicio de la Administración de Justicia
Sección Concursos

C/ San Bernardo, 21 (28015 Madrid).

30 de julio de 2015

CONVOCATORIA DE LA NUEVA BOLSA DE INTERINOS 2015 CATALUÑA

Ayer se publicó en el DOGC la resolución de convocatoria del proceso selectivo para la constitución de las bolsas de interinos de los cuerpos de médicos forenses, de gestión procesal y administrativa, de tramitación procesal y administrativa y de auxilio judicial al servicio de la administración de justicia en Cataluña. 


El plazo de presentación de solicitudes es del 1 al 30 de septiembre de 2015. Las solicitudes que se presenten fuera de este plazo no se tendrán en cuenta.
Para poder participar, se tienen que cumplir los requisitos previstos a la Resolución de convocatoria http://justicia.gencat.cat/borsa-interins-admjust 

Tienen que presentar la solicitud tanto las personas que ya están trabajando en la administración de justicia en Cataluña como las que se quieran acceder por primera vez.
Sólo se tiene que presentar una solicitud y, en caso de que se presente más de una, la última anula al anterior.

Recordad que si estáis trabajando a la administración de justicia y no presentáis vuestra solicitud quedaréis excluidos de la bolsa.
Se importante que sepáis que la Solicitud que se cuelga a la WEB y que cuenta con una serie de validaciones, no estará disponible previsiblemente hasta la segunda semana de agosto.

 Por eso, cuando las personas se quieran bajar esta solicitud desde la WEB o desde la intranet, saldrá el mensaje de disponible a partir de la segunda semana de agosto.

Solicitudes

28 de julio de 2015

PERMISO POR MATERNIDAD: NO SE PUEDE PRIVAR A UN TRABAJADOR DEL DERECHO AL PERMISO POR EL HECHO DE QUE SU CÓNYUGE NO TRABAJE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia de fecha 16 de julio de 2015, por la que establece que una normativa nacional no puede privar a un trabajador del derecho al permiso parental (en España se denomina permiso por parto o maternidad) por el hecho de que su esposa no ejerza una actividad laboral o profesional, por ejemplo cuando la esposa se encuentre en situación de desempleo. 


Se trata de una sentencia dictada en relación con la legislación griega, y en esa sentencia se declara contraria al Derecho de la Unión cualquier legislación o acto que establezca que un trabajador (en el presente supuesto se trata de un funcionario de Grecia) no tenga derecho a disfrutar del permiso de maternidad si su esposa no ejerce una actividad laboral o profesional.
El demandante fue un funcionario griego al que le denegaron el permiso, pero la sentencia se hace extensible para cualquier trabajador de la unión europea, tanto si es funcionario como si no lo es.

El Tribunal de Justicia recuerda que, con arreglo a la Directiva 96/34/CE del Consejo, de 3 de junio de 1996, relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental, cada uno de los progenitores es titular, individualmente, del derecho al permiso parental. Se trata de una disposición mínima que los Estados miembros no pueden abstenerse de aplicar en su legislación o en sus convenios colectivos. En concreto viene recogido en la cláusula 2 del Acuerdo Marco sobre el permiso parental.


De ello resulta que un progenitor no puede ser privado del derecho a disfrutar de un permiso parental (permiso de maternidad) como consecuencia de la situación laboral del cónyuge. Esta solución no sólo es conforme al objetivo perseguido por la Directiva, consistente en facilitar la conciliación de las responsabilidades profesionales y familiares de los padres trabajadores, sino también al carácter de derecho social fundamental que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea otorga al derecho al permiso parental.

Recordamos que el TJUE también dictó una Sentencia en un caso similar, pero relacionado con el permiso de lactancia, en la que también se reconocía el derecho del padre a hacer uso del permiso de lactancia, tanto si la madre trabaja por cuenta ajena como si no.



23 de julio de 2015

MODIFICACIÓN LOPJ: VALORACIÓN DE STAJ A LA MODIFICACIÓN DE NUESTRO ESTATUTO JURÍDICO EN LA REFORMA DE LA LOPJ.


Lo positivo de esta modificación es que respeta sustancialmente puntos esenciales del Acuerdo suscrito por los sindicatos STAJ, csif y ugt con el Ministerio de Justicia en julio del 2014, lo que supone que se mantienen los actuales Partidos Judiciales, por lo tanto no desaparecen ni son sustituidos por los Tribunales Provinciales de Instancia, se mantiene los centros de trabajo con ámbito municipal y no provincial, por lo que no habrá movilidad geográfica ordinaria forzosa, se mantienen los Juzgados de Paz, con sus actuales competencias, salvo el conocimiento de los Juicios de faltas, que pasan como delitos leves a los Juzgados de Instrucción.

Estas cuestiones estaban en peligro en la primera propuesta que el Ministerio nos dio traslado, y que de haberse llevado a cabo hubiera supuesto un conflicto colectivo y una modificación sustancial de nuestras condiciones de trabajo.

Lo negativo del texto, es que EL MINISTERIO HA INCUMPLIDO DESCARADAMENTE UNA IMPORTANTE PARTE DEL PREACUERDO: se ha reducido, de un 50% a un 30%, el número de plazas que reservan para promoción interna,