28 de julio de 2015

PERMISO POR MATERNIDAD: NO SE PUEDE PRIVAR A UN TRABAJADOR DEL DERECHO AL PERMISO POR EL HECHO DE QUE SU CÓNYUGE NO TRABAJE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia de fecha 16 de julio de 2015, por la que establece que una normativa nacional no puede privar a un trabajador del derecho al permiso parental (en España se denomina permiso por parto o maternidad) por el hecho de que su esposa no ejerza una actividad laboral o profesional, por ejemplo cuando la esposa se encuentre en situación de desempleo. 


Se trata de una sentencia dictada en relación con la legislación griega, y en esa sentencia se declara contraria al Derecho de la Unión cualquier legislación o acto que establezca que un trabajador (en el presente supuesto se trata de un funcionario de Grecia) no tenga derecho a disfrutar del permiso de maternidad si su esposa no ejerce una actividad laboral o profesional.
El demandante fue un funcionario griego al que le denegaron el permiso, pero la sentencia se hace extensible para cualquier trabajador de la unión europea, tanto si es funcionario como si no lo es.

El Tribunal de Justicia recuerda que, con arreglo a la Directiva 96/34/CE del Consejo, de 3 de junio de 1996, relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental, cada uno de los progenitores es titular, individualmente, del derecho al permiso parental. Se trata de una disposición mínima que los Estados miembros no pueden abstenerse de aplicar en su legislación o en sus convenios colectivos. En concreto viene recogido en la cláusula 2 del Acuerdo Marco sobre el permiso parental.


De ello resulta que un progenitor no puede ser privado del derecho a disfrutar de un permiso parental (permiso de maternidad) como consecuencia de la situación laboral del cónyuge. Esta solución no sólo es conforme al objetivo perseguido por la Directiva, consistente en facilitar la conciliación de las responsabilidades profesionales y familiares de los padres trabajadores, sino también al carácter de derecho social fundamental que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea otorga al derecho al permiso parental.

Recordamos que el TJUE también dictó una Sentencia en un caso similar, pero relacionado con el permiso de lactancia, en la que también se reconocía el derecho del padre a hacer uso del permiso de lactancia, tanto si la madre trabaja por cuenta ajena como si no.



23 de julio de 2015

MODIFICACIÓN LOPJ: VALORACIÓN DE STAJ A LA MODIFICACIÓN DE NUESTRO ESTATUTO JURÍDICO EN LA REFORMA DE LA LOPJ.


Lo positivo de esta modificación es que respeta sustancialmente puntos esenciales del Acuerdo suscrito por los sindicatos STAJ, csif y ugt con el Ministerio de Justicia en julio del 2014, lo que supone que se mantienen los actuales Partidos Judiciales, por lo tanto no desaparecen ni son sustituidos por los Tribunales Provinciales de Instancia, se mantiene los centros de trabajo con ámbito municipal y no provincial, por lo que no habrá movilidad geográfica ordinaria forzosa, se mantienen los Juzgados de Paz, con sus actuales competencias, salvo el conocimiento de los Juicios de faltas, que pasan como delitos leves a los Juzgados de Instrucción.

Estas cuestiones estaban en peligro en la primera propuesta que el Ministerio nos dio traslado, y que de haberse llevado a cabo hubiera supuesto un conflicto colectivo y una modificación sustancial de nuestras condiciones de trabajo.

Lo negativo del texto, es que EL MINISTERIO HA INCUMPLIDO DESCARADAMENTE UNA IMPORTANTE PARTE DEL PREACUERDO: se ha reducido, de un 50% a un 30%, el número de plazas que reservan para promoción interna,

MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL.

Publicada en el BOE la Ley orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


La entrada en vigor de la reforma será el próximo 1 de octubre, salvo los apartados 1, 2 y 4 de la Disposición Final Tercera, relativos a aspectos de la ley 29/1998 (Recurso de Casación y Costas procesales en la Jurisdicción Contencioso Administrativo).

Se verán afectadas la Ley 29/1998 Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (Disposición Final Tercera) y la Ley de Enjuiciamiento civil (Disposición Final Cuarta). 

Esta modificación afectará al programa de oposiciones 2015, que el Ministerio tiene intención de convocar a partir del próximo 1 de octubre, tal como ya informamos el pasado 23 de junio. 

En el programa de estudio entrará todo aquello que esté publicado en el BOE a fecha de la convocatoria, tanto si está en vigor como si no está en vigor. 

En esta reforma se modifican aspectos relativos a cuestiones procesales y organización territorial que pueden afectar a nuestras condiciones de trabajo, algo de lo que ya informamos en meses pasados.

A forma de resumen:

BOLSAS DE INTERINOS DE CATALUÑA

La convocatoria para la constitución de las nuevas bolsas de interinos en Cataluña se publicará a finales de julio. Será en ese momento cuando se hagan públicas la Bases de la convocatoria, con la instanacia correspondiente.

El plazo de presentación de instancias será durante todo el mes de septiembre

La normativa que regulará la nueva bolsa de interinos será la que hay actualmente en vigor en Cataluña. 


CURSO DE FORMACIÓN EN LINEA DEL MINISTERIO. ACTUALIZACIÓN DE LOS TEMARIOS.

Dado el volumen de modificaciones legislativas que se han sucediendo en las últimas semanas, y que seguirán ocurriendo en los próximos meses antes de la convocatoria de las oposiciones de Justicia, STAJ ha solicitado al Ministerio que requiera a la academia ADAMS la continua actualización de los temarios que han preparado y facilitado a los alumnos de los cursos de formación "en linea" para la promoción interna y turno libre,  a medida que vayan produciéndose las reformas legislativas.

Es imprescindible para una buena formación de los procesos selectivos, que cualquier modificación legislativa publicada y/o en vigor durante la preparación del curso sea comunicada y remitida al alumno por la academia.

El Ministerio se ha puesto en contacto con la academia y nos ha confirmado que van a enviar a todos los alumnos un apéndice con las actualizaciones legislativas.

Recordamos que el ministerio tiene intención de convocar las oposiciones en el mes de octubre, una vez que entre en vigor la reforma de la LOPJ. También estamos pendientes de la modificación de la LECrim. Ambas leyes están estos momentos en trámite parlamentario. 
A estas leyes hay que sumar las modificaciones que ya se han publicado en las últimas semanas de la Ley de Reforma Administrativa y Registro Civil y la Ley de Jurisdicción Voluntaria.


Todas las modificaciones legislativas que hayan sido publicadas en el BOE antes de la convocatoria, tanto si están en  vigor como si no están en vigor, afectarán al programa de oposiciones y por lo tanto entran en examen.

CONVOCATORIA BOLSA DE INTERINOS 2015 EN EXTREMADURA.

La Gerencia del Ministerio de Justicia en Extremadura ha abierto plazo para la para la formación de las bolsas de trabajo de funcionarios interinos al servicio de la Administración de Justicia en Extremadura.

Quiénes deseen formar parte de las bolsas de trabajo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo I de la convocatoria, quedando vinculados a los datos que hayan hecho constar en la misma, a la que acompañaran los siguientes documentos:
  • Fotocopia del DNI. 
  •  Fotocopia compulsada de la titulación exigida para el ingreso en cada Cuerpo y Diploma o Certificación, en el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la experiencia mecanográfica o de medios ofimáticos a que se refiere la base 4 anterior.
  • Documentación acreditativa de los méritos a que se refiere la Base Séptima

Las solicitudes formuladas en el Anexo I podrán presentarse en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Extremadura (Avda. de la Hispanidad, 39, 10071 – Cáceres), en la Oficina Delegada en Badajoz (Avda. de Europa, 1 – 5ª planta, Edificio de Servicios Múltiples, 06071 – Badajoz), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 (por ejemplo en las Gerencias territoriales del Ministerio de Justicia)

El plazo de entrega de instancias será del 21 de julio al 12 de agosto de 2015, ambos inclusive 
Las novedades de  la convocatoria de las bolsas de interinos en el ámbito de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Extremadura son fundamentalmente dos:
  • Se entregará una única instancia, y una única copia de la documentación, con independencia de los cuerpos y provincias solicitados.
  • Caso de pertenecer a alguna de las bolsas vigentes en la actualidad, si el aspirante así lo desea, puede optar por permanecer en la misma bolsa con la misma puntuación sin necesidad de aportar documentación alguna, tan sólo la instancia. 




17 de julio de 2015

SUBIDA SALARIAL Y RECUPERACIÓN DE DERECHOS PARA EL 2016....???

Ayer se celebró una primera reunión de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, en la que el Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Sr. Beteta, se mostró dispuesto a llevar a cabo una subida salarial a los funcionarios públicos en 2016, y a negociar el calendario de devolución de la paga extra, de los días de libre disposición suprimidos en 2012 o la restitución del complemento salarial por incapacidad temporal.

Las propuestas de mejora serán objeto de negociación en la Mesa General de Administraciones Públicas que se celebrará próximamente.

Hemos de recordar que los funcionarios de Justicia no somos de la Administración General del Estado, sino de la Administración de Justicia, y tenemos un ámbito de negociación propio, como es la Mesa General de Justicia, pero resulta evidente que cualquier subida salarial o medida de recuperación de derechos que se acuerde en la Mesa General de Administraciones Públicas, ese mismo acuerdo se deberá traer a la Mesa de Justicia para su aplicación a los funcionarios de Justicia.

Estas propuestas se deberán cerrar para antes del 31 de julio, fecha en la que el Ejecutivo aprueba los Presupuestos Generales para 2016, y será en ese momento cuando sepamos verdaderamente el alcance de la subida salarial y la recuperación de derechos.


16 de julio de 2015

CONCURSO DE TRASLADO: ÚLTIMAS NOTICIAS

Desde la Sección de concursos de traslados del Ministerio nos han informado de que en relación al concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, la resolución provisional del mismo está prevista para la última semana de agosto, publicándose en el BOE del 1 de septiembre la Orden correspondiente, y concediéndose un plazo de alegaciones hasta el 20 de septiembre. 

La idea de Ministerio es que las listas definitivas y los plazos para la toma de posesión en los nuevos destinos sea siempre en este año 2015. Por lo tanto, los rumores mal intencionados de algunas centrales sindicales, no son ciertos. 

Recordamos que según se dispone en la Base Octava de la Orden JUS/1052/2015, de 20 de mayo, por la que se convoca concurso de traslados, las alegaciones se deberán realizar utilizando el modelo que se adjunta a la Convocatoria como Anexo IV dirigido a la siguiente dirección:

Ministerio de Justicia-Subdirección General de medios personales al servicio de la Administración de Justicia-Sección Concursos-C/ San Bernardo, 21 (28015 Madrid).

GERENCIA DE MURCIA: CONVOCATORIA BOLSA DE INTERINOS 2015

En la web del Ministerio de Justicia se ha publicado la convocatoria para la formación de las bolsas de trabajo de candidatos para personal funcionario interino al servicio de la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de la región de Murcia.

El plazo de presentación de instancias es del 17 al 31 de julio de 2015.

Como novedades señalar que se crea un nuevo sector, separando Murcia y Molina de Cartagena y San Javier. Así se configuran ahora cinco sectores, pudiéndose elegir desde uno hasta todos según las preferencias de cada cual para desplazarse al lugar de trabajo. Los Sectores quedan configurados así:

Sector 1. Murcia y Molina de Segura
Sector 2. Cartagena y San Javier.
Sector 3. Lorca y Totona
Sector 4. ieza, Jumilla y Yecla.
Sector 5. Caravaca y Mula.

También se han reducido los cupos con relación a la anterior convocatoria (ver bases)

En los siguientes enlaces podéis acceder a la web del Ministerio.
También podéis descargar la instancia y las bases de la convocatoria.
  



(Nota: Si no puedes ver estos archivos, se recomienda usar Chrome)


14 de julio de 2015

Publicación en el BOE de la Ley 19/2015, de Reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil

En el BOE de 14 de julio se ha publicado esta ley que  modifica entre otras la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de subastas y la Ley del  Registro civil, especialmente en materia de nacimiento y defunción. Asimismo recoge la prórroga de la entrada en vigor de la Ley del Registro Civil de 2011, hasta el 30 de junio de 2017.
Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil.
Esta ley modifica la Ley 20/2011 del Registro Civil, y a partir de la entrada en vigor, la inscripción de los recién nacidos  se realizará directamente desde los centros sanitarios, donde los padres, asistidos por los facultativos que hubieran asistido al parto firmarán el formulario oficial de declaración, al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que se remitirá telemáticamente desde el centro sanitario al Registro Civil.

Así mismo, la dirección de hospitales, clínicas y establecimientos sanitarios comunicará a la Oficina del Registro Civil competente y al Instituto Nacional de Estadística cada uno de los fallecimientos que hayan tenido lugar en su centro sanitario.

La entrada en vigor de estas medidas se establece para el 15 de Octubre de 2015

Además, esta Ley contempla la a la puesta en marcha de un sistema de subastas electrónicas a través de un portal único de subastas judiciales y administrativas en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.